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Sociedad género |

Acoso callejero: media sanción para que sea considerado delito, con multas de hasta 30.000 pesos

No es un piropo, es acoso. Es el primer eslabón de una larga cadena de violencias contra las mujeres y distintas identidades de género que debe ser prevenida y erradicada de la sociedad.

Disfrazados de piropos, los comentarios machistas procedentes de desconocidos no son otra cosa que acoso callejero. Es una de las formas más naturalizadas, invisibilizada y legitimada de violencia contra las mujeres. Es por eso que la Cámara de Diputados aprobó por amplia mayoría y giró al Senado un proyecto que tipifica el acoso callejero y establece multas económicas de hasta 30.000 pesos para quienes cometan ese delito contra la integridad sexual.

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La presidenta de la Comisión de Legislación Penal, Gabriela Burgos (UCR), y la legisladora Victoria Donda (Somos), celebraron la sanción de esta iniciativa. "Lo que este proyecto busca es desnaturalizar actos de violencia hacia la mujer y toda persona que sea víctima, eliminando conductas prehistóricas, sentenciando con multas económicas a quienes la ejerzan. Debemos concientizar sobre este tipo de acciones que denigran y humillan principalmente a las mujeres", expresó Burgos.

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El proyecto pena con una multa de 1.000 a 15.000 pesos a quienes "en lugares públicos o de acceso público, mediante gestos, expresiones, palabras, contacto físico o arrinconamiento no consentido, con connotación sexual, perturbare la dignidad, libertad, integridad física, psicológica, sexual o el libre tránsito de una persona, con motivo del género, orientación sexual, identidad de género o su expresión y siempre que el hecho no constituyere un delito más severamente penado".

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Si la víctima fuese menor de 18 años, la multa será de 5.000 a 30.000 pesos, señala el proyecto, que aclara que "el mismo monto se aplicará si el autor fuere funcionario público o miembro de una fuerza de seguridad, policial o penitenciaria".

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Ademas de la multa, se aplicará como medida accesoria la "obligatoriedad por parte del condenado de realizar talleres o encuentros orientados a la educación, concientización y erradicación del acoso sexual callejero y la violencia de género por un plazo no menor a tres meses", completa la norma.

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