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Judiciales Corte Suprema | Patricia Bullrich | Mapuche

La Corte Suprema ratificó el sobreseimiento de Patricia Bullrich en una denuncia de la comunidad mapuche

La Corte Suprema dejó firme el cierre de la causa contra Patricia Bullrich, Pablo Noceti y tres jefes de Gendarmería.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme el cierre de una causa contra la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, su entonces jefe de gabinete, Pablo Noceti, y tres jefes de Gendarmería que fueron denunciados en 2017 por comunidades mapuche, luego de un operativo donde manifestantes bloqueaban el ingreso a Vaca Muerta.

Con la firma de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la Corte Suprema rechazó la presentación de Pedro Pugliese, defensor público de Victimas de la provincia de Neuquén, apoderado de las querellas, porque la queja fue interpuesta “en forma extemporánea”.

Cómo fue el operativo en Vaca Muerta

Todo ocurrió en junio de 2017, cuando Patricia Bullrich, Pablo Noceti y tres jefes de Gendarmería Héctor Luis Lager, Jorge Elías Mariani y Carlos Ariel San Emeterio fueron acusados de llevar adelante acciones represivas coordinadas contra el pueblo mapuche.

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Más de 50 efectivos se desplegaron con la excusa de brindar seguridad a unos operarios de la empresa estatal YPF. Al hacerlo, impidieron que los integrantes de la comunidad pudieran circular libremente en sus propias tierras, ya que los gendarmes bloquearon varios caminos de acceso. Por esta ocupación ilegal del territorio de la comunidad, los funcionarios públicos fueron acusados del delito de abuso de autoridad.

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La Corte Suprema rechazó la presentación de Pedro Pugliese, defensor público de Victimas de la provincia de Neuquén.

La Corte Suprema rechazó la presentación de Pedro Pugliese, defensor público de Victimas de la provincia de Neuquén.

El juez de Bariloche Gustavo Villanueva decidió sobreseer a los acusados por entender que Bullrich y Noceti estaban habilitados para actuar. Apelaciones mediante, el caso llegó a la Cámara Federal de Apelaciones de Neuquén que confirmó la decisión, con la firma de los jueces Mariano Roberto Lozano y Richard Fernando Gallego que determinaron que el bloqueo a la comunidad se hizo de manera administrativa y no requería de una orden judicial. Puso como ejemplo los cortes de calles que se hacen para los espectáculos deportivos para entender que tenía las facultades para cortar el paso sin una orden judicial.

“De ningún modo puede sostenerse, a modo de regla general, que una orden que dispone una restricción para la circulación de un grupo indeterminado de personas, en cierto lugar y por un tiempo limitado, deba necesariamente emanar de un magistrado del poder judicial”, dijeron los jueces que intervinieron. También consideraron las facultades que tiene el funcionario a cargo del Ministerio de Seguridad de la Nación para impartir órdenes a la Gendarmería Nacional para que actúe en cualquier lugar del país”.

El fallo destacó además que fue “la empresa YPF la que solicitó la intervención del Ministerio de Seguridad de la Nación ante la necesidad de llevar a cabo tareas de mantenimiento y/o reparación en dos locaciones, la 22 y la 138, donde tiene lugar la explotación de hidrocarburos que le fue concesionada por la Provincia de Neuquén”.

Y señaló que hizo ese pedido debido a que había experimentado en días anteriores la intervención de un grupo de personas, que serían integrantes de la Comunidad Mapuche Lof Campo Maripe, quienes impidieron el ingreso de los operarios de la empresa a otras locaciones a modo de protesta o reclamo por el conflicto que mantienen con la misma provincia a quien le vienen pidiendo, por el momento con suerte adversa, el reconocimiento de los derechos

El Defensor Público de Víctimas, en representación de las querellantes Olga Mabel Campo y Lorena Noemí Bravo, llegaron en apelación a Casación. Cuestionaron que se hubiera puesto en duda su posesión sobre las tierras. Pero en diciembre del 2023 los jueces Carlos Mahiques, Diego Barroetaveña y Daniel Petrone declararon inadmisible el recurso.

Contra esa decisión, la Defensoría buscó llegar en queja a la Corte Suprema, pero la presentación, dijo la Corte Suprema, fue interpuesta fuera de los plazos previstos.