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Política Vialidad Nacional | Javier Milei | Gobierno nacional

Vialidad Nacional: suspenden por seis meses la decisión de avanzar con la disolución del organismo

La jueza Martina Forns frenó cualquier acto administrativo que derive del decreto que pretende eliminar al organismo.

La jueza en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín Martina Forns suspendió por seis meses cualquier acto administrativo que derive del Decreto que resolvió disolver Vialidad Nacional, al hacer lugar a una medida cautelar del gremio Sevina.

La magistrada hizo lugar parcialmente a la cautelar de no innovar y ordenó al gobierno nacional que se abstenga de "ejecutar cualquier acto administrativo, que derive" del decreto 461/2025 del 8 de julio pasado, que dispuso la disolución de la Dirección Nacional de Vialidad.

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La magistrada hizo lugar parcialmente a la cautelar de no innovar y ordenó al Estado Nacional y al Poder Ejecutivo que se abstenga de

La magistrada hizo lugar parcialmente a la cautelar de no innovar y ordenó al Estado Nacional y al Poder Ejecutivo que se abstenga de "ejecutar cualquier acto administrativo, que derive" del decreto 461/2025.

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Qué pasará con Vialidad Nacional

El gobierno de Javier Milei no podrá disponer "reubicaciones, traslados, cesantías, suspensiones, pases a disponibilidad de personal o supresión de estructuras vinculadas a la Dirección Nacional de Vialidad".

"Teniendo en cuenta que en esta etapa preliminar del proceso, donde se verifican circunstancias graves y objetivas, permiten justificar el dictado de una medida cautelar de no innovar, a fin de evitar perjuicios irreparables y preservar el statu quo hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo", afirmó la sentencia.

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El gobierno de Javier Milei no podrá disponer

El gobierno de Javier Milei no podrá disponer "reubicaciones, traslados, cesantías, suspensiones, pases a disponibilidad de personal o supresión de estructuras vinculadas a la Dirección Nacional de Vialidad".

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La magistrada argumentó que tanto la Constitución Nacional como los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) "con jerarquía constitucional -en particular los Convenios N.º 87, 98 y 151- impiden al Estado, en su rol concurrente de empleador y regulador, alterar de manera unilateral condiciones de trabajo que han sido establecidas por norma colectiva con plena vigencia".

Forns no se pronunció sobre el planteo para declarar la nulidad e inconstitucionalidad del Decreto 461 porque para ello es necesario un "estudio mucho más complejo y profundo, con amplio debate y prueba, que en modo alguno podrían resolverse con los elementos hasta ahora incorporados".