menu
search
Policiales abuso sexual | Docentes | corrupción

Un fallo confirma y revoca cargos en la causa que investiga a directivas del jardín San Roque

El camarista Oscar Burtnik confirmó parcialmente la resolución de primera instancia que apunta a directivas de la institución.

El fallo del juez Candioti había sido apelado por los abogados defensores particulares de las imputadas, Germán Corazza y Norberto José Rolón, y fue confirmado de manera parcial por el camarista.

La resolución de Burtnik confirma que las dos imputadas, C.F.L. y E.K., perjudicaron la investigación al no remitir la totalidad de los legajos requeridos por las fiscales Alejandra del Río Ayala y Celeste Minniti, lo que motivó el pedido de allanamiento para obtener la documentación faltante. Sin embargo, el abogado defensor Corazza aclaró a este medio que por el encubrimiento sólo fue imputada E.K., con lo que la resolución del camarista desvincularía a C.F.L. de la causa.

Leer más ► Las directivas del San Roque "favorecieron la posibilidad de más abusos", entendió el juez

tribunales caso Jardín San Roque-11_1200_MTH.jpg
El abogado sostuvo además que sus defendidas

El abogado sostuvo además quesus defendidas "no tenían la facultad para desplazar al docente investigado de la institución educativa.

“La acusación ha demostrado que pese a su petición en el marco de la investigación, le fueron remitidas algunas copias y no la totalidad de los mencionados legajos, lo que motivó el posterior allanamiento del establecimiento educativo, ocasión en la que lograron hacerse de los legajos completos”, valoró Burtnik, y confirmó que el delito de encubrimiento se encuentra acreditado.

En cuanto a la responsabilidad que les competía a las imputadas, como autoridades del jardín de infantes, sobre la situación laboral del docente y su continuación en el cargo luego del anoticiamiento de los hechos, “al momento surgen dudas razonables (art. 7 del CPP) atento a la compleja legislación aplicable, sin perjuicio de que con el avance de la investigación, se acredite no sólo con grado de probabilidad, sino que además estime contar con elementos para obtener una sentencia condenatoria y efectuar la acusación”, sostuvo el camarista.

En la resolución, Burnik precisó que “existen normas y protocolos de las que resultan deberes que no son claros. Luego de la particular y lamentable situación que sufriere la docente Vanesa Castillo hubo un cambio de paradigma en el tratamiento y consideración que les cabe a los docentes ante el anoticiamiento de una situación de violencia respecto de los menores o educandos a su cargo, además de que la realidad indica elevados niveles de violencia en la sociedad, ello teniendo presente que claramente el interés del menor debe prevalecer y las normas intentan (con cierto éxito o a veces sin él, tal como toda conducta humana) preservar”.

En este punto entiende el magistrado que quedan dudas sobre el proceder de las imputadas relacionadas a la posibilidad de sancionar o apartar al docente, podrían ser despejadas con el avance de la investigación: “Las normas no son precisas respecto de la actuación de los directivos en cuanto la prevención y tratamiento requieren una participación comprometida no sólo del Estado sino de toda la ciudadanía, (...) las instituciones educativas cumplen un papel importante en la información, prevención y detección de los hechos que pueden significar una vulneración de derechos; lo que implica una intervención responsable que debe traducirse en la adopción de medidas eficaces e idóneas atento al tratamiento que merecen los niños en cuanto sujeto de derechos”. Es por esto que para el juez, no surgen al momento elementos de convicción suficientes para sostener que la responsabilidad de mantener al docente en el cargo tras haberse notificado el hecho ante el ministerio de Educación recaiga sobre las imputadas.

Leer más ► La defensa de las directivas del San Roque aseguró que era el Ministerio quien debía denunciar el abuso sexual

tribunales caso Jardín San Roque-13_1200_MTH.jpg
Celeste Minniti y Alejandra Del Río Ayala llevan adelante la investigación

Celeste Minniti y Alejandra Del Río Ayala llevan adelante la investigación

A continuación el juez detalló la legislación en cuanto a la relación laboral de un docente con un establecimiento educativo privado, como es el presente caso, y cómo debe tramitarse si apartamiento, y concluyó que “se advierten normas y protocolos diversos, (...) y conforme a la legislación vigente (la que entiendo desactualizada, compleja, con intervención de múltiples organismos que disipan las responsabilidades y que con evidencia debe ajustarse a las situaciones conflictivas que se presentan -ya sea intrafamiliares o vinculadas a los docentes-, en aras de proteger del modo más amplio, rápido y eficaz a los educandos), lo que impone -al momento- aplicar el principio in dubio pro reo, respecto de ese hecho”.

El caso

Darío C., un maestro de música de 38 años, se encuentra detenido en prisión preventiva imputado por posibles abusos cometidos en las instalaciones del establecimiento educativo donde daba clases. La prisión preventiva fue impuesta por el juez Sergio Carraro, el pasado 3 de marzo quien avaló la calificación legal seleccionada por las fiscales de abuso sexual con acceso carnal agravado y corrupción de menores agravada.

La causa comenzó a investigarse en la justicia en julio de 2019 y las fiscales solicitaron la detención del hombre investigado una vez que reunieron la suficiente evidencia para sostener la posible ocurrencia de los hechos y la participación del hombre.

Leer más ► Quedó en prisión preventiva el maestro de música acusado de abusos en un jardín de infantes

Ayuda en la escuela

Pero según expresaron las fiscales en audiencia a fines del 2018 el pequeño le contó a su mamá que el “profe Darío” lo tocaba y también hacía participar de los abusos a una nena. En ese momento, la mamá recurrió a la escuela a buscar explicaciones, y llevó a su hijo al pediatra.

Las autoridades escolares le solicitaron un informe médico estampillado y que el pediatra de cuenta si las lesiones eran compatibles con abuso. Las lesiones que presentan los niños abusados en la zona del esfínter pueden ser productos de abusos sexuales como también de constipación, por lo cual son necesarios otros tipos de estudios para determinar si se trata de uno o de otro. En este caso, el médico realizó el examen y descartó el abuso sexual. “Ante la posibilidad de caminos, el pediatra optó por el menos comprometedor”, analizó Carraro al momento de fundamentar la prisión preventiva.

Ante esta situación, la mamá solicitó un certificado para que el nene no vaya a la escuela durante un tiempo. En el 2019 empezó primer grado, y al poco tiempo el niño comenzó con problemas de conducta y no querer ir a la escuela.

Allí el nene volvió a contarle a la mamá lo que hacía el profe Darío. Ahora lo buscaba en los recreos de la escuela, lo llevaba al baño y abusaba de él. Un día notó que su hijo volvió de la escuela con la cola irritada. Una vez más, la mujer acudió a la escuela. Ante la falta de respuestas esta vez sí fue a la Justicia.

Dejá tu comentario