Tres perros galgos serán representados ante la ley por una abogada, en un juicio por maltrato animal por el que hay siete personas imputadas. La Justicia de Neuquén consideró a los canes como víctimas en un fallo dado a conocer en junio pasado y que no tiene precedentes en el país, lo que significa un gran avance en la defensa de los derechos de cualquier animal no humano.
Noraly Melo es el nombre de la abogada querellante que representará a los galgos tras el pedido del fiscal Maximiliano Breide Obeid de la Fiscalía de Delitos Ambientales y Leyes Especiales de Neuquén.
A diferencia de otros casos en Argentina en los que suelen presentarse como querellantes ciertas instituciones que tienen en sus estatutos el poder para ser querellantes en causas penales, la abogada Melo -que tiene la guarda de los tres perros galgos- se presentó de manera particular y fue aceptada, según explicó Breide Obeid en diálogo con Aire Digital.
El funcionario judicial argumentó que "la fiscalía entendió que Melo estaba legitimada porque las leyes penales de maltrato, crueldad y la de carrera de galgos tiene a los perros y otros animales como víctimas. El problema es que son víctimas para el derecho penal, pero en el procesal no se los consideraba así, sino como bienes".
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Concretamente, al momento de establecer quién es la víctima, estas leyes vigentes en Argentina no hablan de "persona", sino de "el afectado por el delito". "La interpretación que hice es que en este caso es un animal el afectado, así que debe ser considerado víctima y, por ende, tiene derecho a ser representado por un abogado, ya que él no puede ejercer los derechos", dijo Breide Obeid.
Con esta nueva interpretación, "cualquier persona que pueda demostrar cierta legitimación sobre el animal -Melo tiene la custodia de los perros- se puede presentar como querellante en representación de cualquier animal", continuó.
Finalmente, el novedoso pedido del fiscal fue avalado por el juez que intervino.
Sin demasiados tecnicismos, el fallo del juez significa un enorme avance en la defensa de los animales no humanos.
No hubo otro caso igual en el país. Lo más similar fue el hábeas corpus que se presentó en Buenos Aires por el caso de la orangutana Sandra, que a partir de esa disputa judicial fue trasladada a un santuario de Brasil. En ese caso se habló por primera vez de un animal no humano como sujeto de derecho, aunque distinto a las personas.
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Para el fiscal, la representación de los tres perros galgos por parte de un particular puede generar cambios en las leyes de derecho animal que rigen en la Argentina. Sin embargo cree que "no hace falta" cambiar esta ley. "Es sólo cuestión de interpretación", sostuvo y aclaró que sí es necesario agravar las penas en las leyes de maltrato y crueldad animal -la máxima condena es de un año de prisión- algo que tiene incipientes avances en el Congreso nacional.
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