El debate se realizó en junio de 2024 y terminó con condenas de hasta 50 años de prisión para las tres mujeres y para el entrenador Walter Sales Rubio, quien falleció en prisión poco tiempo después. Sheila Arteriza fue condenada a 32 años de prisión, su hermana Soledad a 16 años y Reina fue condenada a 14 años por su intervención en dos hechos de abuso sexual.
El abogado Ignacio Alfonso Garrone, que representa a las hermanas Arteriza, solicitó que se revoquen las condenas impuestas por considerar que ellas fueron las primeras víctimas de Sales Rubio. Por su parte, Sebastián Oroño, defensor de Reina, cuestionó los agravantes de las calificaciones legales por los dos hechos por los que fue condenada la mujer.
El tribunal de la Cámara de Apelaciones que deberá revisar la sentencia está conformado por los jueces Alejandro Tizón, Jorge Andrés y Oscar Burtnik.
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El tribunal de la Cámara de Apelaciones que revisará las condenas está conformado por Alejandro Tizón, Oscar Burtnik y Jorge Andrés
Víctimas o culpabilidad atenuada
En el escrito de apelación, al que tuvo acceso AIRE y que amplió Alfonso Garrone en la audiencia realizada este miércoles en la sala 5 de Tribunales, el defensor reconoce que las hermanas Arteriza “no poseen anulada su voluntad”, es decir, no pueden ser consideradas inimputables, sin embargo, “resulta imposible exigirles otra conducta”. Alfonso Garrone estructuró su planteo de apelación para reclamar la absolución de las dos mujeres “en base a diversos factores entre los que se destacan la idealización, naturalización, ausencia de modelos familiares de conducta, ausencia de la prohibición de incesto y la grave violencia física, sexual y psicológica sufrida” en manos de Sales Rubio.
El primer factor que destacó el defensor es la figura de Sales Rubio, quien tenía una diferencia de edad de 13 años con respecto a Sheila y 17 con respecto a Solange; además, era reconocido en la sociedad por sus hermanos nadadores, era reconocido por los medios de comunicación, por los padres de los alumnos y hasta por la Municipalidad.
Sales Rubio detectaba vulnerabilidades en los alumnos (aspectos económicos, emocionales, ausencia paterna/materna), a fin de seleccionarlos como víctimas para los abusos. Las psicólogas que declararon en el juicio destacaron que “formaba un círculo de lealtades y secreto, donde ya no se podía salir.” Esta idealización generaba que su discurso sea incuestionable, remarca el defensor.
Otro factor que destaca Alfonso Garrone es la naturalización de los abusos sexuales. Los abusos perpetrados por Sales Rubio se naturalizaron por dos décadas: esto lo refirieron los propios denunciantes que declararon en el juicio, y también profesionales de la salud mental: “Nadie lo cuestionaba. Mecanismo de la sobre adaptación”.
En este punto, el defensor remarcó que, mientras que los alumnos se iban a sus casas, o dejaban de concurrir a los entrenamientos, Sheila y Solange tenían a Sales Rubio viviendo en su casa, por lo que la situación violenta y abusiva nunca terminaba.
Como tercer factor, el representante de las hermanas Arteriza expuso la “transversalidad de los abusos sexuales”: todos eran sometidos a estas prácticas. No sólo con Sales Rubio, sino también entre las propias víctimas, algunas de ellas mayores o de edad similar a las hermanas Arteriza. Cuestiona el defensor que las hermanas Arteriza no sean consideradas también víctimas en la causa, cuando ambas comenzaron a ser abusadas por Sales Rubio cuando eran niñas pequeñas.
Luego, Alfonso Garrone destaca como factor atenuante la historia de vida de ambas imputadas, el rol inexistente que tenía su padre, el rol aislado que tenía su madre, y el rol que pasó a tener Sales Rubio en esta familia: expulsó al padre del hogar y a las hermanas mayores, y provocó el alejamiento del hermano varón. “En el contexto de esta dinámica familiar de carácter disfuncional ingresa Sales Rubio a la familia, cuando Sheila tenía cuatro años y Solange aun no había nacido”, remarcó el defensor.
A continuación, Alfonso Garrone recordó los informes psicológicos de ambas hermanas; en cuanto a la situación de Solange, remarcó que nació en un contexto “disfuncional y endogámico”: “Ella nace y se desarrolla en ese contexto. Muchas veces hablamos de la vulnerabilidad de los niños. La vulnerabilidad que tiene el sujeto cuando nace es absoluta. El sujeto incorpora lo que los otros le transmiten, va a poder constituir el yo, va a diferenciarse del otro”, sostiene el defensor.
En este sentido, recordó que fue abusada por Sales Rubio de manera crónica desde que era una niña, lo que impactó en el desarrollo de su estructura yoica; según los informes de las psicólogas, su juicio de discriminación puede verse afectado; tiene consciencia, pero tiene una pérdida de distancia con el objeto (Sales Rubio), su juicio de atribución de valores no puede instrumentar defensas. Se ve afectada su autonomía. Una parte del yo se transforma en el objeto. Su voluntad queda tomada por ese objeto.
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Un grupo de vecinos y vecinas de Rincón se concentraron fuera de tribunales durante una de las audiencias del caso | Foto de archivo.
En este aspecto, el defensor recordó que las psicólogas explicaron que el margen de decisión de estas personas queda limitado: este sujeto tiende a sobre adaptarse, a aceptar sin restricción lo que el otro impone.
La situación de Sheila Arteriza es similar: Sales Rubio la eligió como pareja cuando era menor, no pudo desarrollar una vida social por fuera del dominio de Sales Rubio: “Es importante destacar que cuando Sales Rubio ingresa a su vida, ella recién estaba saliendo del complejo de Edipo, etapa de armado de las cuestiones identificatorias con los padres; en este caso, la figura paterna era un hombre que puede gozar de todas las mujeres sin ley, sin poder circunscribirse a una y pasar por todas de generaciones en generación, repasa el escrito de Alfonso Garrone.
Finalmente, recuerda que las profesionales de la salud mental explicaron que Sheila “no tenía anulada su capacidad de decisión, lo que pasa que su decisión estaba limitada por la presión y amenaza de sales rubio. Él le decía que si no hacía eso conllevaba un comportamiento negativo. Manipulación basada en el miedo. No hay una libre decisión”.
En el debate se planteó si es habitual en víctimas de abuso sexual la sumisión y adhesión al deseo del abusador, en este caso, de Sheila a Sales Rubio. “La sumisión si, la adhesión al deseo de otro tiene que ver con otras cuestiones, con las situaciones que ella vivió. Adherir al deseo de otro tiene que ver con lo que presenta Sheila. No todo niño abusado desarrolla esto, esto se da por la relación de pareja tóxica que tiene con este hombre”, recuerda Alfonso Garrone las explicaciones de las psicólogas.
El reconocimiento por parte del tribunal del inicio en las prácticas a temprana edad y la presencia ininterrumpida del agresor son los últimos dos factores que enumeró Alfonso Garrone, y que entiende que el tribunal del juicio valoró de manera distinta la situación de las víctimas denunciantes con la situación de las hermanas Arteriza.
Al final de su exposición, el defensor reclamó al tribunal de la Cámara de Apelaciones la “oportunidad histórica de reparar la violencia que Sales Rubio ejerció sobre las hermanas Arteriza; ¿Qué posibilidad tenía Solange de actuar de otro modo? ¿Qué posibilidad tenía de irse? ¿A dónde? ¿Qué grado de naturalización de las conductas se le puede negar, cuando a los demás se les habilita? Y en el caso de Sheila Arteriza: ¿ qué posibilidad de actuar de otro modo? ¿Qué lazo de contención iba a tener? ¿con quién lo iba a hablar? Lo tenía instalado en su casa. y era su elegida. Era la persona que él eligió (no ella) para ser su pareja”, sostuvo el defensor.
Alfonso Garrone reclamó que se revoque la condena a las hermanas, y que sean absueltas de culpa y cargo; de manera subsidiaria, que se tenga en cuenta la culpabilidad disminuida reconocida por el tribunal en ambas imputadas, y se fije la pena en el mínimo de la escala.
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Ignacio Alfonso Garrone, abogado defensor de las hermanas Arteriza.
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Pena menor
Luego, Sebastián Oroño, abogado defensor de Alicia Reina, cuestionó que en el juicio se hiciera lugar a la ampliación de la acusación contra la mujer, que llegó acusada por un sólo hecho de abuso sexual y por la declaración de una de las víctimas fue condenada por dos hechos.
La víctima del segundo hecho sostuvo que lo había referido en la primera entrevista con la psicóloga, sin embargo, "durante cuatro años de investigación, no fue citado ni una vez ampliar su declaración, o a ser escuchado", cuestionó el defensor.
En este sentido, Oroño cuestionó que "no hubo ninguna otra prueba que permita corroborar los dichos del nombrado", y que la información aportada por el testigo en el juicio no tenía la claridad suficiente para arribar a una condena: "Sabido es, que la declaración de las victimas tiene suma importancia en este tipo de causas, pero que la misma debe ser corroborada por elementos de prueba objetivos que permitan acrecentar y validar el relato", remarcó el defensor de Reina.
Finalmente, Oroño cuestionó las calificaciones legales de los dos hechos de abuso por los que fue condenada Alicia Reina, en especial, los agravantes de ser encargada de la educación -"ella no tenía intervención en los entrenamientos", y la promoción a la corrupción de menores, ya que los hechos por los que fue condenada Reina ocurrieron cuando una de las víctimas tenía 17 años y ya había sido sometida sexualmente por Sales Rubio desde mucho tiempo antes.
En cuanto a la pena de 14 años de prisión a la que fue condenada Alicia Reina por estos hechos, el defensor cuestiona que "fue resultado de una errónea valoración de hechos derecho y pruebas. El tribunal utiliza circunstancias agravantes de manera general para todos los imputados sin caer en la cuenta de la particular situación de la señora Reina", valora Oroño.
El defensor solicitó que se revoque parcialmente el fallo, que valoren las calificaciones legales de los delitos y el monto de pena que puede corresponderle.
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Sebastián Oroño, abogado defensor de Alicia Reina
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Confirmación
Al momento de responder, tanto el fiscal Matías Broggi como los abogados querellantes Juan José Patiño y Matías Pautasso reclamaron que se rechacen los planteos de los defensores y que se confirme la sentencia de primera instancia.
El bloque acusador sostuvo que el tribunal de juicio valoró de manera correcta el contexto en el que ocurrieron los abusos, así como la culpabilidad disminuida de las hermanas Arteriza, por eso, la pena de Sheila, condenada casi por la misma cantidad de hechos que Sales Rubio, es 18 años menor.
"No sé si las penas son suficientes, pero sí han dado una respuesta a estos jóvenes que se animaron a denunciar", sostuvo Patiño.
En tanto, el fiscal advirtió la situación particular que ocurrió tras la muerte de Sales Rubio, cuando ya su defensor había presentado la apelación y la carpeta fue remitida a un juez de ejecución que dictó el sobreseimiento por el fallecimiento del condenado: "Hay dos sentencias contradictorias que tienen el riesgo de quedar firmes", remarcó Broggi.