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Policiales Navidad | Ruta Nacional 168 | accidente fatal

La mamá del chico atropellado tras una fiesta de Navidad en 2020 dijo que Luciano fue "víctima de un ebrio al volante"

La mujer declaró en la audiencia de apelación de la condena a Francisco Sánchez por el homicidio culposo de Luciano Nicola, tras una fiesta de Navidad en 2020

Justicia y un pedido de disculpas, es lo único que espera la familia de Luciano Nicola, un adolescente que falleció tras ser embestido por un automovilista en la ruta nacional 168 tras una fiesta de Navidad el 2020.

En esta oportunidad el reclamo lo hizo la mamá de Luciano, Gisela, en la audiencia de apelación de la condena por homicidio culposo impuesta a Francisco Sánchez en el marco de un juicio oral y público realizado en los tribunales de Santa Fe.

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Es la primera vez que la mujer puede declarar debido al impacto que tuvo la muerte de su hijo en la vida familiar; este jueves, ante el juez de la Cámara de Apelaciones Alejandro Tizón, la querella, a cargo del abogado particular Juan José Patiño, reclamó que sea confirmada la condena impuesta al conductor.

La defensa de Sánchez, a cargo de los abogados defensores Martín Montegrosso y Mariano Herrera, solicitó revocar la condena a tres años de prisión de ejecución condicional y la inhabilitación de seis años para conducir, e insistió con que la responsabilidad del accidente fue de Nicola por caminar por un lugar prohibido.

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Alejandro Tizón, juez de la Cámara de Apelaciones encargado de revisar la condena por homicidio culposo de Francisco Sánchez

Alejandro Tizón, juez de la Cámara de Apelaciones encargado de revisar la condena por homicidio culposo de Francisco Sánchez

"Víctima inocente de un ebrio al volante"

Gisela declaró al final de la audiencia de apelación; sostuvo que Sanchez destruyó su familia, que ella está bajo atención psiquiátrica, que su hija sufrió ataques de pánico y está bajo tratamiento psicológico.

La mujer agregó que su hijo mayor está atravesando un cuadro depresivo y la abuela habla todo el día de su nieto fallecido. Recordó que tras la muerte de Luciano ella misma debió estar internada 20 días en el hospital Mira y Lopez porque "quería irse con su hijo".

En relación a Luciano, Gisela sostuvo que era "un ser de luz, muy protector de la familia y los amigos, un chico impecable que cuidaba su salud, era todo bondad"; su hijo amaba y honraba la vida, no tuvo una actitud suicida ni egoísta, como refieren, sostuvo que le duele que su hijo "no pueda defenderse de esas injurias".

Finalmente, en relación a Sanchez, la mujer sostuvo que tomó la decision de conducir ebrio, y que seguía ebrio al mediodía, horas después del accidente; para la familia de Luciano, hubiese sido todo distinto si Sanchez asumía su responsabilidad y pedía disculpas: "Nunca nos miró a los ojos y abandonó a mi hijo tirado, pido justicia por mi hijo, victima inocente de un ebrio al volante", culminó.

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Juan José Patiño, el abogado que llevó adelante la acusación contra Sánchez tras el archivo fiscal

Juan José Patiño, el abogado que llevó adelante la acusación contra Sánchez tras el archivo fiscal

"Autopuesta en peligro"

Entre los argumentos presentados en el escrito de apelación, y que fueron sostenidos en la audiencia este jueves, la defensa de Sánchez insistió en que fue la propia víctima, Luciano Nicola, quien puso en riesgo su vida al caminar por el carril rápido de una autopista nacional, una conducta que califican como "suicida" y no meramente "descuidada"; en este sentido, argumentan que no se le puede exigir a un conductor prever la presencia de un peatón en ese lugar. Además, remarcan que Sánchez circulaba a velocidad reglamentaria y que una camioneta que iba adelante le bloqueaba la visión, impidiéndole reaccionar a tiempo.

En este sentido, los abogados defensores sostuvieron que el juez Lisando Aguirre, quien condenó a Nicola en el juicio, "descartó la lógica y la experiencia de conducción para condenar al imputado por no evitar algo que era, en la práctica, inevitable".

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Francisco Sanchez junto a sus abogados defensores

Francisco Sanchez junto a sus abogados defensores

Otro de los planteos defensivos tiene que ver con la validez de las pruebas de extracción de sangre utilizadas para la condena, y denuncian la faltante de actas de extracción y de consentimiento informado: los letrados sostuvieron que la cadena de custodia estaba alterada desde el inicio, por lo que no hay certeza de que la sangre analizada pertenezca a Sánchez, y resaltan que incluso los fiscales del caso habían descartado previamente esta prueba por carecer de aptitud pericial, pero el juez decidió tomarla como válida.

Finalmente, la defensa de Sánchez rechazó la aplicación del agravante de no haber auxiliado a la víctima tras el impacto: los abogados sostuvieron que el auxilio era imposible porque la víctima falleció instantáneamente en el accidente, según se ventiló en el juicio oral, y aclaran que Sánchez no se dio a la fuga por voluntad propia, sino que siguió instrucciones de un fiscal que le indicó presentarse en la comisaría más cercana para evitar enfrentamientos con amigos de la víctima que estaban en el lugar.

En cuanto a este último punto de conflicto, los defensores remarcaron también que, según los relatos de testigos, Sánchez se encontraba inmóvil y en estado de shock inmediatamente después del accidente, y mencionan además que la persona que acompañaba a Sánchez en el vehículo intentó acercarse al lugar donde estaba la víctima, pero no se le permitió hacerlo.

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Luciano Nicola tenía 19 años cuando fue atropellado por Francisco Sánchez la mañana de Navidad del 2020

Luciano Nicola tenía 19 años cuando fue atropellado por Francisco Sánchez la mañana de Navidad del 2020

Un accidente fatal tras una fiesta de Navidad

El accidente protagonizado por Francisco Sánchez, por el que perdió la vida Luciano Nicola, ocurrió el 25 de diciembre de 2020 minutos antes de las 6, en la ruta nacional 168 en inmediaciones del club Caza y Pesca en Colastiné sur, luego de que la policía desarticulara una serie de fiestas prohibidas por la situación de pandemia de Covid.

En el juicio quedó demostrado que los agentes municipales y policiales les prohibieron a los jóvenes esperar en el lugar de la fiesta a que los fueran a buscar, y debieron emprender el regreso a Santa Fe caminando a la vera de la ruta.

Los amigos de Luciano que declararon en el juicio explicaron por qué iban caminando por la ruta, y por qué habían quedado en medio de los dos carriles, ya que tenían intención de pasar a la mano contraria; advirtieron que no eran solo ellos, sino que había un centenar de jóvenes caminando tanto por la banquina derecha como por el margen izquierdo, el guardarrail.

Para la querella, criterio que compartió el juez que lo condenó, ante este panorama para nada habitual, Sánchez faltó al deber de cuidado que exige la ley de tránsito: obligación del deber de cuidado, atención, prevención, precaución por las circunstancias particulares: un 25 de diciembre a la madrugada, después de una fiesta, en pandemia, con mucha gente caminando a la vera de la ruta… “Las circunstancias lo obligaban a estar atento, como lo hicieron los otros conductores”, sostuvo Patiño en sus alegatos.

Ahora, será la Cámara de Apelaciones la encargada de analizar si la responsabilidad del accidente fatal fue del conductor del automóvil o del peatón que perdió la vida.