El planteo fue realizado ante los jueces camaristas Jorge Andrés (preside), Alejandro Tizón y Sebastián Creus en el marco de una audiencia que tuvo lugar en la sala 5 del primer piso de tribunales.
La apelación fue realizada por los fiscales Matías Broggi y Jorgelina Moser Ferro que, tal como lo hicieron en los alegatos del juicio realizado en 2024, insistieron con una condena de 25 años de prisión para Trigatti.
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Según Broggi, el fallo que absolvió al docente (que llevó la firma de los jueces Pablo Busaniche, Martín Torres y Cecilia Labanca) estuvo falto de “perspectiva de género y niñez”, que fue “infundado” y “prescinde de prueba relevante”.
En la misma vereda, la querellante Carolina Walker Torres (en representación de una sola denunciante) calificó que el fallo absolutorio tuvo una mirada “misógina y patriarcal” y que el tribunal “silenció las palabras de las víctimas”. En consecuencia, solicitó también la prisión de 25 años para el profesor de educación física o en su defecto que se declare la nulidad de la sentencia que absolvió a Trigatti.
Piden sentencia firme
Por su parte, la defensa del docente, a cargo de los abogados Marcos Barceló y Macarena Olivera, solicitó que se ratifique el fallo absolutorio al calificarlo como contundente e inédito en materia de delitos sexuales en Santa Fe.
Dicho fallo, vale recordar, consideró que los relatos de las niñas involucradas en el caso estuvieron contaminados y que fueron revictimizadas. En este sentido, el tribunal destacó que el primer caso denunciado fue clave en la causa, ya que su testimonio se contaminó al ser sometida a múltiples interrogatorios y revisiones médicas previas a su declaración en cámara gesell.
Los jueces de primera instancia a su vez entendieron que la primera denuncia –cuya difusión fue inmediata- desató una “sugestión colectiva” que llevó a los padres de las otras menores involucradas a influenciar y contaminar sus relatos.
“Se les preguntaba en todos los casos en forma desesperada y reiterativa sobre posibles abusos, que sumados a una serie de sucesos desafortunados consecuentes, y actuaciones de operadores de la salud pública, de la protección de niñez y del sistema penal por los menos deficientes, terminaron por completar esta zaga de lamentables sucesos y actuaciones que derivaron en un conflicto penal”, subrayó la resolución.