La Corte Suprema de Justicia dejó firme una condena a 40 años de prisión para un profesor acusado de violar menores

La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena a 40 años de prisión para Fabio Ariel Brítez, acusado de haber violado a menores de edad.

La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena a 40 años de prisión para Fabio Ariel Brítez, acusado de haber violado a menores de edad, entre ellos el hijo de su pareja y a sus alumnos.
La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena a 40 años de prisión para Fabio Ariel Brítez, acusado de haber violado a menores de edad, entre ellos el hijo de su pareja y a sus alumnos.

La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena a 40 años de prisión para Fabio Ariel Brítez, acusado de haber violado a menores de edad, entre ellos el hijo de su pareja y a sus alumnos. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron por inadmisible el planteo de la defensa que reclamaba la revisión de la sentencia en su contra y la pena impuesta.

Britez, un profesor de combate en un gimnasio de la zona porteña de Las Cañitas, fue detenido en diciembre del año 2016, a raíz de una investigación en la que se determinó que el acusado aprovechaba su vínculo como instructor para acercarse a menores, les explicaba que también era fotógrafo profesional y luego los invitaba a su casa para retratarlos con ropa interior o desnudos. En ese contexto, las víctimas eran abusadas sexualmente. Muchos de esos hechos quedaron filmados o fotografiados.

La Corte dejó firme una condena a 40 años de prisión para un profesor acusado de violar menores

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Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron por inadmisible el planteo de la defensa que reclamaba la revisión de la sentencia en su contra y la pena impuesta.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron por inadmisible el planteo de la defensa que reclamaba la revisión de la sentencia en su contra y la pena impuesta.

El caso fue iniciado con la denuncia de los dos hijastros de Brítez, quienes lo denunciaron cuatro meses antes de la detención, cuando ya eran mayores de edad. Según declararon, los abusos se registraron cuando eran menores. También se presentaron otras víctimas adolescentes.

En 2021, el Tribunal Oral Criminal y Correccional N° 1 de la Capital Federal condenó al acusado a 40 años de prisión. En diciembre del 2024, la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal ratificó esa decisión.

Los delitos fueron abuso sexual carnal en al menos 36 oportunidades y abuso sexual con acceso carnal agravado por tratarse de una persona encargada de la guarda de la víctima y por aprovechar la situación de convivencia preexistente con ella, reiterado en al menos 24 ocasiones, contra uno de los hijos de su pareja, y la misma figura penal por otros nueve hechos para el segundo de las víctimas; abuso sexual simple en dos ocasiones para un cuarto menor, abuso sexual con acceso carnal en al menos 19 veces en un quinto caso; y abuso sexual con acceso carnal reiterado por lo menos en 36 oportunidades contra una sexta víctima.

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Britez, un profesor de combate en un gimnasio de la zona porteña de Las Cañitas, fue detenido en diciembre del año 2016, a raíz de una investigación en la que se determinó que el acusado aprovechaba su vínculo como instructor para acercarse a menores, les explicaba que también era fotógrafo profesional y luego los invitaba a su casa para retratarlos con ropa interior o desnudos. 

Britez, un profesor de combate en un gimnasio de la zona porteña de Las Cañitas, fue detenido en diciembre del año 2016, a raíz de una investigación en la que se determinó que el acusado aprovechaba su vínculo como instructor para acercarse a menores, les explicaba que también era fotógrafo profesional y luego los invitaba a su casa para retratarlos con ropa interior o desnudos.

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El tribunal tuvo que hacer un estimativo de la cantidad de hechos que se prolongaron a lo largo de años. La condena también incluyó los delitos de producción de material pornográfico de niños y promoción de corrupción agravada.

La defensa oficial llegó con un recurso extraordinario en queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pero el planteo fue rechazado a través del artículo 280 del Código Procesal en lo Civil y Comercial de la Nación, por lo que quedó así firme la condena.

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