“¿Por qué nadie me dijo que la causa prescribiría cuando yo cumpliera 30 años?”, es una de las preguntas que hace N. una joven que denunció haber sido abusada por su progenitor cuando era una niña en una carta dirigida a la oficina de atención a víctimas y testigos del Ministerio Público de la Acusación. Cuatro años después de haber denunciado, recibió en la Unidad Fiscal de Violencia de Género, Familiar y Sexual (GEFAS) como única respuesta que su causa había prescripto. Nadie le había avisado sobre los plazos vigentes, ni su derecho a constituirse como querellante. En la carta, la joven se dirige específicamente a la funcionaria que la atendió, y hace un extenso racconto de lo vivido en la Justicia desde el 10 de julio de 2017, cuando hizo la denuncia.
Hoy es el Día Internacional de Prevención del Abuso Sexual contra Niños, Niñas y Adolescentes, y la carta de esta joven –cuya identidad se reserva- muestra con claridad las dificultades que las víctimas encuentran todavía hoy al buscar en las instituciones judiciales una reparación a las violencias vividas.
En la Argentina, el 11% de las mujeres de 18 a 49 años consultadas por la Encuesta Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes de Unicef (2019-2020) declaró haber sido víctima de abuso sexual durante su infancia o adolescencia. Los registros internacionales de la Organización Mundial de la Salud (OMS) que indican que 1 de cada 5 mujeres y 1 de cada 13 hombres adultos declararon haber sufrido abusos sexuales en la infancia, y en su enorme mayoría son intrafamiliares.
Una carta reveladora
N. sabe en carne propia lo difícil que resulta denunciar, y por eso decidió escribir una carta que detalla la falta de respuestas. La primera estación fue la Comisaría de la Mujer. Recuerda el “maltrato recibido por parte de las oficiales que tomaron mi denuncia”. Contó que recibió “prepotencia, maltrato verbal y psicológico”.
“La oficial no solo se dirigió a mí como ‘mamita’, sino que llegó a reírse en algunas partes de mi relato. Tampoco me dejó ingresar a la sala con mi acompañante emocional, mi persona de confianza”, sigue el relato.
Después de la denuncia, empezó a recibir visitas inesperadas de sus familiares paternos y el auto de su progenitor en la esquina de su departamento. No hubo orden de restricción de acercamiento en ningún momento. Y tampoco un llamado a audiencia imputativa. De hecho, en la misma fiscalía le dijeron que la convocatoria a familiares paternos se haría después, para no “agitar el avispero”.
En el interín, la causa de N. cambió de fiscalía sin que la joven fuera consultada, y el 3 de agosto de 2018 fue desestimada. “Hasta mediados de 2019, yo seguía teniendo esperanza, me mantenía en pie pensando que estaban investigando, todavía tenía cierta confianza en el sistema judicial”.
Una vez que supo de la desestimación, las cosas cambiaron. “La fiscal resolvió desestimar la denuncia, por el artículo 273 del Código Procesal penal, por no existir elementos serios o verosímiles”, sigue contando N., quien ofreció las cartas que intercambiaba con su mejor amiga de la niñez y adolescencia, como así también testigos. “¿Qué pruebas hubieran sido oportunas en un caso como el mío? ¿Qué pruebas puede aportar una víctima que logra hablar tantos años después?”, sigue sus reclamos.
El siguiente paso fue pedir la reapertura de la causa. “Usted no imaginaría lo que sentí al descubrir que el fiscal regional (Carlos Arietti) era una especie de pariente mío, es decir, de mi progenitor. Resultó ser el cuñado de una de mis tías paternas. Aun así, vencí el miedo y pedí la reapertura. La obtuve”, sigue.
Una vez que la causa estuvo reabierta, volvió a la misma fiscal que la había desestimado. La auxiliar que la atendió “en general, se mostró empática y consciente de lo revictimizante de la situación”. También le dijo que eran casos difíciles de probar, más aún cuando pasaron tantos años de ocurridos los abusos -fueron entre sus 4 y 12 años, y pudo denunciarlos a los 27-, pero le aseguró que trabajarían “para darle veracidad al discurso de la víctima”.
Cinco oficinas, seis fiscales y tres declaraciones
Hasta allí, había contado cinco oficinas, seis fiscales y tres declaraciones.
En agosto de 2020, cuando se abrieron las puertas del Ministerio Público de la Acusación con el protocolo de pandemia, N. se acercó a pedir información. Le dijeron que los últimos movimientos habían sido en febrero. “Se desconoce qué pasó entre febrero de 2020 y febrero de 2021”, sigue la cronología. El 11 de febrero de 2021, la causa se remitió al archivo por prescripción.
“¿Estaba en conocimiento la fiscal de que al momento de mi tercera declaración faltaban apenas ocho meses para la prescripción? ¿Acaso no tenemos las víctimas derecho a saber cuáles son los plazos de prescripción que operan para nuestras denuncias?”, es otra de las preguntas de N.
El 21 de julio de 2022, el Movimiento Derecho al Tiempo de Argentina, integrado por activistas, profesionales y sobrevivientes, presentó ante la Cámara de Diputados de la Nación Argentina un nuevo proyecto de ley para lograr la imprescriptibilidad de todas las formas de violencia sexual padecida en la infancia y adolescencia. Un proyecto similar, presentado por la diputada nacional (mandato cumplido) Lorena Matzen, había sido ingresado en 2018 y perdió estado parlamentario. Volvió a ingresar en 2021, pero tampoco prosperó.
La directora ejecutiva de la Red por las Infancias, Paula Watcher, aseguró –de acuerdo a estadísticas internacionales- que se denuncian solo el 10 por ciento de los casos, y se esclarecen entre el 1 y el 2 por ciento.
Esos números se encarnan en la historia de N. Ella subraya que en todo su peregrinar por el sistema judicial, tampoco le dijeron que podía formar parte de la causa, constituyéndose como querellante. “¿Por qué nadie, nunca, en ninguno de mis contactos con las fiscalías, me informó acerca de la posibilidad de ser mi propia querellante?”, es otra de las preguntas que realiza.
Al dar a conocer la carta, la joven denunciante no hace nombres propios de fiscales, porque considera que la falla está “en el sistema”. “¿Quién capacita al personal y quién se encarga de asegurarse de la correcta aplicación de las leyes que protegen a las víctimas y, en particular, las víctimas de violencia de género? ¿Dónde está la ley Micaela, dónde está la ley 26.485 (para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres)? ¿Dónde está la CEDAW y la Convención de Belem do Pará, dónde está el artículo 75 inciso 22 de nuestra Constitución Nacional?”, pregunta la joven sobre leyes, tratados y obligaciones que la protegen pero, en su caso, fueron letra muerta.
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