Apelaron la condena al asistente escolar de la escuela Macagno por abuso sexual y presentaron una denuncia por falso testimonio

La defensa del hombre condenado por abuso sexual apeló la decisión del juicio y además presentó una denuncia contra una de las testigos que declaró en el debate.

La defensa de Tadeo Azcurra apeló la condena por abuso sexual

La defensa de Tadeo Azcurra apeló la condena por abuso sexual

El abogado defensor de Tadeo Azcurra, el asistente escolar condenado por abuso sexual en la escuela Macagno, apeló la sentencia del juez Lisandro Aguirre e insistió con que la condena debe ser revocada.

La defensa de Azcurra está a cargo del abogado Santiago Banegas, quien además de recurrir a la Cámara de Apelaciones para que revise lo resuelto en el juicio de primera instancia, presentó una denuncia contra una de las testigos por presunto falso testimonio.

Azcurra fue condenado a nueve años y medio de prisión por el abuso sexual de una niña de siete años, alumna del establecimiento donde trabajaba. Ahora, la sentencia será analizada por un Tribunal de Alzada por pedido de la defensa.

La condena fue dictada por el juez Lisandro Aguirre en el marco de un juicio realizado en Tribunales

La condena fue dictada por el juez Lisandro Aguirre en el marco de un juicio realizado en Tribunales

Puntos claves de la apelación

AIRE tuvo acceso al recurso de apelación presentado por la defensa de Azcurra; Banegas critica de qué manera el juez llegó a la decisión de condenar al acusado, y sostuvo que esta condena debe ser revocada.

La defensa de Azcurra cuestiona la racionalidad y la legalidad de la sentencia condenatoria dictada por el juez Aguirre en varios puntos fundamentales:

  • Inviabilidad temporal de la secuencia: La defensa sostiene que es materialmente imposible que los hechos denunciados ocurrieran en el lapso de aproximadamente cuarenta segundos que registran las cámaras de seguridad de la escuela. En ese tiempo, el imputado debió haber llamado a la niña, realizar la dinámica de juego, cometer el abuso y entregarle un chupetín sin ser advertido por nadie en una escuela en funcionamiento.
  • Falta de aislamiento y privacidad: El sector de limpieza donde supuestamente ocurrió el hecho no estaba aislado; por el contrario, existía una circulación constante de alumnos y docentes en pasillos, baños y una sala de maestros contigua justo antes, durante y después de la ventana temporal analizada.
  • Contradicción radical entre pruebas bioquímicas y genéticas: Mientras un informe bioquímico inicial afirmó haber hallado PSA y espermatozoides, dos análisis genéticos posteriores (del MPA y de la UBA) arrojaron un resultado negativo para ADN masculino en todas las muestras. No se detectó ni siquiera una señal mínima o degradada de cromosoma Y, solo el perfil genético de la niña. (Ver El planteo defensivo sobre la muestra genética)
  • Evolución y contradicciones en el relato infantil: En la primera entrevista, la niña brindó una negativa expresa, afirmando que no había dejado que le metieran nada en la boca. El dato central de la acusación apareció recién ocho meses después, tras conversaciones familiares y una investigación ya consolidada bajo una hipótesis única.
  • Influencia de contenidos audiovisuales y redes sociales: La defensa señala que la estructura narrativa de la niña coincide con "guiones lúdicos" de YouTubers que ella consumía habitualmente, los cuales incluyen desafíos de adivinar sabores con los ojos cubiertos.
  • Explicación funcional del chupetín: Existe una hipótesis defensiva no refutada: la niña pudo haber construido el relato para evitar un castigo familiar, ya que tenía estrictamente prohibido aceptar dulces de terceros. Al ser descubierta con el chupetín, habría desplazado la responsabilidad hacia el adulto para disminuir su propia transgresión.
  • Contradicción con controles externos y cámaras: Pasajes específicos del relato fueron desmentidos por la prueba objetiva; por ejemplo, la niña afirmó que el imputado se le acercó al oído durante el recreo para pedirle silencio, pero los registros de la cámara n.º 26 muestran que esa interacción nunca ocurrió.
  • Inversión de la carga probatoria: La defensa alega que la sentencia no buscó la certeza, sino que trasladó a la defensa la obligación de probar el error estatal (como la contaminación de la muestra) en lugar de exigir a la fiscalía que demostrara la fiabilidad de su evidencia científica y excluyera racionalmente las hipótesis alternativas.

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El acusado presenció el fallo de la prisión en donde se encuentra desde hace dos años.

El acusado presenció el fallo de la prisión en donde se encuentra desde hace dos años.

El planteo defensivo sobre la muestra genética

El planteo de la defensa respecto a la muestra genética es uno de los pilares centrales del recurso de apelación, centrándose en lo que califican como una contradicción radical e insalvable entre los hallazgos bioquímicos iniciales y los estudios de ADN posteriores.

Entre los puntos centrales, el escrito de apelación destaca la contradicción entre el examen bioquímico y dos exámenes genéticos; según Banegas, existe una incoherencia absoluta entre dos tipos de análisis realizados sobre las mismas muestras: mientras que el informe bioquímico afirmó haber hallado PSA positivo y estructuras compatibles con "cabezas de espermatozoides" en los hisopados orales de la niña, dos análisis genéticos independientes (uno del laboratorio oficial y otro de la UBA) arrojaron un resultado negativo para ADN masculino en todas las muestras.

Además, en cuanto a la muestra biológica, la defensa argumenta que el hallazgo informado por la bioquímica es científicamente inverosímil debido al tiempo transcurrido: las muestras se tomaron 13 horas y 8 minutos después del supuesto hecho y la propia perito admitió en juicio que la persistencia de semen en la boca suele ser de 6 a 7 horas, con un máximo excepcional de 12 o 13 horas.

El defensor remarca que durante esas 13 horas, la niña no estuvo en un ámbito de preservación forense; realizó su vida normal, habló, deglutió saliva, bebió y comió, factores que aceleran la desaparición de cualquier rastro biológico.

Banegas cuestiona también que la sentencia condenatoria justificó la ausencia de ADN masculino alegando que el material podía estar degradado o ser escaso. Sin embargo, el defensor sostiene que el laboratorio de genética no informó patrones de degradación; de hecho, los perfiles femeninos de la niña se obtuvieron completos y en perfecto estado.

Finalmente, ante la contradicción de los resultados, la defensa propone que la explicación más racional es un error humano o técnico dentro del circuito estatal (MPA). Sugieren que el material positivo fue producto de una contaminación cruzada en el laboratorio, o un error de rotulado, intercambio o confusión de muestras, o una falla en la manipulación o preparación de la evidencia.

Santiago Banegas, abogado defensor del asistente escolar condenado

Santiago Banegas, abogado defensor del asistente escolar condenado

La denuncia por falso testimonio

Además de haber presentado el recurso de apelación ante la Cámara, la defensa también presentó este lunes una denuncia por presunto falso testimonio de la genetista que declaró en el juicio.

En su perfil de Instagram, Santiago Benegas realizó un posteo en el que cuestiona la declaración brindada por la perito, base para la denuncia:

"La genetista de la fiscalía sostuvo que había encontrado ADN masculino. Pero cuando fue debidamente contrainterrogada y se le preguntó qué indicador había encontrado, se vio obligada a reconocer la verdad: “Ninguno”. No es un detalle técnico. Es la diferencia entre llevar claridad al tribunal e intentar deliberadamente confundirlo. ¿Por qué importa tanto? Porque antes, la bioquímica de la fiscalía había informado haber visto espermatozoides. Eso abría una contradicción gravísima. Ante ella había dos caminos: investigar si el primer laboratorio se había equivocado o buscar excusas para que ese hallazgo siguiera sirviendo para acusar. La perito eligió el segundo. Habló de degradación y de poca cantidad, aun cuando su informe no consignaba un solo indicador genético masculino, para sostener: “el ADN existía, pero no se pudo encontrar”, presenta Benegas.

A continuación, se pregunta: "¿Y las hipótesis que podían demostrar que el primer hallazgo era falso?", y se responde: "Error de observación. Contaminación. Confusión de muestras. Error de rotulado. Problemas de trazabilidad. Errores administrativos. Todas eran posibles. Todas podían explicarlo todo. Pero quedaron afuera de la explicación que se le dio al tribunal. No porque fueran imposibles: la propia perito reconoció que eran posibles. Simplemente eligió ignorarlas".

Finalmente, Benegas se cuestiona: "Y ante eso la pregunta obligada es: ¿se puede confiar en una pericia que, frente a una contradicción tan grave, deja afuera todo lo que podría derrumbar la acusación y expone solamente lo que permite sostenerla? Porque cuando el sistema hace eso, no está buscando la verdad. Está buscando que alguien sea condenado a como dé lugar".

Ahora la denuncia debe ser asignada a un fiscal, quien analizará si hay elementos suficientes para darle curso e iniciar la investigación correspondiente.

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