A través del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, el máximo tribunal dejó firme la condena dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de Mendoza que rechazó el planteo de nulidad y exclusión probatoria y condenó a Osvaldo Flores Videla a la pena de 5 años y 6 meses de prisión como partícipe primario del delito de contrabando de estupefacientes, en grado de tentativa, agravado por haber intervenido en el hecho más de tres personas.
Además de Flores Videla, en la maniobra habrían tomado pare Marcos Antonio Guevara Sosa y Fabrina Anley Guzmán Escobar, quienes habían viajado desde Mendoza, hacia el paso fronterizo no habilitado “Los Gomones”, en la provincia de Salta e ingresar al país desde el Estado Plurinacional de Bolivia, la cantidad de 40 paquetes que contenían 41,483 kilogramos de cocaína.
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El plan criminal fue frustrado por el accionar del Escuadrón 20 “Orán” de Gendarmería Nacional Argentina sobre la margen derecha del Río Bermejo, aproximadamente, a 500 metros del Paso Internacional Puerto Chalonas.
En tanto, el máximo tribunal también rechazó los recursos de las defensas y así confirmó la condena dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy contra Luis Hernán Ibañez Colque a la pena de 6 años y 5 meses de prisión como autor del delito de transporte de estupefacientes, agravado por la intervención de tres o más personas.
Los hechos tuvieron se desarrollaron en la localidad de Tumbaya, cuando personal de la Brigada de Narcotráfico de La Quiaca se encontraba realizando un patrullaje divisaron a los lejos –con binoculares- a tres personas vestidas con uniforme camuflado militar. Cada uno de ellos portaba mochilas grandes. Cuando los uniformados se acercaron, los sospechosos se dieron a la fuga y arrojaron las mochilas. Tras recorrer unos cinco kilómetros, uno de ellos, Ibáñez Colque, fue detenido.
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La Corte Suprema dejó firme la condena contra una banda que cultivaba cannabis y lo vendía en Venado Tuerto. (Imagen ilustrativa)
En las mochilas había 34 kilos de cocaína básica, un arma de fuego de uso civil marca Bersa Thunder 9, elementos de subsistencia en la intemperie, comida en lata, hojas de coca, medicamentos, ungüento, distintos tipos de golosinas, ocho mil (8.000) pesos argentinos, entre otras cosas.
La defensa de Ibañez Colque apeló a la Cámara Federal de Casación Penal, que rechazó el planteo y ahora llegó con un recurso de queja a la Corte Suprema de Justicia, que también desestimó la presentación con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
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En tanto, la Corte Suprema también entendió inadmisible el planteo de las defensas en la causa por la que fueron condenados Jorgelina Daiana Carossi, Maximiliano Ramírez y Héctor Javier Guida. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 1 de Rosario había aplicado las penas de 6 años de prisión para Carossi y Guida, como autores del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de cultivo de plantas, guarda de semillas y comercio de estupefacientes, agravado por la intervención de tres o más personas, mientras que a se le había impartido 4 años de prisión a Ramírez como autor del delito de comercio de estupefacientes. Se tuvo por probado que los imputados mencionados comercializaron estupefacientes, en la ciudad de Venado Tuerto, entre noviembre de 2018 y diciembre de 2019.