La jueza de Reconquista Claudia Bressán presidirá la acusación y audiencia preliminar en la causa por el abuso sexual y el femicidio de Rocío Vera. El acto procesal será el miércoles 7 de septiembre desde las 8 en los tribunales de dicha ciudad del norte santafesino, y se espera que se prolongue hasta el mediodía.
La acusación a los cuatro imputados que tiene la causa será realizada por el fiscal Aldo Gerosa y por las partes querellantes: los abogados Carolina Walker Torres y Matías Pautasso en representación de la hermana de la víctima, de la Asociación Civil Juanito Laguna, del Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos y de la Asociación Civil Democracia Directa; y el Centro de Asistencia Judicial a la Víctima en representación de la mamá de Rocío.
Los cuatro detenidos por el hecho, Brian Altamirano, Pascual Eduardo Fagundes y los hermanos Juan Daniel y Leonardo Gastón Godoy son asistidos por la defensora pública María Noel Severo.
Asociaciones querellantes
El caso cuenta con la particularidad que se constituyeron como querellantes tres organizaciones no gubernamentales: la Asociación Civil Juanito Laguna, la Asociación Civil Democracia Directa y el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos. La abogada Walker Torres explicó a AIRE que la representación de los organismos se basa en los intereses colectivos vulnerados en la presente causa: la violencia de género y los derechos de la niñez. Estas ONGs son asociaciones que representan los bienes jurídicos protegidos en las figuras penales del presente caso: el femicidio y el abuso sexual a una menor de 14 años.
El objeto social de la Asociación Civil Democracia Directa promueve la participación de la ciudadanía en procesos e instituciones de democracia directa regulados en las normas con jerarquía constitucional y convencional. El futuro juicio por el femicidio de Rocío se presenta entonces como “la principal herramienta de participación directa ciudadana en la justicia”, por lo que “la asociación se encontraría dentro de las previsiones locales y convencionales y se encuentra legitimada para promover acciones como la que nos ocupa”, sostiene el escrito presentado ante las autoridades judiciales.
En cuanto al Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos, su función es “defender y promover la defensa de los derechos humanos desde una perspectiva ecuménica, en la Argentina y en América Latina” ; se trata de una Organización No Gubernamental con una trayectoria nacional e internacional y que ha participado en innumerables procesos de derechos humanos, en especial delitos de lesa humanidad y de género desde hace décadas, “siendo incluso la Organización que ha acompañado y trabajado activamente a través de los actuales querellantes en la causa por el femicidio de Rosalía Jara”, explicó Walker Torres.
En tanto, la Asociación Civil Juanito Laguna tiene por objeto velar y garantizar el cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes proclamados en la Convención Internacional de los Derechos del Niño: “atento a la edad de la víctima, las condiciones de vulnerabilidad y antecedentes de intervenciones estatales en cuanto a su situación, la asociación se encuentra legitimada para comparecer en el presente caso”, sostuvo la abogada.
Al momento de constituirse como querellantes, remarcaron que “atento el gran impacto social que ha tenido el brutal femicidio de Rocío Magalí Vera, y la clara afectación a los derechos de las mujeres y de los niños, niñas y adolescentes, consideramos que existen derechos de incidencia colectiva afectados, por tanto es una causa en donde la participación ciudadana a través de las Organizaciones No Gubernamentales y Sociales deben ser representadas y escuchadas".
Al momento de efectuar la presentación explicaron que “el brutal femicidio de Rocío –sobre quien incluso hubo intervenciones estatales de niñez-, quien se encontraba en un estado importante de vulnerabilidad social, como asimismo su desaparición, búsqueda y muerte desnuda una serie de responsabilidades estatales que no podemos pasar por alto y que van más allá de las individuales”.
Acusación y audiencia preliminar
En el acto procesal que se desarrollará el miércoles en Reconquista, los acusadores oficializarán la acusación contra Brian Altamirano, Pascual Eduardo Fagundes y los hermanos Juan Daniel y Leonardo Gastón Godoy, quienes se encuentran en prisión preventiva imputados como coautores homicidio cuádruplemente agravado por mediar violencia de género, por cometerse mediando alevosía, por la intervención activa de menores de edad y por ser críminis causae, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por dos o mas personas y por la intervención de dos menores de edad y amenazas.
Además, se presentará la lista de testigos y el resto de la prueba a producirse en el debate, tanto por parte de la Fiscalía, de las querellas y de la Defensa. En caso de haber oposiciones o planteos sobre las calificaciones legales, los testigos y las demás medidas de prueba, deberá ser resuelto por la jueza Bressán.
El caso
El lunes 13 de julio de 2020, minutos después de las 17:30, se encontró el cuerpo de una joven en un descampado del barrio Carmen Luisa en Reconquista. Se trataba de Rocío Vera, quien había sido vista por última vez el domingo 12 de julio, cuando se fue de la casa de su papá en el barrio La Loma. Rocío tenía 14 años y estaba embarazada; a simple vista se notaba que había sido sometida a un violento asesinato.
La investigación permitió reconsturir lo ocurrido: la madrugada del domingo 12 de julio de 2020, Ezequiel “Pulo” Godoy convenció a Rocío Magali Vera a ingresar a la casa donde estaban también sus hermanos Leonardo Gastón “Vieja” Godoy y Juan Daniel “Cuatri” Godoy, Brian Carlos Altamirano, conocido como "Bebé" o "Morza", Pascual Eduardo Fagundes, apodado "Lele" o "Llanta", y el menor de edad Luis Fernando Velázquez, conocido como “Locha”.
Cuando Rocío ingresó, el grupo comenzó a decirle que la iban a violar; Rocío se resistió y comenzó a gritar, entonces Leonardo Godoy, Altamirano y Fagundes la retuvieron y comenzaron a abusar de ella de manera alternada, mientras el resto del grupo la retenía. Cuando Rocío intentó escapar de sus agresores, Ezequiel Godoy la golpeó con un palo de madera en la cabeza, cerca de la oreja izquierda y luego dos veces más, en la frente y en el cuello, mientras que “Lelé” Fagundes tomó un hierro y la golpeó en la mejilla y en el cráneo, golpes que la dejaron semi inconsciente y que le ocasionaron a Rocío gravísimas lesiones que le ocasionaron la muerte unas 4 horas después.
Los hermanos Godoy y Altamirano también le pegaron; después, entre todos la llevaron, aun agonizante, al pastizal ubicado al fondo y vecino al patio de la vivienda ocupada, arrastrando el cuerpo por el piso; en el camino pasaron por encima de un fogón con brasas encendidas, llegaron hasta un alambrado tejido, cruzaron el tejido y arrojaron a Rocío en un montón de tierra y basura. Allí, los hermanos Godoy volvieron a abusar de la joven. Luego buscaron una azada y volvieron para carpir el suelo, ya que habían quedado manchas de sangre, y empujaron el cuerpo varios metros más lejos, dejándolo oculto entre las malezas para intentar evitar que se encuentre a Rocío.
Los agresores volvieron a la vivienda, se cambiaron de ropa y la ocultaron en el freezer para poder descartarla al día siguiente. Antes de irse, amenazaron de muerte a Velázquez, quien no participó ni de los abusos ni de los golpes, para que no cuente nada de lo que había visto.
A poco más de dos años del violento hecho, la causa se encamina a dirimir las responsabilidades de los cuatro detenidos a través de un juicio oral y público, cuya audiencia preliminar se realizará el miércoles 7 de septiembre desde las 8 en los tribunales de Reconquista.
Temas
Te puede interesar









Dejá tu comentario