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Salud aislamiento | Santa Fe | Santo Tomé

Aislamiento: qué dice el decreto que habilita nuevas actividades en Santa Fe y Santo Tomé

El gobierno provincial anunció el jueves las nuevas normas del aislamiento en Santa Fe y Santo Tomé. A través del decreto N° 1010 establece qué actividades estarán habilitadas por 14 días y cuáles no.

A dos semanas del regreso al aislamiento estricto en Santa Fe, el gobernador de Santa Fe, Omar Perotti, anunció las nuevas normas del aislamiento en los departamentos Rosario, Caseros, Constitución, General López y San Lorenzo, y en las ciudades de Santa Fe y Santo Tomé del departamento La Capital. A través del decreto N° 1010, el gobierno dispuso la habilitación de unas 13 actividades y estableció la continuidad de la prohibición de otras por un plazo de 14 días.

Entre las actividades permitidas está el comercio mayorista y minorista de venta de mercaderías de rubros no esenciales que ya podrá atender con público, pero en un horario que no coincida con el de las entidades bancarias y hasta las 20.

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Los locales gastronómicos podrán abrir en espacios cerrados con una ocupación de hasta el 30% de las capacidades y en espacios abiertos. Podrán permanecer abiertos hasta las 24 y deberán tener un veedor que controle que se cumplan los protocolos sanitarios. Los locales sin concurrencia de comensales podrán trabajar hasta las 20 con modalidad "take away" y hasta las 24 con "delivery".

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Los bares de Santa Fe reabrirán sus puertas nuevamente.

Los bares de Santa Fe reabrirán sus puertas nuevamente.

También fueron habilitadas las obras privadas con hasta 10 trabajadores.

La actividad inmobiliaria podrá desarrollarse sin asistencia del público en los locales y las mudanzas realizadas por empresas habilitadas deberán trabajar en un horario que no coincida con el horario de las entidades bancarias y hasta las 20.

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Los profesionales liberales entre los que están incluidos también los mandatarios, corredores y martilleros, podrán trabajar sin atención al público en sus oficinas.

El decreto habilita también la actividad notarial, cuando la misma se encuentre limitada exclusivamente a posibilitar el cumplimiento de las actividades y servicios calificados como esenciales en la emergencia.

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Los gimnasios fueron habilitados nuevamente en Santa Fe y Santo Tomé.

Los gimnasios fueron habilitados nuevamente en Santa Fe y Santo Tomé.

Las actividades religiosas individuales y en reuniones o ceremonias grupales en templos, iglesias y lugares de culto correspondiente a entidades inscriptas en el Registro Nacional de Culto podrán llevarse adelante con una cantidad de no más de 30 personas.

Las empresas y empleados particulares como cuidadores de niños, niñas adolescentes, de adultos mayores, y personas con discapacidad quedan habilitadas pero sin el uso del transporte público.

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Las prácticas deportivas y físicas que no impliquen contacto entre participantes en clubes gimnasios y complejos deportivos deberán desarrollarse con turnos en espacios abiertos o suficientemente ventilados; sin espectadores; sin reuniones previas o posteriores a la práctica; sin habilitar espacios de uso común y social, vestuarios ni otras instalaciones interiores; habilitando solo baños exteriores. Los asistentes no deberán utilizar el transporte público y llevarse sus propios elemento de higiene, hidratación y prevención.

Las actividades deportistas olímpicos y profesionales que estén habilitadas para la práctica, también están permitidas.

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Algunas actividades deportivas pueden desarrollarse al aire libre.

Algunas actividades deportivas pueden desarrollarse al aire libre.

De la misma manera, están habilitadas las actividades físicas individuales en el espacio público, guardando el debido distanciamiento social y evitando la aglomeración de personas.

La actividad a distancia de artistas en salas de grabación y ensayo, prepoducción, producción y postproducción de audios y audiovisuales

Actividades prohibidas

El decreto establece cuáles son las actividades que continuarán prohibidas hasta el 9 de octubre. Se trata de los shoppings; las actividades administrativas de sindicatos, gremios, cajas y colegios profesionales, administración de entidades deportivas y de universidades; la apertura de museos, bibliotecas y lugares recreativos de divulgación científica públicos o privados; la pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados y la navegación recreativa y actividades de guarderías náuticas y clubes deportivos vinculados a las mismas; la enseñanza de expresiones y disciplinas artísticas en forma particular por un docente o artista en tal carácter, o integrado a un espacio colectivo, institución o establecimiento; y la actividad artística y artesanal a cielo abierto, en plazas, parques y paseos.

Circulación

El decreto establece que en todas las localidades de los departamentos Rosario, Caseros, Constitución, General López, San Lorenzo y La Capital la circulación en la vía pública entre las 20 y las 6 queda "estrictamente" restringida a la necesaria para desarrollar las actividades habitadas en el documento y anteriormente, haciendo uso del transporte público , o del servicio de taxis y remises.

Salidas recreativas

Las salidas recreativas en los seis departamentos podrán continuar realizándose con las mismas características: sin exceder el radio de 500 metros del domicilio de residencia, sin utilizar a esos fines los espacios públicos, tales como parques, plazas y paseos o similares, excepto que los mismos se encontraran dentro del radio de 500 metros, y sin extenderse más allá de las 20.

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