Acusado de abuso sexual: se conformó el tribunal que revisará la absolución del gastronómico santafesino

El fallo fue dictado en mayo pasado y ahora tres camaristas tendrán que analizar si confirman o no la sentencia que liberó de culpa y cargo al santafesino de 43 años.

La absolución del comerciante santafesino se dio el pasado 11 de mayo tras un juicio realizado en tribunales. 

La absolución del comerciante santafesino se dio el pasado 11 de mayo tras un juicio realizado en tribunales. 

El caso de gastronómico santafesino, que fue absuelto por un caso de supuesto abuso sexual a su hijo, sumó en las últimas horas un nuevo avance al conformarse el tribunal de jueces de segunda instancia que deberá revisar el fallo que lo liberó de culpa y cargo por el beneficio de la duda.

Se trata de los camaristas Roberto Reyes (preside), Martha Feijoo y Bruno Netri, los cuales fueron designados para tratar la apelación impulsada tanto la querella y Fiscalía, como también la defensa del santafesino Nicolás D.G., de 43 años.

El mismo fue absuelto el pasado 11 de mayo, luego de un juicio oral y a puertas cerradas realizado en tribunales y en donde los jueces resolvieron absolverlo por los delitos de abuso sexual abuso sexual agravado por el vínculo, promoción a la corrupción de menores y amenazas, por los cuales el bloque acusador pedía 17 años de condena.

El recurso fue presentado ante la Cámara de Apelaciones de Santa Fe.

El recurso fue presentado ante la Cámara de Apelaciones de Santa Fe.

El tribunal, en tanto, lo condenó a un año de prisión condicional por “desobediencia de un mandato judicial”, delito por el cual también fue llevado al estrado judicial.

En aquel fallo, los jueces Rosana Carrara, Pablo Ruiz Steiger y Martha Feijoo consideraron absolverlo al argumentar los hechos pudieron ocurrir pero en sí existe un "manto de duda" que no puede ser superado en el caso.

La lectura del veredicto fue dada a conocer por la juez Rosana Carrara.

La lectura del veredicto fue dada a conocer por la juez Rosana Carrara.

“El principio de amplia libertad probatoria no supone una flexibilización del umbral de certeza requerido en materia penal, sino que se orienta primordialmente a evitar valoraciones atravesadas por estereotipos, prejuicios o sesgos discriminatorios respecto de la presunta víctima o de la persona acusada”, destacaron en sus fundamentos.

La resolución fue luego apelada por la fiscal Laura Gerard y la querella, a cargo del abogado José Nanni (en representación de la denunciante que es madre de la víctima y expareja del acusado) que asumió el caso tras el veredicto absolutorio.

Tras la conformación del tribunal, ahora la Oficina de Gestión Judicial de Segunda Instancia tendrá que fijar fecha y hora para la audiencia en donde el tribunal evaluará los planteos de las partes y dará su veredicto.

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