La Justicia ordenó a Sadaic y Aadi Capif no cobrarle derechos de autor a cinco colegios de Santa Fe en sus recepciones
Un fallo judicial eximió a cinco colegios de Santa Fe de pagar los aranceles que Sadaic y Aadi-Capif exigían por la música en las recepciones. La medida cautelar frena los cobros mientras se discute el alcance del decreto presidencial que redefinió la reproducción de música en lugares públicos y privados.
Cinco colegios de la ciudad de Santa Fe obtuvieron una medida cautelar que ordena suspender el cobro de aranceles de SADAIC y Aadi-Capif por el uso de música en las recepciones.
Cinco escuelas de la ciudad de Santa Fe obtuvieron una medida cautelar que ordena suspender el cobro de aranceles de Sadaic y Aadi-Capif por el uso de música en las recepciones de fin de año. La resolución de la Justicia impide, mientras esté vigente, que las entidades inicien acciones de cobro o reclamen montos vinculados a derechos de autor.
El abogado Rodolfo Comoretto, del estudio Villaggi & Comoretto, explicó en el programa Una Tarde a la Vez de AIRE que el fallo “sienta un precedente importante” para instituciones educativas de toda la provincia. Las escuelas representadas son el Colegio Dante Alighieri, Nuestra Señora del Calvario, La Salle Jobson, San José Adoratrices y Sagrada Familia.
La presión a los salones y el origen del conflicto en Santa Fe
Los colegios decidieron acudir a la Justicia luego de que Sadaic y Aadi-Capif "presionaran a los salones de eventos para que exigieran el pago de derechos musicales antes de habilitar las recepciones". Si los colegios no abonaban, los salones serían considerados por las entidades "como responsables solidarios del pago", según detalló Comoretto.
El monto que se pretendía cobrar equivalía a "entre el 14% y el 16% del precio de cada tarjeta" de la cena.
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Qué argumentaron los colegios ante la Justicia
Comoretto detalló que el fallo se sustenta en un decreto presidencial que redefine qué se considera reproducción pública y privada. “El decreto establece que los ámbitos privados, incluso de ocupación temporaria y con lista cerrada de invitados, están excluidos de la reproducción pública y no deben tributar impuestos”, explicó el abogado.
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Los colegios decidieron acudir a la Justicia luego de que Sadaic y Aadi-Capif "presionaran a los salones de eventos para que exigieran el pago de derechos musicales".
Según sostuvo, esta norma modifica criterios que se aplicaban desde hace años: “El decreto cercena lo que se venía haciendo y redefine conceptos. Sadaic y Aadi-Capif lo reconocen porque iniciaron acciones judiciales pidiendo reconsiderar su alcance”.
Comoretto remarcó que la resolución es precautoria, no definitiva, aunque de impacto inmediato: “El juez entendió que nuestra petición estaba amparada por el decreto y suspendió lo que estas entidades intentaban cobrar en estas fiestas privadas”.
El estudio sigue de cerca el avance de las causas iniciadas por las entidades de gestión colectiva, mientras que los colegios beneficiados podrán realizar sus recepciones sin abonar los aranceles.