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Policiales Calchaquí | Crimen | femicidio

Crimen de Mimi Burella en Calchaquí: el detalle que llamó la atención del tribunal para acreditar el femicidio

El rostro de la víctima estaba tapado con un repasador. Los jueces destacaron este detalle en los fundamentos del juicio: “Tapar el rostro es borrar la identidad para transformarla en una cosa”.

La sentencia lleva la firma de las juezas Natalia Palud y Claudia Bressán, y el juez Martín Gauna Chapero, y desmenuza la prueba producida en el juicio para arribar a la certeza de que Troncoso fue autor del crimen, y Zanel su encubridor. En el fallo, al que tuvo acceso AIRE, el tribunal resolvió “descomponer la hipótesis acusatoria en enunciados más simples, para luego ordenarlos en cadenas de enlace jerárquicas”.

Noemí Graciela Burella, fue asesinada en su casa de Calchaquí el 18 de agosto del 2022; su cuerpo fue encontrado por su hija al día siguiente, cerca de las 15. La mujer fue hasta la casa de su madre, el portón estaba abierto y las luces de la galería encendidas. Entonces ingresó a la finca y encontró a su madre asesinada: el cuerpo de la víctima estaba tendido en el piso con un repasador azul que le tapaba la cabeza; este detalle llamó la atención del tribunal para acreditar el femicidio.

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El juicio se realizó en los tribunales de Vera

El juicio se realizó en los tribunales de Vera

Testimonios fundamentales

Así, para dar por probado que Ulises Troncoso ingresó en el domicilio de Mimi Burella el 18 de agosto de 2022, entre las 19:00 y las 23:00 horas, los jueces repasaron las declaraciones aportadas por los familiares del acusado durante el juicio: el tío, que recibió el teléfono celular de Burella de manos de Zanel, y que luego le preguntó a su sobrino si había sido él: “sí, fui yo, estaba ciego”; la tía de Ulises, que declaró en similar sentido acerca de cuando Zanel les entregó el celular: “que Ulises se haga cargo de lo que hizo”; la declaración del primo, a quien Ulises le dijo que había hecho algo que no tenía perdón...

“Todas las escenas descritas (por tratarse de intercambios íntimos y espontáneos entre familiares directos, en el ámbito privado del hogar y fuera de cualquier contexto institucional o de investigación) constituye un dato que refuerza la inferencia sobre la autoría de Ulises Troncoso. Son todas estas declaraciones en conjunto las que permiten construir una cadena coherente de indicios, todos ellos generados en el entorno inmediato del imputado, y que convergen en sustentar la hipótesis de su presencia en el lugar del hecho el 18 de agosto del 2022”, evaluó el Tribunal.

Los jueces destacaron en los fundamentos que fueron los familiares de Troncoso además quienes llamaron a la policía, “conducta que difícilmente se explique de otro modo que no sea la percepción de que algo grave y posiblemente delictivo había sido cometido por su propio allegado”, analizaron: “Esa primera reacción de colaboración (luego atenuada en el debate oral por el paso del tiempo y los vínculos afectivos) otorga aún mayor fuerza indiciaria a los testimonios prestados en juicio, en tanto se originan en un contexto de verosimilitud y alarma genuina dentro del núcleo familiar”.

En esta línea se evaluaron los testimonios de los policías que arribaron a la vivienda y detuvieron a Zanel y a Troncoso; según sus relatos, encontraron a la madre de Ulises en “un avanzado estado de embarazo, llorando", y al verlos exclamó: “Él es al que están buscando, llévenselo", señalando a su hijo. Ulises, al oír esa frase, "agacha la cabeza y viene hacia mí en actitud pasiva", declaró uno de los policías.

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“En definitiva, la coincidencia entre los testimonios civiles, la actividad del teléfono celular y los criterios médico-legales, nos permiten inferir que la muerte de Noemi Burella se produjo entre las 19:10 y las 19:30 horas del 18 de agosto del año 2022 (...). Una vez consumada la muerte Burella, Troncoso se dirigió a buscar a Jorge Zanel, en el domicilio de la abuela de su pareja. Dicha secuencia temporal se ve confirmada por el testimonio de la misma, (...) que permitió ubicar con precisión ese encuentro en un horario inmediatamente posterior al hecho y claramente anterior a las 20:00 horas además, las autoridades escolares confirmaron que Ulises había faltado a la escuela esa tarde", repasa el fallo del tribunal.

Abuso sexual

Para dar por comprobado que Burella fue abusada sexualmente y luego asesinada para cubrir el abuso, el tribunal repasó la prueba que dio cuenta de lesiones genitales provocadas en vida, marcas de sujeción también vitales, en hallazgos biológicos compatibles con eyaculación y signos de violencia física extrema. “Inmediatamente después, fue objeto de una agresión sostenida que le provocó múltiples fracturas craneales y la muerte. No se advierte una motivación distinta o autónoma para el homicidio, siendo razonable concluir que la finalidad fue impedir que la víctima (único testigo del abuso) pudiera relatar lo sucedido”.

Para encontrar probado que Troncoso mató Mimi mediante golpes en la cabeza con un objeto contundente, los jueces recordaron la declaración del médico forense que determinó como causa de muerte “traumatismo craneoencefálico con edema y hemorragia cerebral".

El mismo testigo explicó que la fuerza necesaria para provocar ese tipo de lesiones sólo puede ser ejercida por una persona con un desarrollo físico normal, a partir de los 16 o 17 años, lo que permite descartar la intervención de un niño o de alguien con fuerza física limitada: “Estas afirmaciones resultan especialmente significativas en el marco de este proceso, ya que permiten descartar tanto la participación de múltiples agresores como la hipótesis de una muerte y encuadran con exactitud el perfil del agresor en una persona joven, con fuerza suficiente, y actuando de forma individual”.

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La muerte de Burella fue un femicidio

Finalmente, para dar por acreditado que el crimen de Mimi fue un femicidio, el tribunal advirtió que "la figura requiere la constatación de una situación de subordinación o sometimiento de la mujer por parte de un varón, sustentada en una relación desigual de poder. Esta desigualdad se encuentra arraigada en estereotipos de género que asignan roles de inferioridad a las mujeres o de superioridad a los varones, y se manifiesta en conductas que restringen parcial o totalmente el ejercicio y goce de los derechos de las mujeres en los diversos ámbitos en los que desarrollan sus actividades".

Es así que, del análisis integral de la prueba producida en juicio, el Tribunal identificó diversos elementos que permiten afirmar que la muerte de Mimí Burella se produjo en un contexto de violencia de género: "Así, en primer lugar la violencia sexual previa a la muerte, (...) Otro elemento relevante es la violencia física extrema que recibió la víctima, (...) resulta particularmente significativo valorar que la víctima era mujer sexagenaria...: una vez que el imputado se encontró con la víctima, pudo verla, identificar su condición de mujer mayor y advertir su evidente desventaja física frente a él. La diferencia de fuerza y capacidad física entre un varón joven y una mujer de más de 60 años, refuerza el contexto de violencia de género. Troncoso ejerce su superioridad física y la aprovechó en el marco de un ataque prolongado, asegurando el sometimiento y la indefensión de la víctima hasta provocarle la muerte", sostuvieron los jueces.

"Por último la imagen de la víctima, que el Tribunal pudo ver, con el rostro cubierto por un mantel no es un detalle irrelevante ni carente de sentido. Este acto, constituye un gesto que despersonaliza a la víctima, la reduce a un objeto sobre el que el agresor ha ejercido dominio absoluto. Tapar el rostro es borrar la identidad de la persona, anular su mirada y su condición de sujeto, para transformarla en una cosa. En el marco de la violencia de género, este tipo de acciones tiene un fuerte contenido simbólico: reafirman la desigualdad de poder y la idea de que el cuerpo de la mujer puede ser usado, violentado y finalmente silenciado, incluso en la muerte. Para el Tribunal, estos elementos mencionados se entrelazan de modo que no se trata solo de un homicidio y un abuso sexual aislados, se trata de un único curso de acción en el que la violencia sexual y la violencia física letal son manifestaciones de la misma lógica de dominación sobre una mujer", concluyeron.