Los jueces del Tribunal Oral Federal (TOF) de Santa Fe, José María Escobar Cello y Luciano Lauría, admitieron el recurso de Casación interpuesto por los abogados defensores Néstor Oroño, Gustavo y Liza Feldman y Fernando Sánchez contra las condenas dictadas en el marco del juicio oral por la causa que investigó las megaestafas de Bolsafé Valores. También el abogado querellante Enrique Müller, en representación de los damnificados, recurrió la sentencia respecto de las absoluciones dictadas para quienes se desempeñaban como empleadas de la firma. El recurso alcanza también la resolución en el fuero civil, dictada en octubre.
La resolución del TOF fue comunicada el viernes 18 de noviembre, previo al feriado largo por el día de la Soberanía Nacional. Los interesados cuentan con un plazo de ocho días, según el artículo 464 del Código Procesal Penal Nacional para comparecer ante la Cámara Federal de Casación Penal.
Planteos de la defensa
En agosto, el extitular de Bolsafé Valores, Mario Rossini, fue condenado a 15 años de prisión como autor del delito de administración fraudulenta en concurso real por 459 hechos, en concurso real con el delito de captación de ahorro público sin autorización de la autoridad competente, agravado por la utilización de medios masivos de difusión; su hermano Omar Santos Rossini fue condenado como partícipe necesario del mismo delito a cumplir tres años y medio de prisión y Mercedes Leiva fue condenada a tres años de ejecución en suspenso también como partícipe necesaria de los hechos. En tanto, quienes se desempeñaban como empleadas de la firma fueron absueltas de culpa y cargo.
Néstor Oroño, abogado defensor de Omar Santos Rossini, sostuvo que se vulneró el principio de legalidad, debido proceso y razonabilidad, ya que la sentencia consideró como hechos independientes (las 459 estafas) lo que debería ser considerado como “diversos sucesos que conforman una unidad”. Además, cuestionó la responsabilidad penal atribuida a Omar Rossini como partícipe necesario de los hechos, la pena impuesta sostuvo que no posee responsabilidad civil.
En tanto, Gustavo y Liza Feldman, representantes de Mercedes Leiva, sostuvieron que la condena a su representada como partícipe necesaria no tiene fundamentos, y que se debió cumplir con “el deber convencional y legal de juzgar con perspectiva de género”. Para los abogados Feldman, la condena a Leiva incurrió en la violación del principio de culpabilidad y de igualdad ante la ley, plantearon la arbitrariedad de la sentencia por falta de fundamentación o fundamentación aparente y refutaron los fundamentos de la condena civil.
Finalmente, el defensor público que representó a Mario Rossini, Fernando Sánchez, sostuvo su planteo en el pedido de nulidad por haberse omitido el tratamiento de planteos conducentes a la solución de la causa. Además insistió con que Rossini actuó sin intención de defraudar, es decir, sin dolo, y motivó su impugnación a la sentencia en la violación del principio de inocencia, sana crítica, duda razonable y arbitrariedad en la valoración de la prueba.
Planteos de la querella
Por su parte, el abogado querellante Enrique Müller, cuestionó las absoluciones de culpa y cargo dictadas para las imputadas Marisa Laura Valdéz, Carolina Fany Pavarín, Daniela Laura Reatti, Patricia Lorena Berrino y María Lorena Molinas, quienes se desempeñaban como empleadas de la firma. El letrado sostuvo su planteo en la “defectuosa valoración de la prueba”, lo que devino en “conclusiones arbitrarias”, al considerar que las nombradas eran simples empleadas de la firma Bolsafe Valores SA.
Müller cuestionó también que se haya introducido la cuestión de género al final del proceso cuando nunca antes había sido planteado por ninguna de las partes. Finalmente, Müller cuestionó los rechazos de las demandas civiles, y sostuvo que bastaba ingresar al sistema de Caja de Valores para obtener la documental que acredite los números de cuenta comitentes y el perjuicio de los actores civiles.
Resolución de los jueces
Los magistrados analizaron que los planteos cumplieron con todos los requisitos: fueron interpuestos en término, por quienes tienen legitimación para recurrir, ante el órgano pertinente, con firma de los letrados y contra una sentencia definitiva: “sin perjuicio de los fundamentos que este tribunal ha tenido para dictar el decisorio que se recurre, las argumentaciones resultan suficientes para que los recursos resultan procedentes”, sostuvieron, y habilitaron la intervención de la Cámara de Casación Penal.
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