En julio de 2011, un año antes de que el Congreso sancionara la Ley de Identidad de Género, Alejandra Ironici se convertía en la primera santafesina en obtener el aval para poder tramitar su DNI de acuerdo a su identidad de género autopercibida, que difería de la asignada arbitrariamente al momento de su nacimiento.
Este acto administrativo fue posible gracias al dictamen del entonces Fiscal de Estado de la provincia de Santa Fe, Jorge Barraguirre, quien en un extenso escrito expuso todos los fundamentos por los que resultaba "jurídicamente imperativo reconocer el derecho humano de Alejandra Selenia Victoria Ironici a tener inscriptos formalmente su nombre y su identidad de género en su Documento Nacional de Identidad, en su partida de nacimiento y en todos aquellos otros registros públicos donde corresponda".
Su nuevo DNI fue otorgado el 12 de marzo de 2012 por el gobernador Antonio Bonfatti, en un emotivo acto realizado en la Casa de Gobierno de Santa Fe. Tras conocerse la noticia del transfemicidio, el exmandatario recordó el momento y la homenajeó a través de sus redes sociales.
La lucha de Alejandra había comenzado tres años antes, luego de perder su empleo en un contexto de discriminación por su identidad de género. Recurrió a la entonces Secretaría de Derechos Humanos de la provincia, encabezada por Rosa Acosta, luego de que el Registro Civil hubiera negado la posibilidad de rectificar las partidas y el DNI tras declararse incompetente para resolver en la materia.
La Secretaría se comprometió a acompañarla y dictaminó que los derechos constitucionales de Alejandra Selenia Victoria Ironici se encontraban vulnerados y que correspondía hacer lugar al requerimiento de la peticionante, rectificándose la partida de nacimiento y ordenando la correspondiente emisión de un nuevo DNI.
En el mismo sentido, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos reconoció que Ironici tenía derecho al cambio solicitado, aunque advertía que dicho acto administrativo requería de homologación judicial.
Con estos antecedentes, Barraguirre se hizo eco del pedido y el 10 de julio de 2011 firmó un extenso y pormenorizado dictamen, en el que determinó que quedaba habilitada la vía para que el Poder Ejecutivo Provincial, por vía del acto administrativo que correspondiera, reconociese la identidad de género de Alejandra Ironici y ordenara la correlativa modificación de su DNI y partida de nacimiento.
Autonomía, igualdad e identidad, tres derechos que deben respetarse
En su dictamen, el entonces Fiscal de Estado de la provincia de Santa Fe advirtió que eran tres los derechos fundamentales que resultaban vulnerados a partir de la negación de un DNI confeccionado de acuerdo a la identidad de género autopercibida: autonomía, igualdad e identidad, tres derechos consagrados y protegidos tanto por la Constitución Nacional como por la Constitución Provincial.
"El principio de autonomía personal se encuentra receptado en el artículo 7 de la Constitución provincial y también en el artículo 19 de la Constitución Nacional. Este principio manda a asegurar las condiciones para el desenvolvimiento significativo de un plan de vida personal sin interferencia estatal en todo lo que se circunscribe a la esfera de autorreferencia del sujeto y que por tanto queda fuera del ámbito de la moralidad intersubjetiva. La identidad de género, tal como resulta autopercibida por cada persona, forma parte crucial de y estructura el proyecto personal que el derecho constitucional protege", señala el escrito.
Y agrega: "La garantía constitucional de la autonomía afirma la ilegitimidad de reprimir jurídicamente la diversidad de identidades de género que las personas pueden adoptar. Es un compromiso constitucional que implica la abstención valorativa en materia de opciones de género y sexualidad".
Siguiendo con la argumentación, Barraguirre señala que "la falta de reconocimiento por parte del Derecho de las construcciones identitarias diferentes, alternativas o disidentes no se agota en una cuestión cultural, sino que tiene consecuencias socioeconómicas importantes y ello también impacta a nivel de los derechos" por atentar contra el principio de igualdad.
"La falta de reconocimiento favorece la exclusión y precarización de los colectivos no heteronormativos en el marco de las relaciones económicas comunitarias. Esto resulta visible de un modo especial en el ámbito de las relaciones de trabajo, donde la falta de reconocimiento de la identidad subjetiva de género fortalece las prácticas cristalizadas (...). Así, se dificulta el acceso de las personas trans al circuito laboral formal, condenándolas a menudo o bien a tareas precarias ejercidas sin registro institucional (y, por lo tanto, sin ninguno de los beneficios ni las protecciones asignadas al trabajo formal) o incluso a la prostitución", explica el dictamen.
"La ausencia de reconocimiento estatal de la identidad de género de las personas trans, así como del resto de las personas con identidades no normativas desde una perspectiva sociosexual, opera como una de las causas eficientes en la producción de su marginación comunitaria y pobreza económica", señala con contundencia.
El escrito apunta que "el tercer derecho fundamental que se encuentra en juego es el derecho a la identidad (...), expresamente reconocido en el artículo 75 inciso 19 de la Constitución Nacional, que reconoce entre las atribuciones del Poder Legislativo Nacional dictar leyes que protejan la identidad y pluralidad cultural".
En este pasaje, Barraguirre cita al dictamen previo emitido por la Subsecretaría de Derechos Humanos y recuerda que "la identidad sexual es uno de los aspectos más importantes de la identidad personal pues se halla presente en todas las manifestaciones de la personalidad del sujeto y, como anticipáramos, tiene protección constitucional".
La necesidad de reparar los daños sufridos
Hacia el final del escrito, se recuerda que "Alejandra ha desarrollado desde temprana edad, de manera constante, una identificación de tipo femenino a pesar de haber sido registrada bajo el sexo masculino, y esta disonancia ha redundado en persistentes situaciones de discriminación y exclusión laboral y social", haciendo referencia a la ocasión en que no pudo asumir el cargo en el hospital Iturraspe, para el cual había concursado oportunamente, a su decisión de abandonar la carrera de Ciencias Económicas por las constantes burlas y segregación que sufría y al despido laboral que sufrió en 2009 porque sus empleadores argumentaron que los vecinos criticaban la presencia de una travesti en el taller de costura.
El dictamen reitera que todos los elementos incluidos en el expediente avalan "a) la condición femenina persistente y estable de Alejandra; b) su completa claridad respecto del sentido y alcance de su reclamo de rectificación de partidas civiles; c) su compromiso colectivo con la lucha por el reconocimiento de la identidad de género de las personas transexuales en el territorio de la provincia; y d) su sostenido padecimiento de marginación y discriminación por no contar con ese debido reconocimiento".
"Por lo tanto resulta jurídicamente imperativo reconocer el derecho humano de Alejandra Selenia Victoria Ironici a tener inscriptos formalmente su nombre y su identidad de género en su documento nacional de identidad, en su partida de nacimiento y en todos aquellos otros registros públicos donde corresponda, a su sola requisitoria", concluye el texto.
El dictamen de Jorge Barraguirre, fechado en julio de 2011
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