El escrito lleva la firma de las mamás de las niñas, quienes sostienen que los jueces camaristas Jorge Andrés, Sebastián Creus y Alejandro Tizón vulneraron el derecho de sus hijas a ser escuchadas en el proceso.
La denuncia advierte que el tribunal de la Cámara podría haber incurrido en "faltas disciplinarias", ya que podría tratarse de "actos de negligencia grave, omisión de deberes o incumplimiento manifiesto de obligaciones funcionales", por lo que solicita al procurador Jorge Barraguirre que evalúe el accionar del tribunal de Alzada que deberá resolver si confirma la absolución de Trigatti.
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La denuncia deberá ser evaluada por el procurador de la Corte, Jorge Barraguirre
Maiquel Torcatt / Aire Digital
Derechos vulnerados
La audiencia de apelación se realizó el 16 de mayo, en la que la Fiscalía y la querella solicitaron que se revoque la absolución de Trigatti. En el marco de esa audiencia, los acusadores solicitaron que dos de las niñas realizaran una "declaración de impacto" ante el tribunal.
El planteo se dio al finalizar la audiencia, cuando hicieron la declaración de impacto las madres de tres niñas involucradas en el caso. Fue en ese contexto, cuando la fiscal Jorgelina Moser Ferro, acompañada de su par Matías Broggi, pidió al tribunal de jueces que sean escuchadas en la sala dos víctimas que se encontraban en tribunales en un espacio contiguo. Al pedido también se sumó la abogada querellante, Carolina Walker Torres, que asiste a una de las denunciantes.
Inicialmente, la solicitud fue rechazada por el juez Jorge Andrés. Sin embargo, ante la insistencia de Walker Torres, tuvieron que intervenir los otros dos jueces del tribunal, Alejandro Tizón y Sebastián Creus, que desestimaron la solicitud del bloque acusador para evitar la revictimización de las menores.
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El pedido había sido realizado por la Fiscalía y la querella en la audiencia de apelación
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La denuncia presentada al Procurador remarca que "nuestras hijas, víctimas de abuso sexual, se presentaron personalmente, solicitando ser escuchadas para ejercer su derecho a brindar una declaración de impacto personal".
"Pese a ello, y a encontrarse debidamente informadas, emocionalmente preparadas y esperando por más de tres horas en una sala contigua, los magistrados se negaron a recibir sus declaraciones, privándolas del ejercicio de su derecho conforme a normas constitucionales, convencionales y legales".
La denuncia precisa que el accionar de los jueces "vulneró abiertamente lo dispuesto por el artículo 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley Nacional 26.061, la Ley Provincial 14.181 y el Código Procesal Penal de Santa Fe".
Finalmente, las denunciantes advierten que el Comité de los Derechos del Niño de la ONU establece que cuando un niño desea ser escuchado personalmente, su voluntad debe ser respetada: "La negativa injustificada a recibir dichas declaraciones constituye una forma de revictimización institucional", concluye la denuncia.