Caso Tognoli: la Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena a tres narcos y ordenó reabrir la causa contra tres mujeres
La Corte dejó firme la condena a tres narcos y ordenó volver a analizar la situación de tres mujeres involucradas en la causa, que habían sido condenadas pero un fallo favorable en la Casación les permitió que se les aplicara la suspensión de un juicio a prueba.
La Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena a tres narcos y ordenó volver a analizar la situación de tres mujeres involucradas en la causa.
La Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena a tres narcos y ordenó volver a analizar la situación de tres mujeres involucradas en la causa, que también habían sido condenas inicialmente pero luego un fallo favorable en la Cámara de Casación Penal les permitió que se les aplicaba la suspensión de un juicio a prueba. Ahora, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti entendieron que esa decisión de Casación no fue debidamente fundada y ordenaron dictar un nuevo pronunciamiento.
Todo se enmarca en la causa que tuvo como epicentro al ex jefe de Policía de Santa Fe, Hugo Tognoli, Jefe de la División Antinarcóticos durante el gobierno de Hermes Binner (2007/2011) y ascendido a jefe de Policía en la gestión de Antonio Bonfatti, Tognoli apareció en 2012 vinculado una investigación de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA), lo que desató un escándalo político por la supuesta protección a narcotraficantes.
Caso Tognoli: la Corte dejó firme la condena a tres narcos y ordenó reabrir la causa contra tres mujeres
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Todo se enmarca en la causa que tuvo como epicentro al ex jefe de Policía de Santa Fe, Hugo Tognoli, Jefe de la División Antinarcóticos durante el gobierno de Hermes Binner (2007/2011) y ascendido a jefe de Policía en la gestión de Antonio Bonfatti.
En 2015 Tognoli fue condenado a seis años de prisión. Y en 2018 fue vuelto a juzgar en un debate oral en donde se fusionaron tres causas diferentes y declaró como testigo el hoy gobernador Maximiliano Pullaro. Al final del debate Tognoli fue allí fue absuelto. El Tribunal Oral Federal de Santa Fe entendió que en su contra no había pruebas suficientes y lo exculpó por el beneficio de la duda. En tanto, fueron condenados otra veintena de acusados. Entre ellos los vendedores de droga Carlos Andrés Ascaíni y Aldo Orozco (10 y 12 años de prisión, respectivamente); y el ex jefe antidrogas del departamento General López, Néstor Fernández, quien recibió diez años. También fueron condenados Mauro Andrés Miguez y Alejandro Omar Córdoba, como autores del delito de tráfico de estupefacientes a la pena de 5 años de prisión. Y varias mujeres, parejas de acusados.
Qué dijo la Corte Suprema de Justicia
Apelaciones mediante, la Corte Suprema desestimó los recursos en queja de las defensas de Orozco, Miguenz y Córdoba y dejó firme sus condenas. Sí, en cambio, hizo lugar a la apelación presentada por el Ministerio Público Fiscal contra el fallo de la Sala II de Cámara Federal de Casación que, por mayoría, revocó las condenas dictadas en ese juicio para Carina Leguizamón, Andrea Noemí Albelo y María Angela Llali. Leguizamón y Albelo habían sido condenas a tres años en suspenso como participes secundarias del delito de tenencia de estupefacientes para su comercialización, y Llali a dos años por tenencia simple.
corte suprema de justicia 16-9
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti entendieron que esa decisión de Casación no fue debidamente fundada y ordenaron dictar un nuevo pronunciamiento.
En su fallo, los jueces Ángela Ledesma y Alejandro Slokar hicieron lugar a la suspensión de juicio a prueba que solicitaban las defensas. El juez Guillermo Yacobucci votó en disidencia. La Procuración General apeló y, entre puntos, subrayó la oposición de las solicitudes por parte de la fiscalía fundada en razones de política criminal y destacó que la figura no podía aplicarse porque había un funcionario público involucrado.
Para la Corte Suprema, el fallo de Casación “prescindió, sin brindar razones, de normativa vigente y aplicable a la materia a decidir”. El fallo, dijo el máximo tribunal, estuvo teñido de “dogmatismo” e incumplió con la manda “que exige que las sentencias de los jueces sean fundadas y constituyan una derivación razonada del derecho vigente”.