La Justicia dio a conocer las claves de la absolución del gastronómico santafesino juzgado por abuso sexual
El comerciante de 43 años fue liberado de culpa y cargo tras pasar dos años en prisión. Este martes, los jueces del tribunal dieron a conocer sus fundamentos.
La absolución del tribunal fue dictada el pasado 11 de mayo en tribunales.
El tribunal que absolvió al gastronómico santafesino, Nicolás D.G., juzgado por el supuesto abuso sexual de su hijo, emitió este martes los fundamentos de la sentencia que desvinculó de culpa y cargo al comerciante de 43 años.
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Según la resolución, que lleva la firma de los jueces Rosana Carrara, Pablo Ruiz Steiger y Susana Luna (tres magistrados de vasta trayectoria en el fuero penal) los hechos pudieron ocurrir pero en sí existe un "manto de duda" que no puede ser superado en el caso. Mediante un fallo de 54 páginas, los magistrados indicaron que la información incorporada al juicio oral -que se desarrolló a puertas cerradas en tribunales- presentó “blancos o espacios poco claros o dudosos, con zonas de incertidumbre probatoria”.
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En cuanto a la cámara gesell realizada al menor, los jueces consideraron que relato presentó limitaciones en su desarrollo narrativo y contextualización, que reducen su suficiencia convictiva. De igual manera, aclararon que no se cuestiona el relato del niño ya que fue “acorde a su corta edad y propia de ella”.
Sin embargo, remarcaron el contexto familiar en el que se encontraba el niño al momento de la denuncia. “No debe soslayar la situación advertida precedentemente en cuanto al contexto de conflictividad familiar de violencia en cual vivía este niño” , recordaron los jueces.
Por otro lado, destacaron que juzgar con perspectiva de niñez un hecho no implica una relajación de los estándares de prueba exigidos para arribar a una sentencia condenatoria. “El principio de amplia libertad probatoria no supone una flexibilización del umbral de certeza requerido en materia penal, sino que se orienta primordialmente a evitar valoraciones atravesadas por estereotipos, prejuicios o sesgos discriminatorios respecto de la presunta víctima o de la persona acusada”, consideraron.
Absuelto de culpa y cargo en juicio
La reciente resolución se dio a pocos días de haberse dado a conocer el veredicto que absolvió a Nicolás D.G. de los cargos que la Fiscalía (representada por Laura Gerard) y la querella (José Mohamad por la madre del niño) le imputaron: haber abusado con acceso carnal de su hijo, situación agravada por el vínculo y la promoción a la corrupción de menores; amenazar a su expareja y exsuegra; e incumplir un mandato judicial.
El debate tuvo su inicio el 28 de abril y se concluyó con el pedido del bloque acusador que aspiró a una condena de 17 años de prisión. Mientras que desde la otra vereda, los defensores Alejandro Otte y Juan Manuel Lovaisa requirieron la absolución de su cliente.
Finalmente, el pasado 11 de mayo, los jueces del tribunal resolvieron por unanimidad absolver de culpa y cargo al gastronómico, por los delitos de abuso sexual y amenaza, y condenarlo a un año de prisión condicional por “desobediencia de un mandato judicial”, delito por el cual también fue llevado a juicio en tribunales.
En consecuencia, ordenaron su libertad -ya que se encontraba en prisión preventiva desde el 2024- bajo una serie de reglas. Entre ellas, mantener una prohibición de acercamiento a una distancia no inferior a 500 metros sobre la madre del niño (y expareja suya) y evitar cualquier tipo de contacto con ella por cualquier medio.
Tras los fundamentos dados a conocer este martes, las partes podrán recurrir la sentencia ante un tribunal de la Cámara de Apelaciones. De ser así, el caso tendrá su segunda parte, pero con un antecedente clave: que para tres jueces existieron dudas sobre el hecho denunciado de abuso sexual.







