El gobernador de Santa Fe, Omar Perotti, anunció nuevas medidas en la provincia a partir del lunes, ya que el próximo domingo vencen las restricciones de Nación que establecen el aislamiento estricto. El mandatario aseguró que todo el territorio provincial "vuelve a las restricciones previas al DNU nacional", es decir, las que habían funcionado solo jueves y viernes antes del aislamiento. En ese sentido, habrá nuevas habilitaciones para el comercio y los gastronómicos, pero las clases presenciales continuarán suspendidas.
Las medidas estarán vigentes desde el 31 de mayo hasta el 6 de junio, pero el fin de semana del 4 y 5, entrará en vigencia el aislamiento estricto dispuesto por el gobierno nacional. Además durante todo el período, las autoridades locales pueden aplicar mayores restricciones.
Actividades suspendidas:
-Reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para el grupo conviviente y para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
- Reuniones sociales en espacios públicos al aire libre.
- Práctica recreativa de deportes grupales de contacto en espacios cerrados o al aire libre.
- Funcionamiento de clubes, natatorios, gimnasios y otros establecimientos afines, incluyendo los destinados a la práctica del denominado "Fútbol 5"; comprendiendo a las actividades en modalidad entrenamiento y las que puedan desarrollarse al aire libre.
- Funcionamiento de locales de eventos o de juegos infantiles y otros establecimientos afines, en espacios cerrados o al aire libre, comúnmente denominados miniclubs o peloteros.
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- Competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales, mediante
-Realización de todo tipo de actividades y eventos religiosos, tanto en lugares cerrados como al aire libre, sean públicos o privados.
- Discotecas y salones de eventos, de fiestas y similares.
- Actividades de salas de juego en casinos y bingos.
- Locales comerciales, cines, bares, restaurantes, patios de comidas y espacios de juegos infantiles ubicados en centros comerciales, paseos comerciales o shoppings y demás establecimientos similares; salvo para locales (a excepción de los cines), que tuvieran ingresos y egresos exteriores independientes, a los que pueda accederse sin transitar por los espacios interiores de circulación donde se ubican los comercios, sin habilitar corredores internos entre las zonas.
- Cines, teatros, centros culturales, salas y complejos cinematográficos y otros establecimientos afines, incluidos los que funcionen al aire libre.
- Realización de eventos culturales y recreativos relacionados con la actividad teatral y música en vivo que impliquen concurrencia de personas en lugares cerrados o al aire libre;
- Actividad complementaria en forma presencial de artistas en los bares y restaurantes durante el horario autorizado para su funcionamiento.
- Actividad artística y artesanal a cielo abierto, en plazas, parques y paseos. No queda alcanzada por la suspensión dispuesta la actividad de las ferias francas de comercialización de productos alimenticios.
- Actividad hípica en hipódromos.
- Asambleas y actos eleccionarios de personas jurídicas públicas y privadas, en forma presencial. Solo podrán realizarse en forma remota.
- Pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, actividades de los clubes deportivos vinculados a las mismas y de las guarderías náuticas, a los fines del retiro y depósito de las embarcaciones.
- Navegación recreativa o deportiva, en cualquier tipo de embarcación.
Actividades que deberán realizarse por teletrabajo y con guardias mínimas:
-Ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros debidamente matriculados e inscriptos. No quedan comprendidos en éste inciso los profesionales de la salud, los del notariado, que deban realizar diligencias definidas como esenciales en la emergencia y los profesionales del derecho, en el caso de deber instar medidas de urgente diligenciamiento que no puedan realizarse de manera remota y cuya demora pueda producir la pérdida de un derecho.
-Actividad inmobiliaria y aseguradora.
- Actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales, empresarias, cajas y colegios profesionales, entidades civiles y deportivas, obras sociales y de universidades nacionales y privadas con sedes en el territorio provincial.
- Actividades administrativas de las empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios.
Actividades permitidas:
-Comercio mayorista y minorista de venta de mercadería con atención al público hasta las 17 con ocupación del 30%.
-Comercio mayorista y minorista de venta de productos alimenticios y farmacias hasta las 19 con ocupación del 30%.
-Locales gastronómicos hasta las 19. Después podrán realizar entregas bajo modalidad de delivery o take away. La ocupación no deberá superar el 30%.
-Actividad de los permisionarios (agentes y subagentes) de la Caja de Asistencia Social Lotería de Santa Fe para la comercialización de los juegos oficiales, hasta las 17), quedando suspendidas las mismas el día 5 de junio de 2021.
Restricción vehicular
En Santa Fe queda restringida la circulación vehicular en la vía pública todos los días de la semana, desde las 18 hasta las 6. En el horario establecido de restricción de la circulación vehicular en la vía pública, la concurrencia para la realización de actividades habilitadas deberá ser siempre hacia locales de cercanía y sin la utilización de vehículos.
Hay actividades exceptuadas de la restricción vehicular:
-La estrictamente necesaria para realizar actividades definidas como esenciales en la emergencia, incluidas las situaciones de fuerza mayor.
- Los desplazamientos desde y hacia los lugares de trabajo de los que desarrollan actividades habilitadas, incluidos los de los propietarios de los locales o establecimientos.
- La concurrencia a los establecimientos educativos del personal escolar, cuando así fuera dispuesto por las autoridades aún mediando suspensión de las actividades presenciales.
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