El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe tiene previsto comenzar a escuchar el miércoles los alegatos en el juicio al exjuez federal Víctor Brusa y a dos ex integrantes de la policía provincial por apremios ilegales cometidos en perjuicio de tres víctimas durante la dictadura cívico militar.
En este proceso se juzga la responsabilidad de Brusa, cuando se desempeñaba como empleado y luego secretario del juzgado federal de Santa Fe, por apremios ilegales en perjuicio de tres víctimas.
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También está imputada la exagente de la Brigada Femenina de la URI de Santa Fe y del Departamento de Operaciones Policiales D-3 de esa provincia, María Eva Aebi por las privaciones ilegítimas de la libertad y tormentos de dos de las víctimas, una de ellas embarazada al momento de su detención, y la otra de catorce años de edad.
Otro de los acusados es el exoficial subayudante en la URI, de la Seccional 7ma de esa ciudad y del Comando Radioeléctrico, Juan Eduardo González, quien es juzgado por participar de un allanamiento ilegal y la detención de tres personas que luego fueron torturadas.
Hasta diciembre de 2018, Víctor Brusa estaba detenido en la cárcel de Las Flores purgando sus condenas. En el contexto de un pedido de los defensores del exjuez, la Junta Especial de Salud Mental y el Cuerpo Médico Forense de la Corte certificó que no tenía ninguna enfermedad grave y que podía seguir atendiéndose en la cárcel, como lo venía haciendo. Sin embargo, la Cámara Federal de Casación Penal le otorgó al exjuez la domiciliaria basándose en la edad del condenado, quien ya había cumplido 70 años.
A fines de octubre de 2021, un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación revocó el beneficio otorgado a Brusa en 2018 y remitió el caso al tribunal de origen, a fin de que se dicte un nuevo pronunciamiento.
Una causa que lleva 12 años
El 1° de septiembre de 2009 comenzó el juicio oral contra el ex juez federal Víctor Hermes Brusa y cinco ex agentes de la Policía de Santa Fe por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura. Cuatro meses más tarde, el 22 de diciembre de ese año, se conoció la sentencia: los seis imputados resultaron condenados por el Tribunal Oral Federal. La llamada Causa Brusa fue el primer juicio de lesa humanidad realizado en la provincia de Santa Fe y marcó un antes y un después en materia de derechos humanos.
La reapertura de las causas por delitos de lesa humanidad fue posible a partir de la anulación de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final en el año 2003. En la provincia de Santa Fe los primeros juicios por crímenes de la dictadura comenzaron en 2009 (uno en la ciudad de Santa Fe y otro en Rosario) y continúan desarrollándose en la actualidad.
Los seis imputados fueron condenados por la Justicia. Brusa recibió una sentencia a 21 años de prisión por los ocho hechos de apremios ilegales (secuestros) por los que fue juzgado. En los sucesivos procesos que afrontó el ex juez federal (Causa Brusa II y secuestro de Daniel Osvaldo Gatti) también fue encontrado culpable y la Justicia unificó sus distintas condenas en una única sanción de 23 años de prisión. Brusa fue el primer funcionario judicial condenado por su participación directa en el terrorismo de Estado.
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En ese primer juicio también resultados condenados cinco ex policías que se sentaron junto a Brusa en el banquillo de los acusados: Héctor Romeo Colombini (23 años), Eduardo Ramos (23 años), Juan Calixto Perizzotti (22 años), Mario Facino (20 años) y María Eva Aebi (19 años). La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación –querellante en la causa– había pedido 25 años para cada uno; luego, los abogados particulares de la querella y los fiscales pidieron penas de entre 20 y 25 años; finalmente, el tribunal constituido por Roberto Manuel López Arango, Andrea Alberto de Creus y Carlos Renna resolvió aplicar las penas según la cantidad de hechos que fueron probados en el proceso.
Plan sistemático
En la histórica sentencia de la Causa Brusa los jueces determinaron que los hechos investigados –privación ilegal de la libertad y tormentos, en los casos de los ex policías, y apremios ilegales en el caso del ex juez Brusa– se encuadraron como delitos de lesa humanidad y, por lo tanto, rechazaron el pedido de prescripción que habían planteado los abogados de Brusa y Aebi.
Una de las decisiones más importantes del tribunal es la que definió a los delitos investigados como “hechos cometidos en el marco de un plan sistemático y generalizado de represión por parte del Estado”: ese fundamento se incorporó en cada uno de los fallos, como agravante, y sirvió para refutar uno de los planteos de la defensa de Brusa, que había alegado que aunque estuviese probado –por fallos previos de otras jurisdicciones– que hubo un plan sistemático que se aplicó en todo el país, su defendido no estaba al tanto del mismo. Los jueces consideraron que los hechos constituyen delitos de lesa humanidad y que son imprescriptibles.
Todas las condenas
A Brusa se lo encontró “autor penalmente responsable” del delito de apremios ilegales en perjuicio de Ana María Cámara, Stella Maris Vallejos, Anatilde Bugna, Alba Sánchez, Daniel García, José Schulman, Mariano Millán y Roberto Cepeda. A la pena de 21 años de prisión se le sumó la “inhabilitación especial por el máximo legal para ejercer cargos públicos”.
A Perizzotti –quien se desempeñó como jefe de la Guardia de Infantería Reforzada, uno de los principales centros clandestinos de detención de la dictadura en Santa Fe– se lo condenó a 22 años por cinco casos de privación ilegítima de la libertad, agravada por amenazas, y por cinco casos de tormentos.
A María Eva Aebi –guardiacárcel y secretaria personal de Perizzotti– se la condenó a 19 años luego de que el tribunal la encontrara coautora de cinco hechos de secuestros y de otros tantos por tormentos.
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A Mario Facino –jefe de la Comisaría 4º, otro centro clandestino de detención que funcionó en Santa Fe durante la última dictadura– se lo encontró culpable de tres secuestros y un caso de torturas y se lo condenó a 20 años de prisión.
Ramos y Colombini recibieron las penas mayores: 23 años cada uno. El tribunal determinó que fueron responsables de cinco y seis casos –respectivamente– de secuestros y torturas, con el agravante de que fueron señalados por distintos testigos como los responsables de al menos dos casos de violación de los que fueron víctimas mujeres jóvenes detenidas en centros clandestinos, una de las cuales (Silvia Suppo, asesinada en marzo de 2010 en Rafaela) fue llevada a abortar luego de que un médico determinara que había quedado embarazada producto de esos vejámenes.
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