Días atrás, la Fiscalía había solicitado que Ferro enfrente juicio oral y público por estos hechos.
La Cámara Federal de Mar del Plata había sobreseído a Ferro, pero la Cámara Federal de Casación Penal revocó esa decisión. La defensa de Ferro llegó en queja al máximo tribunal, pero los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron el planteo porque su presentación no cumplía con las formalidades previstas en la acordada 4/2007.
La causa se inició el 1° de septiembre de 2016, a partir de una denuncia formulada por parte los fiscales de Mar del Plata, de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) y la PROCELAC, que investiga el lavado de activos. Los hechos fueron denunciados a partir de la prueba recolectada en la causa “Madaho's”, en la que se investigó el delito de trata de personas con fines de explotación sexual y que dio lugar, luego, a la formación de una causa por lavado de dinero en virtud de la actividad desarrollada en aquel prostíbulo.
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Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, jueces de la Corte Suprema de la Nación.
Los elementos probatorios para la investigación al exjuez y a los integrantes del estudio jurídico surgieron fundamentalmente de los informes periciales sobre los dispositivos electrónicos secuestrados en un estudio jurídico. De acuerdo a los peritajes de los teléfonos investigados, el abogado Alejandro Ferrarello mantenía un estrecho vínculo de amistad, laboral y económico con el juez Ferro, pese a lo cual este último intervino como camarista en ese caso "con el propósito de mejorar y favorecer la situación procesal" -según describió la fiscalía- del imputado, a quien también le ofrecía asesoramiento jurídico y colaboración en procesos penales en los que intervenía el estudio jurídico.
El MPF puso de relieve que la investigación logró determinar además que las influencias ejercidas por Ferrarello por pedido de sus colegas María de las Mercedes Hernández Morhain y Federico Ariel Gil de Muro se materializaron a través de la conducta asumida por Ferro en relación con otros casos diferentes a “Madaho’s”.
La fiscalía consideró que hay elementos suficientes que dan cuenta que Ferrarello hizo valer indebidamente sus influencias para que Ferro dictara, demorara u omitiera dictar, según cada caso, resoluciones o fallos en asuntos sometidos a su competencia, a cambio de obtener beneficios económicos a través del estudio jurídico.
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En función de ello a Ferro se le imputa haber infringido los deberes institucionales establecidos en las normas relativas al correcto desarrollo de la función judicial, cuanto menos desde 2002 y hasta su renuncia el 1° de mayo de 2018, en el marco del proceso disciplinario que se le seguía en el Consejo de la Magistratura en razón de estos hechos.
De acuerdo con la acusación, en reiteradas ocasiones el exjuez priorizó los intereses particulares en lugar de proteger los intereses generales que hacen a la recta administración de justicia, pues ofreció y dio a Ferrarello asesoramiento legal con habitualidad y tenía conocimiento específico de los casos que patrocinaban los abogados Hernández Morhain y Gil de Muro, de modo tal que su intervención siempre favoreció los intereses particulares de ese estudio jurídico.
El fallo de la Corte Suprema