“Me pregunto qué ganaron ambas niñas con la denuncia, más que la estigmatización social, la vergüenza y la discriminación ante parte de la sociedad de San Jerónimo Norte”, remarcó el juez Nicolás Falkenberg en los fundamentos de la condena al médico Miguel Ángel Marchisio, análisis compartido por el juez José Luis García Troiano y el conjuez Néstor Pereyra. Marchisio fue condenado a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua para el ejercicio de la medicina por el abuso sexual de dos adolescentes de 15 y 16 años, en el marco de sendas consultas médicas en el Centro de Asistencia Municipal de la localidad.
El tribunal repasó la prueba producida en el debate, que se desarrolló a puertas cerradas en los tribunales de Santa Fe, y sostuvo que “permite afirmar, fuera de toda duda razonable, que los abusos sexuales denunciados ocurrieron tal y como lo narraron las jóvenes R. y D.” Los hechos fueron calificados como abuso sexual simple y abuso sexual gravemente ultrajante.
Leer más ► Condenaron al médico de San Jerónimo Norte por el abuso sexual de dos pacientes
“Estigmatizadas y revictimizadas”
El tribunal criticó la actitud asumida por el abogado defensor Raúl Ochoa y Gómez y por el sacerdote Jorge Montini, quien fue testigo de la Defensa: “especial atención corresponde brindar a la valoración efectuada por el Defensor en sus alegatos conclusivos, quien, entre otras cuestiones, pretende desacreditar la credibilidad de los dichos de ambas víctimas, indicando que son "chicas de una vulneración social tremenda, alcohólicas, drogadictas", recordaron los jueces, y agregaron que “tales consideraciones no pueden ser convalidadas y ello merece ser visibilizado, por exceder el ámbito de una Defensa Penal, con riesgo de naturalizar este tipo de manifestaciones y estrategias defensivas, que contrarían los estándares internacionales que rigen la valoración de la prueba en este tipo de casos”.
“Ese tipo de expresiones configuran sin duda un estereotipo de género, según el cual, una víctima, para ser creíble y merecer tutela penal, debe cumplir determinadas características, estereotipos o comportarse conforme un rol”, remarcaron los jueces, y lo sostuvieron con una cita de un texto de "Procesos penales y violencia de género": "Mientras subsistan en los trámites judiciales preconceptos de género, el derecho de acceso a la justicia sin discriminación seguirá siendo un tema irrealizable para las mujeres. En lo individual, los estereotipos de género operan para castigar a las mujeres que desafían el rol social imperante con maltrato institucional e impunidad cuando son identificadas como víctimas, y la cárcel cuando aparecen como imputadas. Desde lo social, refuerzan los mecanismos de disciplinamiento al enviar el mensaje de que solo algunas mujeres son consideradas dignas de protección, esto es, las que se adaptan a los mandatos hegemónicos de género, las que saben comportarse como buenas víctimas".
Leer más ► El médico de San Jerónimo Norte investigado por el abuso sexual de dos pacientes quedó en prisión
En cuanto a los reproches a la conducta del testigo Montini, los jueces se remitieron no sólo a las manifestaciones del sacerdote durante el juicio sino a partir del momento en que se formuló la denuncia contra Marchisio: “ha quedado demostrado que el nombrado apoyó la primera de las marchas realizadas en la localidad de San Jerónimo Norte en favor del imputado, poniendo en tela de juicio la credibilidad de las víctimas. Durante el debate el testigo Montini declaró que se mostró "muy sorprendido con esta acusación", porque a Marchisio "lo conoce hace 14 años", y también "conoce a las acusadoras, a las supuestas víctimas", destacando el concepto "sumamente excelente" de Marchisio, a quien describe corno un "hombre responsable, un hombre a favor de la vida".
En relación a las manifestaciones realizadas por el sacerdote respecto a las víctimas, mencionó que conoce especialmente a una de ellas, de quien su madre le habría dicho que "se drogaba, se alcoholizaba, era inmanejable", generando suspicacias sobre el contenido de los dichos de ambas niñas. El testigo también refirió que el médico había sido detenido sin pruebas y que la Fiscalía se había ensañado con Marchisio. Además, durante el contra interrogatorio efectuado por la fiscalía, en muchas ocasiones mencionó que todo era causa de la "dictadura del feminismo".
Los jueces remarcaron que “debe quedar claro que la detención de Marchisio no se debió a la omisión de presentación de documental (...), ni tampoco se advierte ningún tipo de ensañamiento en la fiscalía, como falazmente lo arguye el cura párroco, para justificar el apoyo a la primera de las marchas efectuadas. En su caso, fueron las evidencias -convertidas hoy en prueba-, las que determinaron la singular gravedad de los sucesos por los que fuera acusado y por eso fue privado de libertad, detención que además ha sido controlada judicialmente”.
En su declaración, el sacerdote también refirió a una supuesta manipulación del testimonio de las denunciantes, acusación que “se encuentra desprovista de sustento fáctico y no hace más que evidenciar una conducta prejuiciosa del cura párroco, quien desconociendo las evidencias de la Investigación (...) brindó apoyo público al imputado en una marcha, sobre la base de tales prejuicios, causando un perjuicio enorme a ambas víctimas, que han sido estigmatizadas y revictimizadas”, remarcó el tribunal en sus fundamentos.
“Estas conductas deben ser observadas ya que proyectan consecuencias revictimizantes para R. y D., e impactan negativamente en la sociedad al contribuir a instalar la idea de descreimiento hacia los relatos de mujeres o niñas víctimas de abusos sexuales, con base en desacreditaciones infundadas”, valoraron los jueces, y agregaron que este tipo de situaciones desalientan que las víctimas de abusos sexuales radiquen las denuncias y así este tipo de hechos quedan impunes.
Leer más ► San Jerónimo Norte: un pueblo dividido por un médico imputado por abuso sexual infantil
Abusos sexuales
Los jueces repasaron la prueba producida en el debate para dar por acreditados los abusos denunciados por las dos jóvenes, e hicieron hincapié en las actitudes de ambas denunciantes en cuanto al relato de los hechos y la reticencia de las dos adolescentes -y de sus familias- a radicar una denuncia contra el profesional.
R. contó que el médico de guardia que la atendió esa noche -Marchisio-, aprovechando la situación de embriaguez en que se encontraba, abusó de ella. Tales circunstancias fueron narradas por la joven esa misma noche a su novio- con quien llegó al CAM llevada por los bomberos- y a su madre, quien llegó un rato después; esta mujer incluso recriminó al médico esa actitud, situación que fue constatada por la enfermera. Luego R. también le relató lo sucedido a la mamá de su novio, al equipo de Niñez de la municipalidad de San Jerónimo Norte y lo narró en cámara Gesell. “R. ha mantenido sus dichos pese a las múltiples presiones que parte de la sociedad de San Jerónimo Norte ejerció desde la formulación de la denuncia, conforme lo detallaran de manera casi unánime los testigos que declararon en juicio y que dieron cuenta de las marchas realizadas en favor del imputado y en desmedro de la credibilidad de los dichos de la víctima”, sostiene el tribunal.
En este sentido, los jueces también remarcaron que la joven nunca tuvo intención de formular una denuncia, sino que fue a través del trabajo del equipo de Niñez, quienes además tomaron conocimiento de lo sucedido de manera casi casual a través de la madre de R.: “con ello se desecha de plano la pretensión de la defensa que en los alegatos conclusivos, intentó restar credibilidad a los dichos de la niña" quien según el abogado defensor había sido inducida por parte de un pastor evangélico, "cuestión que no ha sido acreditada, al punto que no se demostró que R. acuda a dicho culto, tenga relación con el pastor, ni tampoco con D.”
También quedó acreditado en el juicio que el médico se quedó a solas con las pacientes, situación aprovechada para perpetrar los abusos; el novio de R. contó que la joven permanecía sola con Marchisio, que no lo dejaron entrar cuando llegan a la guardia del CAM, y que al menos en alguna ocasión pudo hablar con la enfermera que se retiraba a buscar algún elemento, pudiendo ver al médico a solas con R. a través de una puerta. En tanto, la enfermera le dijo a la mamá de D. que esperara afuera mientras el doctor atendía a su hija, “con lo cual, aún por lapsos breves de tiempo, no hay duda que Marchisio permanecía solo con sus pacientes: la enfermera necesariamente debió retirarse en algún momento, aún para avisar a quienes esperaban afuera o para contactar a los familiares”, remarcaron los jueces.
En el caso de D., la joven le relató lo ocurrido a su hermana, a su madre, a la psicóloga que la venía tratando desde principios de 2019 y en Cámara Gesell. Además, al igual que R., tampoco quería radicar la denuncia: “no quería para nada ir al mundo de las denuncias, se angustiaba muchísimo”, sostuvieron los testigos. Además, la mamá tampoco quería denunciar ya que pertenece a la misma comunidad religiosa que Marchisio, lo cual incluso le valió múltiples problemas: perdió trabajos, se resintieron vínculos sociales, entre otras circunstancias negativas para ambas. “Me pregunto qué ganaron ambas niñas con la denuncia, más que la estigmatización social, la vergüenza y la discriminación ante parte de la sociedad de San Jerónimo Norte”, se preguntó el magistrado.
Te puede interesar









Dejá tu comentario