El Gobierno de Santa Fe publicó este jueves el decreto N° 1460/21, que dispone que los trabajadores de la administración pública provincial ya vacunados con una dosis contra el covid que hasta el momento no estaban prestando servicios regresen a la presencialidad. La medida también abarca a aquellos trabajadores públicos que decidan no aplicarse la vacuna, remarcó por Aire de Santa Fe el ministro de Trabajo, Juan Manuel Pusineri.
"El hecho de no vacunarse no omite que esa persona sea convocada a trabajo presencial. Deberán adoptarse los recaudos para que esto no signifique un riesgo para el resto, pero hoy no es causa justificada para decir 'no voy a trabajar si soy convocado'. Puede haber distintas alternativas: esa persona puede realizar trabajo remoto, a contraturno, está previsto que hasta las 19 horas se pueda realizar la actividad en la administración pública, pero el hecho de no vacunarse no significa una justificación para el no regreso al trabajo presencial", aseguró.
Qué dice el decreto provincial
El Artículo 1° del decreto señala: "Establécese que las máximas autoridades de los ministerios, organismos, reparticiones y entes centralizados y descentralizados y empresas y sociedades del Estado provincial o donde el mismo tuviera participación, podrán convocar al retorno a la actividad laboral presencial a las y los trabajadores que hubieran recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el covid-19 autorizadas para su uso en la República Argentina, independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos (14) días corridos de la inoculación".
La medida está destinada especialmente para todos aquellos que gozan de una licencia de población de riesgo por ser personas mayores de 60 años o tener patologías previas.
De acuerdo con lo establecido por Nación, la medida excluye a las embarazadas, las personas con inmunodeficiencias y los pacientes oncológicos y trasplantados, pero incluye a aquellas personas que tengan decidido no inmunizarse.
La resolución nacional
La resolución de Nación convoca al retorno a la actividad laboral presencial a los trabajadores que hayan recibido hace 14 días o más la primera dosis de cualquiera de las vacunas contra el covid autorizadas en Argentina, independientemente de la edad y la condición de riesgo.
La medida también brinda la posibilidad de trabajo remoto en el caso de que por el cumplimiento de protocolos sea necesaria la alternancia y establece las condiciones en las que se deberá realizar este tipo de trabajo. La resolución indica que habrá sanciones para los trabajadores que no cumplan con la modalidad de trabajo requerida.
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