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Policiales abuso sexual | hija | mujer

Condenaron a una madre por abusar sexualmente de su hija

Todo salió a la luz en 2018 cuando la acusada envió por error los videos a un grupo de whatsapp donde había familiares y amigos, que la denunciaron. La extensión del daño sobre la víctima es "incalculable" expuso la Fiscalía durante el juicio.

Lamentablemente son cada vez más habituales los proceso judiciales por abusos sexuales contra menores de edad, cometidos por allegados a la víctima y bajo un mismo techo. De por sí son hechos sensibles y escabrosos, y en general los acusados son todos hombres.

La particularidad de esta historia es que la condenada es una mujer, madre de la víctima, que en la actualidad tiene 9 años. Se trata de una profesional universitaria que quedó en evidencia la noche del 4 de noviembre de 2018 cuando, por error, envió a un grupo de whatsapp tres videos filmados mientras mantenía sexo explícito con la niña.

Los receptores de las imágenes, entre los que había compañeros de militancia política y un familiar, quedaron pasmados, y de inmediato denunciaron la situación en la Comisaría de la Mujer. Ese mismo día se ordenó realizó un allanamiento en una casa del barrio Echesortu donde la trabajadora social G.S. estaba junto a su hija.

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Carla Cerliani es la fiscal de este caso que conmociona a Rosario.

Carla Cerliani es la fiscal de este caso que conmociona a Rosario.

La mujer quedó detenida. Ese día los investigadores le secuestraron el teléfono celular, donde guardaba más de 35 videos. La niña fue puesta a resguardo bajo tratamiento psicológico y abordaje terapéutico interdisciplinario. Los allegados a la mujer no podían creer lo que ocurría en la intimidad de la casa, porque la madre siempre se mostró atenta, solidaria y cariñosa con su hija.

El caso quedó en manos de la fiscal de la unidad de Delitos Sexuales, Carla Cerliani, que al otro día le imputó a la detenida los hechos, que se amplificaron con el correr de la investigación. En ese primer paso del proceso la funcionaria le endilgó “haber abusado en reiteradas oportunidades de su hija, y filmarla para luego difundir” los videos.

El juez Juan Andrés Donnola entendió que había evidencia suficiente para admitir el encuadre legal y las sospechas de la materialidad del hecho. Y ordenó la prisión preventiva efectiva de S. por el plazo de ley por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser la progenitora, y haberse aprovechado de la situación de convivencia.

Según la fiscal, el número de veces que cometió los hechos, fue indeterminado.

Además, se le sumó el concurso ideal de promoción y facilitación de corrupción de menores, agravado por ser la madre, en concurso real con la producción de actividades sexuales explícitas. Según la fiscal, el número de veces que cometió los hechos, fue indeterminado.

En agosto del 2019 se formalizó la audiencia preliminar al debate oral, donde la fiscal presentó la acusación, las pruebas, y solicitó 18 años de prisión para la mujer.

En el debate

Con la acusada en prisión preventiva en la Unidad Penitenciaria Nº 4 de Santa Fe (Uruguay y San Jerónimo), el caso llegó a juicio y público. Por razones lógicas de intimidad, resguardo de la menor y también la acusada, el debate se mantuvo en estricta reserva hasta que se dio a conocer la sentencia.

En los tres días que duró el juicio oral, la fiscal Cerliani -según el acta diaria de las audiencias- expuso gran cantidad de pruebas testimoniales, la declaración de la víctima bajo resguardo, informe de médicos forenses y pericias, además de unas 35 filmaciones que se extrajeron del teléfono de la mujer.

También declararon los psicólogos y terapeutas que asistieron a la madre e hija, allegados de la acusada, quienes dieron fe de la recepción de las imágenes. Incluso el propio hermano, que la denunció al enterarse de lo que sufrió la sobrina.

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El Centro de Justicia Penal de Rosario donde se tramitó el caso.

El Centro de Justicia Penal de Rosario donde se tramitó el caso.

“Luego de este debate el Tribunal decidirá si esto fue un juego o un terrible caso de abuso sexual. Van a tener la posibilidad de observar más de 60 videos. Es un abuso de una nena de 9 años y es intrafamiliar”, puso en contexto la fiscal. Entre otros detalles perversos, se probó que la acusada utilizaba objetos de sadomasoquismo, la amarraba y la golpeaba en la cara.

Al tratar de justificar su conducta, G.S. no dudó en posar la culpa sobre la espalda de la hija. Alegó que era ella la que filmaba las situaciones de sexo explícito, que la “fue llevando”, y no se dio cuenta. Solicitó que se la juzgue por “no haber entendido, pero no por abusar de su hija”, ya que en ese momento “no comprendió” la gravedad de los hechos y pidió perdón a toda la familia.

El caso no fue sencillo para la defensa, a cargo del abogado Gonzalo Armas, del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal (Sppdp). Sobre todo por la historia, los rasgos personales y psicológicos de su pupila, quien luego de que todo saliera a la luz confesó que de niña, cuando tenía 11 años, fue víctima de abuso sexual.

Identificación por lo vivido

Armas pidió al Tribunal que al momento de resolver analice la complejidad y vicisitudes del caso, hiciera una evaluación integral, y tuviera en cuenta los criterios de sociabilización, establecimiento del orden y la paz social. Y se apoyó fundamentalmente en una pericia psiquiátrica de un profesional que también declaró en el juicio.

Ese médico indicó que S. tiene “serias dificultades para sostener lazos”. Y en relación al hecho puntual no lo identificó como los típicos de abuso de poder, “no hubo una intencionalidad de dominio, sino que al no poder desprenderse de lo que le ocurrió a ella, sintió identificación con su hija".

La madre de la menor confesó en el juicio que a los 11 años fue abusada

Aunque la identificó con características de inmadurez y desde el punto de vista psíquico se situaba “a la par” de la hija, en la perspectiva clínica dijo que tenía la capacidad de “comprender lo que sucedía” pero “no podía ponerse en el papel de madre”. Según ese informe, la abusadora tiene “angustia, culpa y tristeza” por todo lo que sucedió.

Y puede estar controlada, pero también atravesar “situaciones de desborde”. En el alegato de clausura Armas pidió que se la condenara a 4 años de prisión, una sanción que perfora el mínimo de las penas previstas para estos casos.

Un daño incalculable

Por su parte, la fiscal Cerliani reforzó su postura. Advirtió que se trató de un abuso sexual en la infancia, y que “hay diferencias con otros casos es porque la imputada es mujer, y porque los abusos estaban filmados, característica que hizo el juicio muy particular”.

Ante los jueces del Tribunal remarcó el peso de los videos con imágenes explícitas y elocuentes sobre los ataques sexuales. Puntualizó que un rato antes de ser detenida, la acusada produjo nada menos que 11 videos, y que la Fiscalía recibió otros 70 que estaban distorsionados o modificados.

La titular de la pesquisa recordó que los informes de juntas médicas determinaron que la trabajadora social comprendió la criminalidad de sus actos, lo que estaba permitido y lo prohibido. Entonces solicitó una pena de 18 años de cárcel para la imputada, y pidió especialmente que se tuviera en cuenta la extensión “incalculable” del daño que le causó a su hija.

La decisión del Tribunal integrado por los jueces Gustavo Pérez de Urrechu, Hebe Marcogliese y Héctor Núñez Cartelle fue unánime. Rechazaron los planteos de la defensa y condenaron a G.E.S. a 17 años de prisión como autora de abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por ser cometido por un ascendiente y contra una menor de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente, en concurso ideal con la promoción y facilitación de corrupción de menores, también agravado por tratarse de la madre, en concurso real con producción de representación de una menor de 18 años en actividades sexuales explícitas.