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Salud Coronavirus | aislamiento | cuarentena

Los detalles del decreto que extiende la cuarentena hasta el 7 de junio

El gobierno oficializó el domingo la prórroga de la cuarentena a través del Decreto N° 493. El documento establece las normas sobre las que rige la continuidad del aislamiento hasta el 7 de junio.

El Gobierno publicó este lunes el Decreto de Necesidad y Urgencia que extiende la cuarentena. En apenas 7 artículos, proclama no sólo su continuidad sino también la de "toda la normativa complementaria dictada respecto" del ASPO, cuyo objetivo es combatir la pandemia del coronavirus.

Como corresponde a todo DNU, fue firmado por todos los ministros. Lo que hace es prorrogar la "emergencia pública en materia sanitaria" establecida a través del decreto 260/2020, el primero en alinearse a la emergencia dictada por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

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Así lucía la costanera santafesina horas antes del anuncio de extensión de cuarentena del presidente Alberto Fernández.

Así lucía la costanera santafesina horas antes del anuncio de extensión de cuarentena del presidente Alberto Fernández.

El DNU 493, que lleva la firma de todo el gabinete de ministros, dispuso extender hasta "el día 7 de junio de 2020, inclusive," la vigencia del Decreto N° 297, que estableció la cuarentena el 20 de marzo y fue prorrogado en sucesivas oportunidades. También se prorroga hasta esa fecha "toda la normativa complementaria dictada respecto del aislamiento social, preventivo y obligatorio".

En los considerandos del DNU, se señala que las medidas adoptadas "han permitido, hasta el momento, contener la epidemia, por la aparición gradual y detección precoz de casos y por la implementación de las acciones de control ante casos con menor tiempo de evolución, registrándose una disminución en la velocidad de propagación en una gran parte del país, y habiéndose evitado, hasta la fecha, la saturación del sistema de salud, a diferencia de lo sucedido en otros lugares del mundo".

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Agrega que "se estima que se deben seguir adoptando decisiones que procuren reducir la velocidad de los contagios y la morbimortalidad, continuando con la adecuación del sistema de salud para mejorar su capacidad de respuesta".

Destaca, en otra parte de las 11 páginas que, "el objetivo del aislamiento social, preventivo y obligatorio ha sido y sigue siendo la recuperación del mayor grado de normalidad posible en cuanto al funcionamiento económico y social, pero con fuerte monitoreo de la evolución epidemiológica, especialmente en aquellas situaciones que requieren un abordaje especial y diferencial, para contener en forma oportuna y suficiente la demanda creciente de casos y las particularidades de cada situación".

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Pedro de Vega y Aristóbulo del Valle, un sábado de cuarentena y con salidas recreativas.

Pedro de Vega y Aristóbulo del Valle, un sábado de cuarentena y con salidas recreativas.

Finalmente decreta, en su artículo primero: "Prorrógase hasta el día 7 de junio de 2020 inclusive, la vigencia del Decreto N° 297/20, que fuera prorrogado por los Decretos 325/20, 355/20, 408/20 y 459/20. Asimismo, prorrógase hasta dicha fecha la vigencia de toda la normativa complementaria dictada respecto del "aislamiento social, preventivo y obligatorio", desde la entrada en vigencia del Decreto N° 297/20, hasta el día de la fecha.

Y en su artículo segundo: "Prorrógase hasta el día 7 de junio de 2020 inclusive, la vigencia del Decreto N° 459/20 y de toda la normativa complementaria dictada respecto del "aislamiento social, preventivo y obligatorio", desde la entrada en vigencia del mismo, hasta el día de la fecha.

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