Se trata de K.I.R., quien juzgado en el marco de un juicio oral que tuvo lugar en tribunales y el cual fue sentenciado a seis años de prisión tras ser declarado autor de abuso sexual con acceso carnal en concurso real con privación ilegítima de la libertad agravada por ser cometida con violencia y amenazas.
La pena fue impuesta por los jueces Nicolás Falkenberg, Cecilia Labanca y Pablo Busaniche, y fue por debajo a lo que solicitaron durante el debate los fiscales del caso, Marcelo Nessier y Guillermo Persello que requirieron 14 años de condena.
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El tribunal, en tanto, dispuso que la detención del condenado se haga efectiva una vez que el fallo quede firme. No obstante, ordenó bajo una serie de medidas que se presente ante autoridades judiciales periódicamente para demostrar que está sujeto al proceso judicial que atraviesa.
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La resolución fue dada a conocer por el juez Nicolás Falkenberg.
Maiquel Torcatt / Aire Digital
El caso remonta al 2019, cuando la víctima denunció que K.I.R., con quien había tenía una relación de noviazgo, la llevó hasta su casa en donde la encerró y luego ultrajó. A partir de la denuncia, se inició una causa judicial que se tramitó en la Unidad Fiscal de Coronda (departamento San Jerónimo) y derivó en la realización de una Cámara Gesell y el peritaje a un teléfono celular, ya que en el dispositivo había una prueba contundente para la causa.
K.I.R. fue detenido y quedó en prisión preventiva el 29 de diciembre. Sin embargo, pandemia de por medio, logró recuperar la libertad y llegó bajo esa condición al juicio que arrancó la semana pasada en tribunales de Santa Fe.
Este martes, luego de varias jornadas de juicio, el tribunal falló a favor de la Fiscalía, pero por una pena menor a la que había requerido el bloque acusador. No obstante, previo a darse a conocer la sentencia, el tribunal solicitó a este medio que no se divulgue la identidad del imputado por pedido de la defensora particular, Macarena Olivera.
Es que, según la defensora, Coronda es una localidad pequeña (tiene más de 29 mil habitantes) y “todos se conocen” por lo que puede perjudicar a su defendido y también a la denunciante del caso.