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Aplicaciones de viajes en Santa Fe: apuestan al registro de los choferes, vehículos y mayores controles

La Municipalidad de Santa Fe busca modificar la ordenanza que regula las aplicaciones de viajes. No será necesaria la inscripción de las empresas.

La nueva iniciativa plantea un cambio de enfoque: el Municipio dejará de exigir que las plataformas —como Uber o DiDi— se registren localmente, y pasará a poner el eje en los conductores y en los vehículos que operan dentro de la ciudad.

El Ejecutivo reconoce dificultades para la correcta aplicación de la Ordenanza, vinculadas a que no todas las empresas cumplieron con el trámite de inscripción.

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"La mayoría de las empresas no cuentan con domicilio legal ni representación en Santa Fe lo cual impide su registración, dificulta los mecanismos de control y torna inoperantes las sanciones previstas", explica el texto entre sus fundamentos e indica que como consecuencia de eso "la prestación del servicio quedó en una situación de informalidad, sin herramientas efectivas para la fiscalización municipal".

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Uber y DiDi, empresas de viajes por aplicaciones, no completaron el registro de inscripción ante la Municipalidad de Santa Fe.

Uber y DiDi, empresas de viajes por aplicaciones, no completaron el registro de inscripción ante la Municipalidad de Santa Fe.

Aplicaciones de viajes: la nueva propuesta de la Municipalidad

Frente a ese escenario, la Municipalidad propone trasladar toda la estructura de habilitación hacia quienes sí están radicados en la ciudad: los conductores y los vehículos. Desde el Ejecutivo indican que la apuesta es lograr un marco normativo claro, poniendo como principal valor la idoneidad de los choferes.

En concreto, el proyecto apunta a crear un registro específico, al que deberá inscribirse toda persona que quiera operar bajo esta modalidad, y establece los requisitos técnicos y administrativos que deberán cumplir.

La iniciativa también actualiza las condiciones que deben reunir los automóviles afectados al servicio.

  • Se establece una antigüedad máxima de diez años, o doce en el caso de unidades híbridas o eléctricas.
  • Deberán estar radicados en Santa Fe, tener la patente al día, contar con la Revisión Técnica Obligatoria vigente y poseer seguro con cobertura para terceros transportados.

Además, deberán exhibir en el interior un cartel identificatorio —provisto por el Municipio— con los datos del titular, del conductor, su documento, fotografía y dominio.

También será obligatorio un código QR que permita acceder a la información del vehículo y del chofer. El proyecto prohíbe cualquier otro tipo de identificación externa, como luces o señalizaciones adicionales.

A su vez, se explicita que queda excluido de manera total el traslado de personas en motovehículos, sea cual sea el modo de contratación. Esta situación, la ordenanza vigente ya la contemplaba, aunque el servicio las empresas lo siguen ofreciendo y resulta muy elegido por lo económico y agil.

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Un año después de su sanción, la Municipalidad de Santa Fe introduce cambios en la ordenanza que regula las aplicaciones de viajes.

Un año después de su sanción, la Municipalidad de Santa Fe introduce cambios en la ordenanza que regula las aplicaciones de viajes.

Modalidad del servicio y sanciones

Los viajes solo podrán iniciarse a través de una solicitud procesada por una aplicación, "por lo que se prohíbe expresamente la toma de viaje en la modalidad de oferta pública en calle", indica el artículo 14.

A su vez se establece que quien realice transporte de personas por plataformas sin estar registrado podrá ser sancionado con multas que van desde 1.000 a 8.000 unidades fijas.

Desde el Ejecutivo plantean la premisa de ordenar un subsistema que presentaba, desde muchos años, infinidad de dificultades e irregularidades. Valoran el diálogo y la predisposición de taxistas y remiseros con quienes sostienen conversaciones permanentes y por eso, buscan establecer reglas más claras.

Un nuevo marco para un sistema que no se pudo controlar

En los fundamentos, el Municipio sostiene que las modificaciones buscan “modernizar el marco regulatorio” y darle operatividad, garantizando un equilibrio entre innovación tecnológica, competencia leal entre los distintos modos de transporte y capacidad efectiva de control estatal.

También remarcan que la actualización permitirá formalizar la actividad de los conductores locales y homogeneizar requisitos con los sistemas de taxis y remises, que ya cuentan con estándares similares.

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De cara a la nueva etapa, se prevén mayores controles en la vía pública para quiénes transportan, con las exigencias de carnet profesional, idoneidad, exámenes médicos, entre otras cuestiones, pero que estarán acompañadas por acciones que faciliten trámites e inviten a los conductores a la inscripción y regularización.

Los artículos a modificar

En el nuevo mensaje, se modifican cinco artículos de la actual Ordenanza: el 1, 2, 10 vinculado al registro que deberá realizar el titular del auto o quien trabaje; el 14 relacionado con la modalidad y el 16 referido a los requisitos que deberán cumplir cada vehículo.

A su vez, se derogan nueve artículos: 3, 4, 5, 6, 7, 8, 19, 20 y 21 de la Ordenanza Nº 12.991.

También se modifica el Capítulo VIII del Título VI de la Ordenanza N° 7.882 - Régimen de Infracciones y Penalidades; el artículo 10° de la Ordenanza N° 13.045 relacionada al Fondo de Movilidad; se procede a derogar el “Capítulo XVII de la Ordenanza Fiscal Municipal N° 11.962 y el “Capítulo XVI de la Ordenanza Tributaria Municipal Anual N° 13.007.