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Policiales femicidio | violencia de género | Gálvez

Femicidio en Gálvez: el acusado Trossero, entre la prisión perpetua y la absolución

En los alegatos de clausura del juicio por el femicidio de Danisa Canale las partes mantuvieron sus pretensiones iniciales: Fiscalía y querella piden condena; la defensa pide la absolución.

“No quedan dudas : Trossero era consciente y podía dirigir sus acciones cuando mató a su esposa” fue la frase que repitieron el fiscal Marcelo Nessier y la abogada querellante Clara Vazquez en los alegatos de clausura del juicio por el femicidio de Danisa Canale. En cambio, la defensora Georgina Stratta insistió con que “es verosímil que no haya podido dirigir sus acciones”.

Así, el destino de Jorge Trossero se define entre la prisión perpetua como autor de homicidio triplemente calificado: por el vínculo, por ensañamiento y por mediar violencia de género -femicidio que pretende el bloque acusador; y la absolución por inimputabilidad que sostiene la defensa. El crimen ocurrió en la vivienda del matrimonio en la ciudad de Gálvez, el 15 de enero de 2019: Trossero atacó a Danisa Canale con una maza y le propinó diez golpes en la cabeza que le ocasionaron la muerte.

Los jueces Sergio Carraro, Rosana Carrara y Octavio Silva resolvieron dar a conocer el veredicto este viernes 10 de diciembre a las 12 en la sala 6 de los tribunales santafesinos.

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El juicio se desarrolló en la sala 1 del subsuelo de los tribunales de Santa Fe

El juicio se desarrolló en la sala 1 del subsuelo de los tribunales de Santa Fe

Prisión perpetua

Para sostener la pretensión de condena a perpetua por femicidio, Nessier repasó los testimonios de los policías que arribaron al lugar del hecho y del personal médico que asistió a Danisa Canale: “nos encontramos con una mujer en estado irreconocible” sostuvo el profesional que la atendió en el sanatorio.

Para dar por acreditado el contexto de violencia de género el fiscal repasó los testimonios aportados por los allegados a la pareja, en especial, la hermana de Danisa y el empleado de la verdulería de la víctima: “una vez agarró una tijera y le cortó toda la ropa, rompió una puerta de una piña, la insultaba todos los días, tenía moretones en los brazos… ella estaba cansada, se quería ir. Creía que Trossero ‘se hacía el loco’ para pasarla bien”.

Finalmente el fiscal repasó lo manifestado por los peritos psicólogos y psiquiatras que evaluaron a Trossero, y fueron coincidentes en que no tenía las facultades mentales alteradas, no presentaba alteraciones morbosas en la personalidad y que al momento del hecho podía comprender la criminalidad del acto y dirigir sus acciones.

Por último Nessier se refirió a lo que hizo el imputado tras atacar a la mujer: llamó a la policía. “Sabía quién era -hola, soy Jorge Trossero; sabía qué hizo -vengan a buscarme, maté a mi mujer; sabía dónde estaba porque dio la dirección de la casa; y sabía a quién llamar: a la policía, porque lo que había hecho estaba mal”.

A su turno, la abogada querellante Clara Vazquez coincidió con la valoración realizada por la Fiscalía, repasó las declaraciones aportadas por testigos y peritos, y remarcó el resultado de la pericia solicitada por la defensa en relación a los medicamentos que consumía Trossero por su cuadro depresivo: medicamentos seguros y mundialmente conocidos, que además, ni su ingesta en exceso y su abstinencia pueden provocar una agresión como la cometida por Trossero contra Danisa.

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La Fiscalía y la querella solicitaron que Trossero sea condenado a prisión perpetua como autor de homicidio triplemente calificado

La Fiscalía y la querella solicitaron que Trossero sea condenado a prisión perpetua como autor de homicidio triplemente calificado

Absolución

La abogada defensora Georgina Stratta comenzó su alegato cuestionando que Trossero enfrentó dos acusaciones: la de la Fiscalía y la de la querella. Para la defensora, la querella sólo puede presentar acusación si el Estado (en este caso el MPA), desiste de la persecución penal.

Para poner en crisis el contexto de violencia de género, la defensora cuestionó el testimonio aportado por el empleado de la verdulería por “contradictorio”: “dijo que Trossero es era una excelente persona, menos con su esposa, y luego dio un montón de precisiones.. Raro”, sostuvo Stratta, y agregó que lo manifestado por el testigo no fue corroborada con otra evidencia, ni siquiera con el testimonio de la hermana de Danisa.

En relación a lo expresado por esta testigo, la defensora sostuvo que no se hizo referencia a situaciones de violencia física sino a episodios propios de momentos de crisis, y a que Danisa tenía independencia económica y su propio vehículo para manejarse a voluntad.

Por último, sobre el estado de salud mental de Trossero, Stratta insistió con que no se puede confirmar más allá de toda duda razonable que el hombre haya obrado en pleno uso de sus facultades. Para esto, recordó lo expresado por uno de los profesionales médicos en relación a que en medicina no se usan los conceptos ‘nunca’ y ‘siempre’, y leyó el prospecto de uno de los medicamentos que ingería Trossero: “debe ser monitoreado porque puede presentar cambios en el ánimo, ansiedad y agresividad”. Así las cosas, para la defensa Jorge Trossero debe ser absuelto por inimputable.

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Veredicto

Inicialmente estaba previsto que la sentencia se conozca el lunes 13 de diciembre, sin embargo antes de comenzar los alegatos el presidente del tribunal, Sergio Carraro, informó que había decidido adelantar la audiencia para el viernes 10 al mediodía, en la sala 6.

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