Las miradas del país están puestas en lo que pase en la reunión entre los gobernadores y el presidente Alberto Fernández en la Quinta de Olivos. Allí, el mandatario tomaría la decisión de declarar la cuarentena obligatoria para frenar la pandemia del coronavirus en la Argentina.
Para ello, Fernández utilizaría un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), por lo que continúa en contacto permanente desde esta mañana con el área de Legal y Técnica de la Nación, según informó Noticias Argentinas. Los detalles del decreto presidencial que se aplicará en los próximos días todavía estaban en discusión.
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El encuentro comenzó a las 17 en la residencia presidencial, donde luego de la cumbre clave se realizará una conferencia con los anuncios que restringirán aún más la circulación de los ciudadanos.
A cargo de la letra chica de la medida se encontraba la secretaria de Legal y Técnica, Vilma Ibarra, que por estas horas ultima los pormenores del texto.
De la reunión con Fernández se esperaba la participación del jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, y todos los gobernadores, aunque el de Catamarca, Raúl Jalil, estará por videoconferencia, ya que se encuentra aislado por haber viajado al exterior.
Una de las mayores incógnitas gira en torno a la duración de la cuarentena obligatoria. Las primeras informaciones indican que la medida se extendería al menos por diez días, aunque ello dependerá de cuánto pueda aplanarse la curva de contagios o víctimas fatales a través del contacto social. De incrementarse estos índices, el aislamiento decretado podría prolongarse.
El principal objetivo que persigue el presidente con las medidas que se anunciarán desde la Quinta de Olivos, es incentivar y obligar el distanciamiento social y evitar los espacios públicos.
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Los grupos que estarían exentos de la cuarentena, serían en principio las personas que componen las fuerzas de seguridad, policías provinciales, bomberos, empleados de servicios públicos -se mantendrán guardias mínimas en hospitales- y comercios de venta de alimentos, productos de primera necesidad y farmacias.
Sólo podrá abandonarse el domicilio particular en caso de extrema necesidad, como compra de productos necesarios o emergencias médicas.
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