En las últimas horas se conoció que la Cámara de Apelaciones de Santa Fe confirmó la prisión preventiva de Jorge Pereyra, un transportista de Rincón imputado por el abuso sexual de una de sus sobrinas. En su resolución, Sebastián Creus además valora que la investigación debería concluir en poco tiempo.
En el fallo al que tuvo acceso Aire Digital, Creus sostiene que “la investigación no aparece como compleja, de modo que es razonable exigir una rápida elevación a juicio y su realización”.
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Testimonio verosímil
El defensor de Pereyra, el abogado particular Alejandro Otte, había solicitado la excarcelación del imputado en una audiencia desarrollada hace una semana, y cuestionó los fundamentos de la jueza Sandra Valenti al imponer la prisión preventiva.
Sin embargo, el camarista en su resolución remarca que comparte el análisis de la jueza: “al fundamentar la decisión se indicó el fenómeno que presentan casos de abusos sexuales contra víctimas de muy poca edad que se repiten de manera crónica hasta la adolescencia, como los hechos que nos ocupan”. En este sentido, Creus remarcó que "en el desarrollo de la adolescencia de la persona afectada, en su proceso de formación intelectual y en su personalidad, termina madurando el daño que le han producido las conductas que atacan su integridad, y se produce el develamiento”.
Así las cosas el camarista recuerda cómo se dio el primer develamiento en este caso: “alrededor del 2009, cuando, en una discusión con su madre, termina manifestándole que ya había sido agredida sexualmente por su tío (el imputado Pereyra), cuando tenía seis o siete años de edad”. Creus ubica en este punto el origen del conflicto familiar, y valora que “resulta lógico tener por cierto que la abuela materna incidió para que M. no formulara denuncia alguna”. La joven acudió a la justicia una vez que la mujer falleció.
Para el juez, el testimonio de la denunciante es verosímil y alcanza, en esta etapa para justificar la probabilidad de ocurrencia de los hechos denunciados, teniendo en cuenta que “las imprecisiones que alega la defensa son detalles puntuales cuya faltante no desmerecen el testimonio por el tiempo que ha pasado, por las etapas de la vida de la víctima donde se produjeron los hechos y por, reitero, la especial vulnerabilidad de ella, acuciada, además, por el entorno familiar”.
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Riesgos procesales
Creus sostuvo que en el presente caso el aspecto más relevante a tener en cuenta es el entorpecimiento probatorio, “y es cierto que el testimonio de la víctima, que ya es mayor de edad, debería producirse en el juicio”. En este sentido, el camarista remarcó que “el verdadero problema que se presenta es, justamente, el vínculo existente entre todos quienes aparecen como protagonistas” del proceso: testigos que tienen un vínculo muy cercano con la víctima y con el imputado.
El camarista sostuvo que estos vínculos, comunes en situaciones intrafamiliares, presentan eI problema de que la influencia negativa en los testigos no viene del lado de la violencia o la intimidación, sino del contacto permanente con ellos y entre ellos, en la explotación de sentimientos encontrados que se ofrecen en esa convivencia familiar: “en este contexto los riesgos de interferencia con la prueba son reales y casi inevitables, así como profundos. El posible monto de pena, la relación con la víctima y demás potenciales testigos familiares se convierten en elementos que resultan suficientes para mantener la prisión preventiva, aunque el riesgo de fuga sea menor”, sostuvo Creus.
Finalmente, el juez destacó que “en este caso, el transcurso del tiempo es un factor ponderable. Primero, porque ya han pasado varios años desde los hechos; en segundo término, porque la investigación no aparece como compleja, de modo que es razonable exigir una rápida elevación a juicio y su realización”. Además, sostuvo que “luego de los hechos, y hasta este momento, no se han reiterado ni se han planteado acontecimientos perturbadores de otro orden por parte del imputado”, por lo que el mantenimiento de la prisión preventiva dejará de ser proporcional “si no se logra una sentencia a la brevedad”.
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