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Policiales abuso sexual | niña | Prisión domiciliaria

Caso Dolinsky: condenaron a 15 años de prisión domiciliaria y sin pulsera electrónica al empresario acusado de abusar de una niña

Este martes Alberto Dolinsky fue condenado como coautor del delito de abuso sexual gravemente ultrajante. La condena fue dispuesta por los jueces Sergio Carraro, Rodolfo Mingarini y Rosana Carrara.

El empresario Alberto Dolinsky fue condenado por unanimidad este martes a cumplir la pena de 15 años de prisión domiciliaria, sin pulsera electrónica. El tribunal pluripersonal integrado por los jueces Sergio Carraro, Rodolfo Mingarini y Rosana Carrara lo encontró coautor del delito de abuso sexual gravemente ultrajante por ser cometido por dos personas. Además, le atribuyeron el delito de promoción a la corrupción de menores agravado por ser en perjuicio de una persona menor de trece años de edad. La condena se dio a conocer este martes en una audiencia de la que Dolinsky y sus defensores participaron de manera virtual.

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Los jueces Sergio Carraro, Rodolfo Mingarini y Rosana Carrara establecieron la condena por unanimidad.

Los jueces Sergio Carraro, Rodolfo Mingarini y Rosana Carrara establecieron la condena por unanimidad.

El hecho ocurrido en enero de 2014, fue investigado por la fiscal Alejandra Del Río Ayala, quien durante el debate fue acompañada por su colega, Matías Broggi. Ambos habían pedido una pena de prisión efectiva de 15 años.

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La audiencia en la que se conoció la sentencia tuvo lugar este martes.

La audiencia en la que se conoció la sentencia tuvo lugar este martes.

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El empresario deberá cumplir la pena en prisión domiciliario por ser mayor de edad y alegar problemas de salud.

El abogado querellante, José Mohamad, quien representa a Luis, el papá de la niña y denunciante en la causa, y también a la víctima desde que cumplió la mayoría de edad, dijo desde el móvil de la radio en tribunales que aguardarán conocer los fundamentos de los jueces para mantener la prisión domiciliaria del condenado.

Mohamad explicó que Dolinsky ya venía cumpliendo esa modalidad de detención preventiva, y que el tribunal de juicio mantuvo la medida pero le revocó el permiso de salidas laborales. A la residencia del condenado sólo podrán ingresar profesionales de la salud. El letrado explicó también que la parte querellante se había ofrecido a afrontar el costo económico de una pulsera electrónica, y que probablemente el fallo sea revisado por la cámara de apelaciones.

A pesar de esto, Mohamad se mostró conforme de la sentencia condenatoria lograda, por el máximo de la pena que admite el delito de abuso sexual gravemente ultrajante, y recordó que la víctima de los hechos pidió hacer uso de la palabra en el juicio y le reclamó justicia a los jueces.

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El abogado querellante José Mohamad había solicitado que el condenado cumpla la pena en prisión

El abogado querellante José Mohamad había solicitado que el condenado cumpla la pena en prisión

Video ► La lectura de la sentencia y la palabra del abogado querellante desde el móvil en tribunales

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Los hechos

El abuso ocurrió el 2 de enero del 2014 en un hotel del centro de Santa Fe donde el imputado reside. En base a una cámara gesell, la pesquisa pudo establecer cómo habrían sucedido los hechos y qué responsabilidad tendría el propio acusado.

En su acusación, la Fiscalía sostuvo que la víctima, que para ese momento tenía 11 años, fue obligada a tomar whisky en el baño de la habitación del hotel y luego fue abusada. No obstante, también presenció el momento en que Dolinsky mantuvo relaciones sexuales con una mujer de nacionalidad brasileña.

“El acusado formaba parte del círculo más íntimo de confianza del padre de la víctima; había asumido –junto a la mujer extranjera– un deber de cuidado en relación a la niña; aprovechó la vulnerabilidad de la menor; la colocó en un total estado de indefensión y la expuso a un sinnúmero de riesgos físicos y psíquicos”, sostuvo la fiscal mediante el comunicado difundido.

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“Además, los motivos por los que delinquió no pueden ser justificados en razones altruistas o de necesidades económicas extremas, ni dirigidos a la protección de un bien jurídico, sino más bien que implican un acto claro de pedofilia”, agregó.

La fiscal hizo hincapié en que los delitos contra la integridad sexual “son de los más aberrantes que se pueden cometer contra una persona, en especial cuando las víctimas son niños y niñas”. En tal sentido, agregó que “no sólo por los derechos que se vulneran, sino también por lo traumático que resultan estas acciones y las consecuencias que producen o podrían producir a lo largo de la vida de una persona”.

La investigación de la fiscal incluyó a la mujer de nacionalidad brasilera, que también estaba al cuidado de la niña y que fue citada a audiencia imputativa a principios de 2018. “Esta mujer pidió una prórroga pero cumplido este plazo, al no presentarse ante la justicia se declaró su rebeldía y se pidió captura internacional”, manifestó Del Río Ayala y añadió que “la mujer fue detenida por Interpol en Brasil el 20 de julio de 2018, y su situación procesal tramitará ante la Justicia del vecino país”.

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