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Salud

Las hormonas para personas trans deberán ser cubiertas por prepagas y obras sociales

A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial dispusieron la cobertura total por parte de los agentes de salud, un día después de que el Gobierno revocara el nuevo protocolo para el aborto no punible.

La Secretaría de Salud incorporó al Programa Médico Obligatorio (PMO) el tratamiento hormonal para reafirmar la identidad de género de acuerdo a la autopercibida. La resolución fue publicada en el Boletín Oficial de este jueves y determina que la cobertura deberá ser cien por ciento gratuita y tanto prepagas como obras sociales estarán obligadas a cumplir el tratamiento.

De acuerdo con la resolución 3159/2019, la Secretaría que conduce Adolfo Rubinstein ordenó la “cobertura al cien por ciento para los pacientes bajo tratamientos hormonales integrales que tienen por finalidad cambiar los caracteres secundarios que responden al sexo gonadal para adecuación de la imagen al género autopercibido”.

Ley de Identidad de Género
¿Qué dice la Ley de Identidad de Género? Infografía de Fundación Huésped.

¿Qué dice la Ley de Identidad de Género? Infografía de Fundación Huésped.

La norma que busca garantizar derechos de las personas trans fue publicada al día siguiente del protocolo para garantizar la Interrupción Legal del Embarazo (ILE), que horas más tarde el presidente ordenó dar marcha atrás.

El tratamiento incluye los fármacos ya garantizados anteriormente (Acetato de ciproterona, Testosterona gel, 17ß-estradiol gel, Valerato de estradiol, Espironolactona, Undecanoato de testosterona y triptorelina) e incluye nuevos: Acetato de ciproterona 50 mg, Testosterona gel 1%, Undecanoato de testosterona 1000 mg, triptorelina 3,75 mg y triptorelina 11,25 mg.

Ley de Identidad de Género
Diversidad sexual y género. Información de Fundación Huésped.

Diversidad sexual y género. Información de Fundación Huésped.

La norma hace referencia al derecho a la identidad de género que tienen todas las personas, entendida como “la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento”.

La normativa "garantiza el acceso a los tratamientos hormonales integrales como parte del derecho al libre desarrollo personal y establece que dichos tratamientos quedan incluidos en el PMO" por lo cual "los servicios de salud, tanto del sistema público como de los sistemas privado y de seguridad social, deben incorporarlos a sus coberturas".

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