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Policiales abuso sexual | juicio | santafesino

Se definió el tribunal que revisará la condena a Cobre por abuso sexual y el pedido de anular el juicio

La Justicia de Santa Fe resolvió quiénes serán los jueces encargados de revisar el pedido de los abogados defensores de declarar la nulidad del juicio al muralista Cobre, condenado por abuso sexual.

La Oficina de Gestión Judicial designó a los jueces de la Cámara de Apelaciones Roberto Prieu Mántaras, como presidente, Oscar Burtnik y Sebastián Creus para conformar el tribunal de segunda instancia que revisará lo resuelto en el juicio oral y público, que culminó con una condena a siete años y medio de prisión por abuso sexual.

El análisis de los jueces

Los jueces deberán primero analizar si dan curso a la apelación presentada por los defensores de Iglesias, Sebastián Oroño e Ignacio Alfonso Garrone; luego, se fijará fecha de audiencia para la ampliación de los planteos expuestos en el escrito.

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Prieu Mántaras, juez de la cámara de apelaciones, presidirá el tribunal que revisará la condena a Cobre por abuso sexual

Prieu Mántaras, juez de la cámara de apelaciones, presidirá el tribunal que revisará la condena a Cobre por abuso sexual

Nulidad del juicio

Para reclamar la nulidad del juicio, los defensores argumentaron que correspondía que el debate se realizara frente a un tribunal pluripersonal, y no sólo ante el juez Lisandro Aguirre: “Se han violado principios básicos que hacen ni más ni menos que al debido proceso y derecho de defensa en juicio”, cuestiona el escrito de apelación.

Este argumento se fundamenta en el pedido de pena de la parte querellante, que ya en la audiencia preliminar realizada en noviembre de 2024 ante la jueza Cecilia Labanca, había solicitado una pena de 15 años de prisión. En ese momento, el límite de pena para determinar la conformación de un tribunal de juicio estaba establecido en los 12 años de prisión. Esta norma fue modificada en enero de 2025, que elevó ese monto de pena a 18 años de prisión.

“En dicha audiencia preliminar nada se dijo sobre la integración del tribunal en el entendimiento que por el pedido de pena su composición iba a ser de tres miembros”, sostiene la defensa. “El único modo de remediar esta situación es mediante la declaración de nulidad del debate, enviándose a realizar uno nuevo con integración pluripersonal del tribunal de juicio oral”, culmina el reclamo.

Inocencia

Como segundo punto el escrito, los defensores reclaman que se revoque la condena impuesta a Cobre; para los representantes del acusado, el juez condenó a Iglesias realizando una “incorrecta valoración de hechos derecho y prueba”. Los letrados entienden que el juez Aguirre basó su decisión de condenar al acusado sólo en el testimonio de la denunciante, y de la reiteración del mismo a terceras personas que declararon como testigos en el juicio.

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“Si bien desde la defensa no desconocemos la especial consideración que merece el relato de las presuntas víctimas en este tipo de delitos, lo cierto es la mera reiteración del relato a terceras personas no resulta por sí solo, un elemento suficiente que permita dotarlo de credibilidad plena”, subrayan, y agregan que “el relato debe analizarse de manera particular y en cada caso concreto”.

Para los defensores, en el juicio ha existido un “único testimonio”, el de la denunciante, “cuya mera reiteración otorgó al magistrado certeza de la ocurrencia del hecho”, lo que es cuestionado por los defensores, ya que sostienen que “tal circunstancia no resulta suficiente para arribar a una sentencia condenatoria”.

Por último, los defensores también reclaman que el juez no dio por acreditado que “la prueba del bloque acusador consistiría – en gran parte – en crear una figura estigmatizante de Iglesias”. Los defensores sostienen que en sus alegatos de clausura pudieron comprobar que todas las amigas de la denunciante tenían un concepto negativo del acusado, aún sin haberlo conocido nunca personalmente.

Sentencia juicio Germán Lerche Colón - Lisandro Aguirre
Lisandro Aguirre, el juez que condenó a Cobre por abuso sexual en marco de un juicio oral y público

Lisandro Aguirre, el juez que condenó a Cobre por abuso sexual en marco de un juicio oral y público

Planteo subsidiario y prueba nueva

Por último, como planteo subsidiario cuestionan la condena a siete años y medio de prisión por considerar que fue incorrecta la valoración realizada por el juez, y también solicitan la incorporación de prueba nueva; los defensores sostienen que existe una “nueva prueba que era de imposible conocimiento y producción para la defensa de manera previa al debate”, y solicitan que sea incorporada para que sea tenida en cuenta por los camaristas que deben revisar el fallo.

Según el escrito de apelación, esta nueva prueba trata de capturas de pantalla de conversaciones de whatsapp, mantenidas el día en que supuestamente habría ocurrido el hecho, entre la denunciante y la madre del acusado. Para los defensores, estas conversaciones “acreditan la versión de la defensa y desacreditan la existencia del hecho. Obra la conversación entre ambas, como así también fotografías del casamiento donde no se evidencia ninguna situación de conflicto entre la pareja".

Además, se agrega una conversación de fecha dos de enero de 2023 donde la denunciante le refiere a su exsuegra que “la relación no funcionó”. Oroño y Alfonso Garrone advierten que desconocían este material ya que “el teléfono en el cual se encontraban las capturas estaba roto”, y la madre de Iglesias recuperó el aparato una vez finalizado el juicio.

Es por esto que los defensores reclaman que sea tenida en cuenta estas conversaciones y que pueda declarar en la audiencia la madre del acusado, “para que exponga sobre el contexto en que se dan las mismas, y como y cuando logra recuperarlas y ponerlas a disposición de la defensa”.

El caso

Iglesias fue condenado en primera instancia por haber abusado sexualmente de su pareja el 17 de diciembre de 2022, durante la madrugada, en la vivienda que compartían en Villa California, San José del Rincón. La joven se encontraba dormida cuando Iglesias intentó bajarle el short del pijama, forcejearon, ella le dijo que no quería y comenzó a llorar; a pesar de la oposición de la mujer, Iglesias logró consumar el hecho.

La denuncia fue presentada seis meses después. En el juicio se ventiló el recorrido que hizo la mujer hasta llegar a denunciar, y declararon todas las personas con quienes ella fue hablando durante los meses posteriores al hecho, y previos a la presentación penal.

Iglesias fue detenido e imputado en tribunales en julio de 2023; en la audiencia de prisión preventiva recuperó la libertad bajo una serie de medidas alternativas, que deberá seguir cumpliendo hasta que la sentencia quede firme. Ahora, este fallo será revisado por la Cámara de Apelaciones.