El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, anticipó que esta semana se reglamentará el capítulo de la reforma laboral, que implica importantes cambios respecto de la actual ley de trabajo.
Entre esos cambios, se pueden mencionar la ampliación del período de prueba, la eliminación de multas a los empleadores y una serie de cambios en los despidos por discriminación, en el derecho a huelga y en las indemnizaciones.
Federico Sturzenegger
Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado.
Ley Bases: los principales cambios incorporados en la reforma laboral
- Período de prueba: seguirá siendo de 6 meses, pero subirá a ocho meses para empresas de seis a 100 trabajadores y a un año para empresas de hasta cinco trabajadores.
- Los empleadores que regularicen a trabajadores no registrados o mal registrados tendrán beneficios: extinción de la acción penal, condonación de multas y sanciones, baja en el Registro de Sanciones Laborales y además habrá beneficios especiales para pequeñas y medianas empresas.
- Los trabajadores que queden regularizados por sus empleadores tendrán derecho a computar hasta 60 meses de aportes previsionales, aunque hayan trabajado más años de manera informal.
- Relación de dependencia: se excluye de la Ley de Contrato de Trabajo los contratos de obra, servicios y agencia que quedarán regulados a partir de ahora por el Código Civil y Comercial.
- Trabajadores independientes: se establece que un trabajador autónomo o monotributista podrá valerse de hasta tres trabajadores, también monotributistas, acogiéndose a un régimen que reglamentará el Poder Ejecutivo.
- Despidos con justa causa: podrán ser considerados como justa causa la participación en bloqueos o tomas de empresas, la participación en paros que afecten la libertad de trabajo de quienes no adhieren a la medida de fuerza o cuando se impida el ingreso de personas o bienes al establecimiento laboral.
- Indemnización especial por despido discriminatorio: tendrá un aumento de entre el 50% y el 100% si se acredita discriminación. Al establecerse una indemnización especial por discriminación, se elimina el criterio de declarar nulo el despido.
- Fondo de cese: quedará sujeto a decisión paritaria de cada sector o empresa.