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Policiales abuso sexual | entrenadores del horror | San José del Rincón

Las claves de las condenas por abuso sexual contra los "entrenadores del horror" de San José del Rincón

El tribunal dio a conocer los fundamentos de las condenas impuestas por abuso sexual infantil a los "entrenadores del horror" de San José del Rincón.

Los fundamentos del tribunal repasan la prueba producida en el juicio oral y público realizado en los tribunales de Santa Fe, que permitió imponer penas de hasta 50 años de prisión a los cuatro involucrados en hechos de abusos sexuales infantiles, que ocurrieron durante años en el marco de los entrenamientos deportivos.

La causa comenzó en 2021, cuando una joven radicó una denuncia contra Sales Rubio, tras la repercusión que tomó el denominado "Caso M". A esa primera denuncia se fueron sumando más exatletas, que relataron los padecimientos sexuales a los que fueron sometidos durante años por los entrenadores de Rincón.

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El tribunal dio a conocer los fundamentos de las condenas a los entrenadores, impuestas por unanimidad

El tribunal dio a conocer los fundamentos de las condenas a los entrenadores, impuestas por unanimidad

Las claves de las condenas

Para dar por acreditados los hechos, el tribunal tuvo algunos aspectos claves: primero, todas las cuestiones no controvertidas por las partes -el rol de los entrenadores, los lugares de entrenamiento, la intervención de los denunciantes en dichos entrenamientos, el vínculo que unía a los acusados entre sí, y demás-, y los acuerdos probatorios -las partidas de nacimiento de los denunciantes-.

El segundo punto determinante fueron los testimonios de las víctimas durante el juicio, que según el tribunal fueron “claros” y “dieron cuenta de numerosos e indeterminados ataques en contra de su integridad sexual por parte de Walter Sales Rubio, Sheila y Solange Arteriza y Alicia Reina. El relato de las víctimas precisó las circunstancias de modo, tiempo y lugar de los abusos”.

Al analizar los testimonios, los jueces valoraron que “los relatos, amén de las dificultades para poner en palabras lo vivido dado el trasfondo emocional, son realmente muy completos, con detalles y precisiones de tiempos, modos y lugares, que son catalogados por muchos autores como indicadores de credibilidad” sostuvo el tribunal en los fundamentos dados a conocer esta semana.

Sentencia Juicio Entrenadores Abusadores Rincón
Los cuatro acusados junto a sus abogados defensores: Ignacio Alfonso Garrone, en representación de las hermanas Arteriza, Sebastián Oroño, en representación de Alicia Reina, y Juan Fossa, defensor de Sales Rubio

Los cuatro acusados junto a sus abogados defensores: Ignacio Alfonso Garrone, en representación de las hermanas Arteriza, Sebastián Oroño, en representación de Alicia Reina, y Juan Fossa, defensor de Sales Rubio

A continuación agregaron que “no solamente los relatos en palabras resultan muy contundentes, sino que también hay que observar y sopesar el lenguaje paraverbal; en los momentos más dolorosos y difíciles de la narración, en general la voz de los testigos fue más tenue, se entrecortaba, así como también se han presenciado reacciones de llanto incontrolable, desconsuelo y angustia muy profunda. Cualquiera de los presentes en la sala pudo fácilmente advertir y percibir el dolor inconmensurable de las víctimas”.

También se tuvieron en cuenta las declaraciones de quienes fueron testigos de abusos padecidos por los denunciantes: “Este tipo de delitos, por su propia naturaleza, suelen suceder en ámbitos de intimidad y privacidad, donde comúnmente no abundan las miradas de terceros que puedan brindar testimonio de lo ocurrido (...) En este caso en particular, la cuestión cambia diametralmente. Analizando detenidamente el relato de las víctimas, se puede concluir que algunas de ellas resultaron testigos de hechos que ha padecido el resto ya sea porque se vieron involucrados en ellos o los observaron”, remarcaron los jueces.

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El tercer punto para tener por acreditados los abusos son las anteriores exposiciones realizadas por las víctimas ante diversos actores que tuvieron oportunidad de oír su relato ya sea antes del develamiento o a partir de aquél: las conversaciones que han tenido las víctimas entre sí sobre los abusos sufridos; las personas del círculo íntimo-familiar que tomaron contacto con el relato de las víctimas; y otros testigos que han tomado contacto con los relatos de las víctimas debido a su intervención profesional a partir de la denuncia que diera inicio a este proceso: policías, peritos, psicólogos, investigadores, profesionales de la salud, etcétera.

Como cuarto punto, remarcaron “la presencia de secuelas psicológicas, las cuales también sustentan externamente el relato de las víctimas. A través de sus exposiciones y la de distintos testigos se pudo reconstruir y evidenciar que las víctimas tuvieron serias secuelas y efectos adversos a partir de lo vivido”.

En relación a esto, los jueces valoraron que “no existe la menor duda, en un todo de acuerdo con los testimonios escuchados y las conductas posteriores de las víctimas, que las secuelas obedecen a "indicadores de abuso sexual". Desde el primer relato de los hechos efectuados por las víctimas y en forma consecuente con las posteriores entrevistas a las que se la sometió -familiares, profesionales, etc.-, exteriorizan claros indicadores de comportamientos típicos del trauma vivido”.

Sentencia Juicio Entrenadores Abusadores Rincón
La acusación fue sostenida por los fiscales de la Unidad de Violencia de Género, Familiar y Sexual, Matías Broggi y Alejandra Del Río Ayala

La acusación fue sostenida por los fiscales de la Unidad de Violencia de Género, Familiar y Sexual, Matías Broggi y Alejandra Del Río Ayala

Las acusadas, también culpables

Para analizar la culpabilidad de los acusados, los jueces recordaron que la Junta Especial de Salud Mental evaluó que todos los acusados reunían la capacidad para comprender la naturaleza antijurídica de lo que hacían, y luego analizaron las situaciones de las mujeres involucradas en los abusos, cuyas defensas las presentaron como también víctimas de los Sales Rubio.

Para la condena a Reina, el tribunal entendió que “la prueba producida durante el debate permite tener por acreditada la comisión de los hechos por parte de Reina y no sólo se cuenta con los testimonios de las víctimas; afirmar eso sería desconocer el resto de la prueba contextual que ya fue analizada”, remarcó el tribunal.

"Sin perjuicio de que la señora Reina atravesó distintas situaciones durante su vida que la marcaron y determinaron cierta estructura psíquica en su persona, ello no resulta descarta que en los momentos en los que abusó sexualmente de estos dos niños lo hizo con conocimiento y voluntad", evaluaron.

Respecto a las acusadas Sheila y Solange Arteriza, los jueces analizaron los dichos de ambas en el juicio, que dieron cuenta del contexto de su relación con Sales Rubio y las situaciones que vivieron con él y su familia.

Sales Rubio ingresó en la familia cuando Solange tenía 5 o 6 años, y empezó a entrenar natación con él. Luego relató distintas situaciones abusivas, padecidas desde los 8 años, y expuso cuestiones relacionadas al contexto y a cómo se iba desarrollando su vida social, deportiva y escolar.

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La vivienda de Alicia Reina, uno de los escenarios de los abusos, fue incendiada cuando se conocieron los hechos

La vivienda de Alicia Reina, uno de los escenarios de los abusos, fue incendiada cuando se conocieron los hechos

Por su parte, Sheila expresó que Sales Rubio llegó a la familia cuando ella tenía 4 o 5 años, y que a los 6 comenzó a entrenar natación; además, relató numerosas situaciones abusivas, desde sus 8 años.

Los jueces entendieron que Sheila y Solange fueron sometidas sexualmente por Sales Rubio, que controlaba lo que ocurría en la casa de la familia Arteriza: los relatos de las hermanas Arteriza resultaron "claros, coherentes y verosímiles sobre todo tomando en consideración las similitudes de las situaciones descriptas con el modus operandi de lo vivido por las víctimas. Además de ello, ambas acusadas han sido entrevistadas y evaluadas por distintos profesionales que dieron cuenta de las consecuencias de tales vivencias en la personalidad de las acusadas", sostuvieron los jueces, que en este punto evaluaron las declaraciones de los profesionales de la salud mental que entrevistaron a las hermanas en diferentes etapas del proceso.

“Tomando en consideración los testimonios antes analizados junto con el resto de la prueba producida durante el debate, resulta dable concluir que, sin perjuicio de que surge de manera clara la situación de control y dominación que ejercía Sales Rubio en el hogar de los Arteriza -llegando incluso a vulnerar y violentar los derechos de las tres acusadas-, este difícil contexto limitó la posibilidad de decisión y actuación de Sheila y Solange Arteriza y, en menor nivel, Alicia Reina pero no al punto de anular su autodeterminación como pretenden las defensas. Las conclusiones de los profesionales que depusieron durante el debate permiten sostener dicha aseveración", valoró el tribunal.

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El develamiento de los abusos generó repudio y movilizaciones en la comunidad de Rincón

El develamiento de los abusos generó repudio y movilizaciones en la comunidad de Rincón

Los jueces analizaron el rol de cada una de las mujeres en el círculo de abusos organizado por Sales Rubio: Sheila la facilitadora y entregadora; preparaba a sus propias compañeras y después alumnas menores adolescentes, para que cuando llegara Walter estén listas para que él las abuse. Walter, Sheila y Solange tenían un vínculo simbiótico, ellos cooperaban para los abusos. Sheila y Solange preparaban en terreno para los abusos; Alicia Reina era silenciadora: callaba y otorgaba su casa para los abusos.

"Entiendo que es posible destacar del relato de las víctimas determinadas conductas de las acusadas que permiten sostener que han tenido la posibilidad de obrar de otra forma conforme la postura que han tenido durante la ocurrencia de las situaciones abusivas", destacó el tribunal. En este sentido, agregó que "algunas víctimas han destacado que, a pesar de que cuando eran menores no entendían cabalmente lo que estaba sucediendo, ello fue cambiando a medida que fueron creciendo mientras fueron tomando conciencia de la gravedad de lo que ocurría. Tales consideraciones resultan aplicables a Sheila y Solange Arteriza, dado que fueron creciendo sin perjuicio de lo cual prosiguieron con las situaciones abusivas a lo largo de muchos años".

Finalmente, en este punto, los jueces entendieron que "cuando Sheila y Solange Arteriza cometieron los hechos tenían su capacidad de autodeterminación disminuida por el contexto de violencia a la que fueron sometidas por parte de Sales Rubio, y en menor medida Alicia Reina por el mismo motivo", sin embargo, los jueces entendieron que ese condicionamiento no fue tan intenso como para descartar la culpabilidad de las acusadas, ya que les era posible actuar de otra manera.

Sentencia Juicio Entrenadores Abusadores Rincón
Familiares de las víctimas se congregaron frente a tribunales cuando se dio a conocer el veredicto

Familiares de las víctimas se congregaron frente a tribunales cuando se dio a conocer el veredicto

Las condenas

Walter Sales Rubio, principal acusado y figura central del caso, recibió una condena de 50 años de prisión. Fue declarado culpable de una serie de delitos graves, incluyendo abuso sexual con acceso carnal, promoción de la corrupción de menores y abusos simples y ultrajantes. Durante años, utilizó su posición de entrenador de triatlón y su prestigio en la comunidad de San José del Rincón para cometer los abusos, aprovechándose de la confianza depositada en él por sus alumnos y sus familias.

Sheila Noralí Arteriza, entonces pareja de Sales Rubio, también fue condenada. Los jueces la sentenciaron a 32 años de prisión por su participación en los delitos. Sheila colaboró activamente en la comisión de los abusos y en la manipulación de las víctimas, contribuyendo a perpetuar el clima de terror y control que dominaba el entorno de los entrenamientos de triatlón.

Solange Arteriza, hermana de Sheila, fue sentenciada a 16 años de prisión. Aunque transitó el proceso en libertad, la sentencia firme determinará su encarcelamiento. En los fundamentos, los jueces explicaron que la condenada tiene arraigo laboral y no existen riesgos procesales para dictar su prisión preventiva. Solange participó en los abusos, y su rol fue clave en la dinámica del grupo delictivo que manipulaba y sometía a los jóvenes deportistas.

Alicia Salomé Reina, madre de las hermanas Arteriza, recibió una condena de 14 años de prisión. Fue declarada coautora de abuso sexual con acceso carnal, promoción de la corrupción de menores y abuso sexual gravemente ultrajante. Su participación en los delitos refleja la profundidad del entramado de abusos que afectó a tantas víctimas.