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Policiales abuso sexual |

El sospechoso del caso de abuso sexual que motivó la destitución del exjuez Mingarini llegará al juicio en prisión

La Cámara de Apelaciones revisó la resolución de la audiencia preliminar y mantuvo el encarcelamiento de Leandro Spies. La defensa había requerido la invalidez de lo resuelto y la libertad inmediata del imputado.

El juez de la Cámara de Apelaciones Enrique Alvarez rechazó el pedido de los abogados defensores de Leandro Spies, el acusado en el caso de abuso sexual que motivo la destitución del exjuez Rodolfo Mingarini, y mantuvo el encarcelamiento preventivo hasta el desarrollo del juicio oral. La decisión se dio en el marco de la apelación a la resolución de la audiencia preliminar, por lo que sólo resta que se fije fecha para la concreción del debate.

Los defensores Javier Sain y Martín Risso Patrón habían planteado la invalidez de la audiencia preliminar –que se prolongó durante casi un año- y reclamado la libertad inmediata del sospechoso. Spies se encuentra en prisión desde julio de 2021, luego de que la Cámara de Apelaciones revocara la resolución de Mingarini que otorgó la libertad de Spies y puso en duda la ocurrencia del hecho de abuso denunciado.

La acusación contra Spies fue presentada en febrero de 2022 y la preliminar se fijó para tres meses después, el 22 de mayo. Desde entonces se sucedieron varias suspensiones y cuartos intermedios por diferentes planteos de la defensa, y recién pudo concluirse el 22 de junio de 2023; la resolución de dicha audiencia fue parcialmente apelada tanto por la Fiscalía como por la defensa de Spies.

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El fiscal de la Unidad Especial Gefas, Matías Broggi, presentó la acusación contra Spies en febrero de 2022

El fiscal de la Unidad Especial Gefas, Matías Broggi, presentó la acusación contra Spies en febrero de 2022

A juicio

El camarista Álvarez detalló en su resolución “un análisis de las desprolijidades que se advierten en la presente causa, donde, la audiencia preliminar comenzó en fecha 26/05/22, continuó el 09/09/22 y finalizó el 22/06/23. Evidentemente, más allá del tema que la presente dio motivo al inicio de un jury de enjuiciamiento a un magistrado del colegio de jueces de primera instancia, no es menos cierto que son dos caminos totalmente distintos; uno el juzgamiento de la conducta de Spies y la otra la investigación que se le hizo a un juez”, remarcó el magistrado.-

“Aclarado ello y en donde sí le doy la razón a la defensa en el sentido de la prolongación en el tiempo, (…), adelantando que bajo ningún punto de vista dichas irregularidades pueden tener como corolario la invalidez de la audiencia preliminar”, sostuvo Álvarez.-

En la resolución, el camarista confirmó los acuerdos probatorios presentados, de los que la defensa sostuvo que había sido inducida a aceptarlos: “Tampoco se verifica que la defensa haya sido mal inducida a la aceptación (…) Si bien la defensa en la contestación de los agravios sostiene que fue inducida a error, no surge del trámite”, analizó el juez.

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Finalmente, la defensa de Spies había pedido que se invalide la audiencia preliminar y que se disponga la libertad del imputado Leandro Spies: “Repasando los argumentos de la acusación y la resolución del magistrado que se ataca, observo que los requisitos mínimos se han cumplido y por ende hay un panorama cierto y concreto de los hechos sujetos a estudio.- (…) Verificamos que hay una relación clara y circunstanciada de los hechos en relación con la conducta presumiblemente desplegada por el encausado, sumado al contexto de evidencias que desarrolla el fiscal”, sostuvo el camarista.

“Las discrepancias que aduce la defensa en una elogiable labor no pasan a ser más que ello -discrepancias- pero de tal postura a la invalidez de algunos actos hay un abismo que las normas procesales no admiten de acuerdo al devenir del trámite”, remarcó Alvarez para confirmar la resolución de la preliminar, mantener la prisión preventiva de Spies y enfatizar la necesidad de que el juicio oral se desarrolle “a la brevedad posible”.

“Los argumentos que esgrime la defensa en el sentido de la incidencia del trámite de la causa en relación con el jury a un magistrado que intervino, no son situaciones que invaliden la audiencia preliminar; por otra parte entiendo que es una garantía aún mayor puesto que el trámite del jury le garantizará más transparencia en el juicio, si ello constituye la preocupación del distinguido defensor”, concluyó.

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