En diálogo con el programa de AIRE "Una Tarde A La Vez", los abogados Claudio González Viescas y María Eugenia Mendieta compartieron detalles sobre este avance legal que busca clarificar y proteger derechos tanto de las familias peticionantes como de las mujeres gestantes y los niños por nacer.
El término correcto, explicó Mendieta, es “gestación por sustitución” y no “subrogación” o “maternidad subrogada”, términos que muchas veces se usan equivocadamente. Este procedimiento, que ya había sido tratado en proyectos de reforma del código civil, nunca fue considerado ilícito en Argentina.
Gestación por sustitución: nueva jurisprudencia garantiza derechos y despeja dudas legales
La reciente jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe afirmó que la gestación por substitución es una técnica humana de reproducción asistida, y funciona como un procedimiento médico con garantías jurídicas, a pesar de no tener un marco legal específico hasta ahora.
Uno de los puntos centrales en la entrevista fue la importancia de ofrecer un marco seguro y garantías jurídicas para las familias, en un contexto donde muchas veces proliferan soluciones rápidas y sin respaldo legal. Los abogados resaltaron que el proceso legal busca no solo despejar incertidumbres filiatorias, sino también proteger los derechos de todos los involucrados, incluyendo el niño por nacer, la madre gestante y los padres peticionantes.
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González Viescas comentó que “el fallo es un hito, porque deja en claro que la práctica no está ni prohibida ni es ilícita, siempre que se respete la voluntad de las partes y se garantice la protección de derechos”. Además, agregó que “lo importante es que ahora podemos pensar en una vía segura y formal, que garantice la filiación del niño desde el inicio, sin incertidumbres”.
El fallo favorece a esas familias, ya que establece que, antes de iniciar cualquier tratamiento, deben tener un marco jurídico que asegure la filiación y los derechos, evitando así problemas futuros relacionados con la identidad y la filiación del niño. La decisión judicial también reafirma que la práctica de la gestación por sustitución no está prohibida ni es ilícita en Argentina, siempre y cuando se garantice la voluntad de las partes y se respeten sus derechos.
Qué significa soñar con un embarazo
Los abogados Claudio González Viescas y María Eugenia Mendieta compartieron detalles sobre este avance legal que busca clarificar y proteger derechos tanto de las familias peticionantes como de las mujeres gestantes y los niños por nacer.
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María Eugenia Mendieta destacó que el acompañamiento psicológico y la transparencia en los procedimientos son fundamentales, así como la necesidad de que la gestante actúe de forma altruista y con pleno consentimiento, sin relaciones genéticas con el niño. La labor de los abogados y especialistas en derechos humanos es clave para construir un marco que proteja a cada parte, en un proceso que requiere tiempo, paciencia y asesoramiento técnico.
“El trabajo psicológico, la asesoría legal y la protección de los derechos de la mujer gestante son fundamentales para que el proceso se lleve adelante en las mejores condiciones”, remarcó y agregó: "La especialista añadió que “el acto de gestar, en estos casos, es un acto de altruismo y amor, con consiente pleno de la gestante”.
Por último, los abogados advirtieron que la principal limitante real en el acceso a esta práctica hoy en Argentina es el costo económico, ya que cualquier persona con recursos puede acceder a una gestación por sustitución, mientras que la falta de regulación formal sigue generando incertidumbre y barreras para quienes no tienen los medios.