El texto plantea la modificación de más de 40 artículos de la Constitución provincial, incluyendo la supresión del Senado, la reducción del número total de legisladores y un nuevo esquema de representación mixta: 19 representantes por departamento y 31 por distrito único, con sistema D’Hont.
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¿Eliminar el Senado?
El bloque justifica su propuesta en la necesidad de simplificar el proceso legislativo, reducir el gasto público y asegurar una representación más ágil y moderna. En los fundamentos, señalan que 16 de las 24 provincias argentinas ya tienen un sistema unicameral y sostienen que la ley que habilitó la reforma —la N° 14.384— permite, implícitamente, avanzar en esta dirección al autorizar la revisión de las “facultades de la Legislatura” y del “procedimiento de sanción de leyes”.
Sin embargo, la eliminación de una de las Cámaras del Poder Legislativo no fue incluida entre los puntos autorizados para la reforma. De acuerdo con el artículo 114 de la Constitución de Santa Fe, las reformas parciales deben ceñirse estrictamente a los temas habilitados por la ley de necesidad de reforma, y la estructura bicameral del Poder Legislativo no fue uno de ellos.
Convencion reforma Constitucion Santa Fe 1 foto Maiquel Torcatt
La iniciativa propone reemplazar el actual sistema bicameral por una sola Cámara compuesta por 50 legisladores, pero el punto central del proyecto no fue habilitado para ser debatido por la convención del 25.
Maiquel Torcatt / Aire Digital
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Temas habilitados para la reforma constitucional
El artículo 31 de la Carta Magna santafesina establece que “el Poder Legislativo de la Provincia es ejercido por la Legislatura, compuesta de dos Cámaras: la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados”. En tal sentido, la ley de necesidad de reforma habilitó para su debate los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 13, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 29, 30, 32, 33, 34, 37, 38, 40, 51, 54 inciso 5, 55, 56, 58, 61, 64, 72, 73, 84, 86, 88, 91, 93, 98, 106, 107, 109, 110, 111, 112 y 113. Es decir, no está incluido el artículo 31.
Así, el proyecto de unicameralidad se enfrenta a un obstáculo legal significativo: no podría ser tratado formalmente dentro del marco actual de la Convención, a menos que se avance en una interpretación más amplia —y controvertida— de las habilitaciones previstas por la ley.
Desde el bloque autor del proyecto también anticiparon que, en caso de no prosperar este enfoque, presentarán una propuesta alternativa que mantenga el modelo bicameral con reformas parciales.