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Policiales Caso Trigatti | prisión | abuso sexual

Caso Trigatti: prisión preventiva para el docente condenado por abuso sexual infantil

La Justicia resolvió imponer la prisión preventiva al docente condenado por abuso sexual infantil. La defensa aún puede recurrir a la Corte Suprema para revisar la causa

El encarcelamiento preventivo fue impuesto a pedido del bloque acusador, Fiscalía y querella, luego de que un tribunal de la Cámara de Apelaciones confirmara el fallo de segunda instancia que revocó la absolución del juicio y condenó a Trigatti a 12 años de prisión por el abuso sexual de cinco alumnas en el jardín Ceferino Namuncurá.

En tanto, el abogado defensor Marcos Barceló había reclamado que el docente continúe en libertad, o de manera subsidiaria, que transite la prisión preventiva en su domicilio; sin embargo, esta pretensión fue rechazada por el tribunal por falta de fundamentos.

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El bloque acusador reclamó la prisión preventiva del docente tras confirmarse la condena

El bloque acusador reclamó la prisión preventiva del docente tras confirmarse la condena

Trigatti había sido absuelto en el marco de un juicio oral y público en octubre de 2024, al que había llegado en libertad tras haber pasado varios meses en prisión preventiva. Un año después de esa absolución el fallo fue revisado por dos tribunales de la Cámara de Apelaciones: el primero revocó la absolución del juicio y el segundo confirmó la condena impuesta por los camaristas.

Ahora, por decisión unánime de un tribunal de primera instancia, Trigatti quedó detenido en prisión preventiva mientras se espera que el fallo quede firme. El primer voto fue del juez Lisandro Aguirre, quien remarcó que esta nueva sentencia agota las instancias recursivas, por lo que se incrementa el riesgo procesal de fuga.

A su turno, el juez Spekuljak valoró que "hoy no queda otra medida de cautelar el proceso penal" que imponer la prisión preventiva. Finalmente, el juez Carraro, también destacó que el cumplimiento de las medidas impuestas es la conducta esperable a cualquier persona sometida a un proceso penal, y que en las instancias que siguen (las Cortes Supremas provincial y nacional, y tribunales internacionales) no se discuten cuestiones probatorias sino de posibles violaciones durante el proceso penal de normas constitucionales o convenciones internacionales.

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Marcos Barceló, abogado defensor de Juan Trigatti

Marcos Barceló, abogado defensor de Juan Trigatti

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Caso Trigatti: de la absolución a la condena

El pedido de detención de Trigatti fue impulsado por los fiscales Matías Broggi y Jorgelina Moser Ferro y también por la querellante, Carolina Walker Torres que asiste a una de las víctimas. El mismo, surgió a partir del reciente fallo, resuelto el pasado viernes, en donde un tribunal de la Cámara de Apelaciones, integrado por los jueces Fabio Mudry, Fernando Gentile Bersano y Bruno Netri confirmaron la condena a 12 años de prisión del docente.

Dicha condena fue dictada por los camaristas Jorge Andrés, Sebastián Creus y Alejandro Tizón, los cuales revocaron la absolución que se le dictó al docente en 2024, tras un juicio oral y a puertas cerradas que se desarrolló en tribunales.

Apelación del caso Juan Trigatti 2
Gentile Bersano, Mudry y Netri, los jueces que confirmaron la condena contra Trigatti.

Gentile Bersano, Mudry y Netri, los jueces que confirmaron la condena contra Trigatti.

En aquella absolución, los jueces de primera instancia -Pablo Busaniche, Cecilia Labanca y Martín Torres- dieron por desestimada la acusación de la Fiscalía y querella y consideraron liberar de culpa y cargo a Trigatti por certeza negativa. Entre sus fundamentos, los magistrados resaltaron que las niñas involucradas en el caso fueron revicitimizadas y sus testimonios estuvieron contaminados al momento de declarar en cámara gesell.

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Cuando el fallo fue apelado, los jueces de la Cámara consideraron que los relatos de las niñas no estuvieron contaminados y fueron coherentes, espontáneos y suficientes para sustentar la responsabilidad penal de Trigatti. “No es admisible sostener que el testimonio infantil carece de validez por presunta influencia adulta sin pruebas objetivas”, entendieron los jueces que condenaron al profesor.

La sentencia fue apelada por la defensa de Trigatti, en el marco de una "apelación horizontal" en donde solicitó la absolución. Sin embargo, el fallo condenatorio fue luego revisado y confirmado por los camaristas Fernando Gentile Bersano, Fabio Mudry y Bruno Netri.