Desde el pasado 7 de agosto comenzó a regir un decreto provincial con las nuevas flexibilizaciones en el marco del coronavirus. En el documento se incluyeron nuevas habilitaciones para los geriátricos, en lo que respecta a las visitas y salidas. Sin embargo, distintas instituciones aseguran que tienen dudas respecto de las salidas y que no está claro cómo se va a aplicar el protocolo, por lo que solicitan definiciones por parte de la provincia.
Al respecto, Luis López, representante de la Asociación de Geriátricos de Rosario, explicó a Aire Digital que estas modificaciones presentes en el decreto ya estaban siendo implementadas desde el decreto anterior, con la diferencia de que ahora se flexibilización un poco más las visitas. Antes se hacían con una mampara como medida de seguridad y ahora se puede hacer sin esas barreras, con dos metros de distancia, en lugares abiertos y durante no más de 30 minutos.
Además, quien va a realizar una visita tiene que estar vacunado con al menos una dosis, y los adultos mayores con dos dosis. "Todo eso es nuevo porque avanzó la vacunación", dijo López, pero explicó que hay instituciones que tienen muy claro lo que respecta a las salidas y esperan definiciones por parte del gobierno provincial.
"Está bastante confuso el decreto, ya que autoriza salidas programadas. Antes autorizaban las salidas a visitas medicas, pero ahora no tenemos en claro. Vamos a ver cómo lo implementamos, no es lo mismo que vaya al médico que a un cumpleaños", explicó y agregó "según el decreto queda sujeto a cada jurisdicción. También al regreso la persona tendría que aplicar el protocolo vigente y eso implica aislamiento", planteó.
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López manifestó su preocupación ya que "estamos muy al filo, tenemos cerca la cepa Delta cerca y necesitamos que aclaren cómo se va a implementar", dijo. Pero a pesar de la situación epidemiológica, celebró las flexibilizaciones respecto de las visitas, ya que los adultos mayores llevan un año y medio sin estar en contacto con sus seres queridos. "Esta apertura era necesaria, ellos están contentos y es un avance necesario", dijo.
Qué dice el decreto
En todo el territorio provincial, desde el 7 de agosto y hasta el 20 de agosto de 2021 inclusive, se autorizaron las visitas y salidas programadas de personas mayores que residan en establecimientos geriátricos, residencias, o similares; sujetas al cumplimiento de los protocolos específicos establecidos para la actividad y las siguientes cláusulas y condiciones, sin perjuicio de las especificas que pueda disponer la autoridad sanitaria:
a) El establecimiento deberá verificar 14 días corridos sin casos positivos de covid 19, tanto de personas mayores residentes como de personal; si se detectaren contagios o casos sospechosos la habilitación de visitas se suspenderá inmediatamente.
b) La persona residente deberá expresar su voluntad de recibir la visita o de realizar una salida, salvo que esté impedido de manifestarse.
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c) Ninguna persona debe ingresar como visita de residentes en el caso que:
- presente o haya presentado en los últimos 10 días corridos cualquiera de los siguientes síntomas: temperatura mayor o igual a 37,5°C, tos, odinofagia, disnea, malestar general, pérdida del gusto o del olfato, rinitis o congestión nasal, diarrea o vómitos;
- sea contacto estrecho de un caso sospechoso o confirmado de covid-19 en los últimos 14 días corridos; cuente con antecedente de viaje al exterior del país en los últimos 14 días corridos. Quien se presente a realizar la visita o salida deberá suscribir una declaración jurada negativa de los extremos que no se pueden verificar al momento del ingreso para concretar la actividad.
d) Se dispondrá para realizar las visitas en el establecimiento de un espacio abierto o cerrado con suficiente ventilación natural cruzada; el mobiliario y demás elementos existentes en el mismo deberán ser de plástico o material análogo que permita su fácil y efectiva desinfección.
e) El circuito de ingreso de las visitas debe prever la existencia de zonas de sanitización en sitios cercanos a la entrada del establecimiento.
f) Solo se podrá visitar a residentes que tuvieren el esquema de vacunación covid-19 completo con al menos 10 días corridos de antelación; las personas que realicen las visitas deberán contar con al menos una dosis de las vacunas inoculadas con al menos diez 10 días corridos de antelación, lo que se deberá acreditar al concurrir.
g) En el desarrollo de las visitas deberán respetarse estrictamente las reglas generales de conducta y prevención sanitaria; en particular la disposición y utilización de sustancias sanitizantes de manos y calzado, el uso de tapabocas y el distanciamiento de dos metros entre las personas durante toda la visita. A las visitas previo al ingreso se les realizará un control de temperatura personal; en caso de registrarse una temperatura de 37,5° o más, no se permitirá el ingreso y se contactará al servicio de salud oficial.
h) Las visitas y salidas deberán ser programadas previamente con turnos. En el caso de las visitas sólo podrán ser dos visitantes a la vez por residente, siempre que el espacio destinado a ese fin permita el distanciamiento de dos metros entre las personas; sin poder extenderse por más de 30 minutos y estableciendo que entre visita y visita medie al menos un intervalo de 30 minutos para la desinfección del espacio utilizado y los elementos que contenga.
i) Los establecimientos deberán contar con autorización para las actividades y del espacio dispuesto para realizar las visitas.
j) Finalizada la visita se procederá a la desinfección del espacio, mobiliarios y elementos ubicados en el lugar destinado a las mismas.
k) Solo se permitirá las salidas transitorias de residentes de instituciones para personas mayores que cuenten con el esquema de vacunación completo y con familiares o personas afectivamente vinculadas que cuenten con al menos una de las dosis del mismo, en ambos casos con al menos diez 10 días corridos de antelación; las salidas sólo podrán realizarse a espacios abiertos o cerrados con suficiente ventilación natural cruzada, cumplimentando todas las reglas generales de prevención sanitaria.
I) Se deberá llevar un registro foliado y consecutivo de las visitas y salidas que se realicen, en el que constará: fecha y hora en la que se realiza la visita; nombre, apellido y DNI del residente que recibe la visita y de la persona que lo visita o lo acompaña en la salida.
m) Al momento del reingreso del residente al establecimiento se deberán cumplir las medidas de control que establezca la autoridad sanitaria.
Los visitantes y acompañantes de un residente adulto mayor en una salida asumirán el compromiso de informar a dirección del establecimiento si presentaran síntomas compatibles con covid 19 en las 48 horas posteriores a la visita. En caso de que un residente comience con síntomas dentro de las 48 horas posteriores a una visita o salida, el personal del establecimiento dará aviso inmediato a la autoridad sanitaria y a las personas que lo hayan visitado o compartido la salida, para la adopción de las medidas preventivas correspondientes.
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