Un hombre de 72 años condenado por apuñalar a su exesposa en plena calle seguirá detenido, a pesar del pedido de prisión domiciliaria realizado por el abogado defensor Mario Guedes. Rafael Pablo Martínez cumplía la condena en su domicilio hasta que fue “suspendida” en el mes de noviembre, cuando fue imputado por romper el dispositivo de control electrónico.
El juez Pablo Busaniche valoró el contexto de violencia de género del caso, y en su resolución sostuvo que la seguridad de la víctima no puede depender de la voluntad del agresor, de cumplir o no con la medida, de acercarse o no a la mujer.
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Ribetes procesales
Rafael Pablo Martínez juzgado y condenado a 14 años de prisión como autor de tentativa de femicidio en perjuicio de su expareja. El violento episodio ocurrió un mediodía de febrero de 2018, en plena vía pública: el hombre apuñaló a Claudia, con la que tenía una medida de restricción de acercamiento, mientras ella esperaba el colectivo al salir de trabajar. El agresor huyó del lugar y la mujer debió pasar diez días en el hospital.
Desde el inicio de la causa Martínez estuvo en prisión domiciliaria, que incumplió en reiteradas oportunidades: salía cuando quería, sin esperar el permiso de las autoridades ni la escolta policial. El hijo en común que tenía con la víctima era quien la llamaba y le advertía: “papá salió”.
La medida de prisión domiciliaria fue revisada, a pedido de la fiscal de homicidios Ana Laura Gioria, por cuatro jueces (Nicolás Falkenberg, Jorge Patrizi, Rosana Carrara y Gabriel Candioti) en diferentes oportunidades, y siempre confirmaron la prisión domiciliaria, que Martínez reiteradamente incumplía.
Al llegar el momento del juicio, en el mes de agosto de 2020, la Fiscalía volvió a pedir que, en caso de ser condenado Martínez, cumpla la condena en una unidad del Servicio Penitenciario. Una vez más, el tribunal que llevó adelante el debate (Susana Luna, Gustavo Urdiales y Sergio Carraro) mantuvo la prisión domiciliaria.
El fallo fue revisado por la Cámara de Apelaciones, y confirmado parcialmente: los jueces Jorge Andrés, Alejandro Tizón y Enrique Álvarez confirmaron la condena por tentativa de femicidio pero redujeron el monto de la pena de 14 a 11 años y 8 meses, al tiempo que mantuvieron la prisión domiciliaria.
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Tres meses y medio después del juicio, la policía debió asistir a la vivienda donde Martínez cumplía (o incumplía) la prisión domiciliaria por un disturbio familiar. La nuera del condenado advirtió que el hombre se había sacado la tobillera y había quemado el dispositivo de control telefónico. Al arribar al lugar los uniformados encontraron a Martínez en el dormitorio y el equipo dañado e inutilizable.
El hombre fue llevado a tribunales e imputado como autor del delito de daños, donde declaró, negó ser el autor del daño y responsabilizó a su nuera. El juez Rodolfo Mingarini resolvió “suspender” la prisión domiciliaria ya que no había dispositivos para controlar la medida, y además se debía resolver la situación familiar en el domicilio.
En la audiencia desarrollada este mediodía en la sala 8 del subsuelo de tribunales, el defensor público Mario Guedes, explicó que el hijo de Martínez se acercó hace un tiempo a la defensoría y expresó que se había separado de la mujer con la que su padre tenía problemas y que por lo tanto podía volver a recibirlo en su casa. El defensor remarcó que la prisión domiciliaria dispuesta como modalidad de ejecución de la condena está firme, y que la “suspensión” dispuesta por Mingarini era provisoria.
La fiscal Gioria pidió que sea rechazada la pretensión del defensor, y sostuvo que Martínez incumplió en reiteradas oportunidades la prisión domiciliaria. Agregó que la justicia no puede mantener a una mujer víctima de violencia de género pendiente del teléfono toda su vida para que le avisen si su agresor salió o no salió de la casa, y le pidió al juez que tenga en cuenta el comportamiento demostrado por Martínez durante todo el proceso.
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“Los jueces somos responsables”
Al momento de resolver, Busaniche valoró las particularidades procesales de la causa, y expuso que en este caso entran en puja dos situaciones extremas: por un lado, un hombre de 72 años y con problemas de salud, dos situaciones amparadas por la ley para el pedido de prisión domiciliaria, y por otro lado el derecho a garantizar la seguridad de una mujer víctima de violencia de género, que fue apuñalada en plena calle.
“Los jueces somos responsables”, sostuvo Busaniche, no escapó en su resolución a la historia completa, en lugar de hacer meramente una valoración técnico-jurídica de la situación: “quedó probado que Martínez salió de su casa, cuando no debería haber salido ni un metro. Si sale tiene la posibilidad de acercarse a la víctima, según su voluntad. Si ya salió por lo menos cuatro veces entonces el Estado no está cumpliendo con el rol de garante de la suerte de la víctima”, evaluó el juez.
Finalmente el magistrado rechazó el pedido de prisión domiciliaria realizado por la Defensa, y dispuso que Martínez sea trasladado a dependencias del Servicio Penitenciario.
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