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Policiales santafesino | juicio | abuso sexual

La defensa del muralista santafesino Cobre pide la nulidad del juicio por abuso sexual

El planteo se realiza en el escrito de apelación de la condena. Sostienen que el juicio debe repetirse ante un tribunal pluripersonal.

Los abogados defensores del muralista santafesino Andrés Iglesias, “Cobre”, que fue condenado por abuso sexual, reclaman la nulidad del debate y que el juicio se realice ante un tribunal conformado por tres jueces.

La solicitud forma parte del escrito de apelación de la condena que fue presentado este lunes ante la Cámara de Apelaciones.

Los defensores de Cobre, Ignacio Alfonso Garrone y Sebastián Oroño, sostienen que, por el monto de pena reclamado por la querella, el juicio no podría haber sido realizado ante un solo magistrado.

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Cobre fue condenado a siete años y medio de prisión por abuso sexual

Cobre fue condenado a siete años y medio de prisión por abuso sexual

Nulidad del juicio

Para reclamar la nulidad del juicio, que fue presidido por el juez Lisandro Aguirre, los defensores sostienen que durante el desarrollo “se han violado principios básicos que hacen ni más ni menos que al debido proceso y derecho de defensa en juicio”, ya que correspondía que el debate se realizara frente a un tribunal pluripersonal.

Oroño y Alfonso Garrone recuerdan, en el escrito al que tuvo acceso AIRE, que en la audiencia preliminar realizada en noviembre de 2024 ante la jueza Cecilia Labanca, la querella ya había solicitado una pena de 15 años de prisión: “En dicha audiencia nada se dijo sobre la integración del tribunal en el entendimiento que por el pedido de pena su composición iba a ser de tres miembros”, sostiene la defensa.

En ese momento, el límite de pena para determinar la conformación de un tribunal de juicio estaba establecido en los 12 años de prisión. Esta norma fue modificada en enero de 2025, que elevó ese monto de pena a 18 años de prisión.

“Pues bien, al parecer tomándose de dicha reforma, y pese a que - reiteramos la acusación y el pedido de pena ya estaban perfeccionados -, de oficio y sin consultar a las partes, la Oficina de Gestión Judicial decidió establecer para el caso un tribunal unipersonal, violando así las reglas del debido proceso y derecho de defensa en juicio, pues no caben dudas que, para sostener su inocencia, tanto el imputado como esta defensa lo hicimos en el más básico entendimiento de la integración pluripersonal del tribunal”, reclaman los defensores.

“El único modo de remediar esta situación es mediante la declaración de nulidad del debate, enviándose a realizar uno nuevo con integración pluripersonal del tribunal de juicio oral”, culmina el reclamo.

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Sentencia juicio Germán Lerche Colón - Lisandro Aguirre
El juez Lisandro Aguirre presidió el juicio al muralista Cobre por abuso sexual

El juez Lisandro Aguirre presidió el juicio al muralista Cobre por abuso sexual

Inocencia

Como segundo punto el escrito, los defensores reclaman que se revoque la condena impuesta a Cobre; para los representantes del acusado, el juez condenó a Iglesias realizando una “incorrecta valoración de hechos derecho y prueba”. Los letrados entienden que el juez Aguirre basó su decisión de condenar al acusado sólo en el testimonio de la denunciante, y de la reiteración del mismo a terceras personas que declararon como testigos en el juicio.

“Si bien desde la defensa no desconocemos la especial consideración que merece el relato de las presuntas víctimas en este tipo de delitos, lo cierto es la mera reiteración del relato a terceras personas no resulta por sí solo, un elemento suficiente que permita dotarlo de credibilidad plena”, subrayan, y agregan que “el relato debe analizarse de manera particular y en cada caso concreto”.

Para los defensores, en el juicio ha existido un “único testimonio”, el de la denunciante, “cuya mera reiteración otorgó al magistrado certeza de la ocurrencia del hecho”, lo que es cuestionado por los defensores, ya que sostienen que “tal circunstancia no resulta suficiente para arribar a una sentencia condenatoria”.

En este punto, Oroño y Alfonso Garrone entienden que “si bien el relato mantuvo cierta coherencia, lo cierto es que en oportunidades varió dependiendo de las personas a las que se los fue contando lo que fue advertido por esta defensa y no considerado por el magistrado, tal como se observará al momento de ampliar el presente”, en relación a la audiencia de apelación.

Por último, los defensores también reclaman que el juez no dio por acreditado que “la prueba del bloque acusador consistiría – en gran parte – en crear una figura estigmatizante de Iglesias”. Los defensores sostienen que en sus alegatos de clausura pudieron comprobar que todas las amigas de la denunciante tenían un concepto negativo del acusado, aún sin haberlo conocido nunca personalmente.

Finalmente, los representantes legales de Iglesias realizan un repaso de las conversaciones de whatsapp sostenidas entre la denunciante y el acusado posterior al 17 de diciembre de 2022, cuando se interrumpe la relación entre ellos, horas posteriores al hecho de abuso denunciado por la mujer, pocos meses después. Los defensores exponen en el escrito de apelación una gran cantidad de mensajes en tono sentido y cariñoso entre ambos, lamentando la ruptura de la relación, intercambio que se mantuvo hasta febrero de 2023.

“Todos los mensajes evidencian una ruptura sin inconvenientes y sin hacer referencia a cualquier tipo de situación vinculada a un abuso sexual. Inclusive mensajes similares al que refiere “me duele el cuerpo y el alma” se pueden encontrar con anterioridad al 17 de diciembre”, analizan los defensores.

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Cobre condenado por abuso sexual 22
Andrés Iglesias, tras escuchar el veredicto del juez Aguirre que estuvo al frente del juicio.

Andrés Iglesias, tras escuchar el veredicto del juez Aguirre que estuvo al frente del juicio.

Planteo subsidiario y prueba nueva

Por último, como planteo subsidiario cuestionan la condena a siete años y medio de prisión por considerar que fue incorrecta la valoración realizada por el juez, y también solicitan la incorporación de prueba nueva.

En relación a esto, los defensores sostienen que existe una “nueva prueba que era de imposible conocimiento y producción para la defensa de manera previa al debate”, y solicitan que sea incorporada para que sea tenida en cuenta por los camaristas que deben revisar el fallo.

Según el escrito de apelación, esta nueva prueba trata de capturas de pantalla de conversaciones de whatsapp, mantenidas el día en que supuestamente habría ocurrido el hecho, entre la denunciante y la madre del acusado. Para los defensores, estas conversaciones “acreditan la versión de la defensa y desacreditan la existencia del hecho. Obra la conversación entre ambas, como así también fotografías del casamiento donde no se evidencia ninguna situación de conflicto entre la pareja".

Además, se agrega una conversación de fecha dos de enero de 2023 donde la denunciante le refiere a su exsuegra que “la relación no funcionó”. Oroño y Alfonso Garrone advierten que desconocían este material ya que “el teléfono en el cual se encontraban las capturas estaba roto”, y la madre de Iglesias recuperó el aparato una vez finalizado el juicio.

Es por esto que los defensores reclaman que sea tenida en cuenta estas conversaciones y que pueda declarar en la audiencia la madre del acusado, “para que exponga sobre el contexto en que se dan las mismas, y como y cuando logra recuperarlas y ponerlas a disposición de la defensa”.

Rincón Plaza
La pareja iba a iniciar la convivencia en una vivienda de San José del Rincón

La pareja iba a iniciar la convivencia en una vivienda de San José del Rincón

El caso

Iglesias fue condenado en primera instancia por haber abusado sexualmente de su pareja el 17 de diciembre de 2022, durante la madrugada, en la vivienda que compartían en Villa California, San José del Rincón. La joven se encontraba dormida cuando Iglesias intentó bajarle el short del pijama, forcejearon, ella le dijo que no quería y comenzó a llorar; a pesar de la oposición de la mujer, Iglesias logró consumar el hecho.

La denuncia fue presentada seis meses después. En el juicio se ventiló el recorrido que hizo la mujer hasta llegar a denunciar, y declararon todas las personas con quienes ella fue hablando durante los meses posteriores al hecho, y previos a la presentación penal.

Iglesias fue detenido e imputado en tribunales en julio de 2023; en la audiencia de prisión preventiva recuperó la libertad bajo una serie de medidas alternativas, que deberá seguir cumpliendo hasta que la sentencia quede firme. Ahora, este fallo será revisado por la Cámara de Apelaciones.