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Policiales femicidio |

Prisión perpetua a Miguel Pastorutti por el femicidio de Romina Saavedra

Saavedra fue asesinada el 9 de diciembre de 2013. Pastorutti la interceptó cuando ella se iba al Registro Civil para hacer trámites, la encerró en su casa, trabó puertas y ventanas con muebles y con la heladera. Después prendió el gas y la mató de 25 puñaladas.

Los jueces Ismael Manfrín, Julio Kesuani y Edgardo Fertitta condenaron a prisión perpetua a Miguel Ángel Pastorutti por el femicidio de Romina Saavedra ocurrido en 2013 en San Lorenzo.

Según explicó a la prensa la fiscal del caso Cristina Herrera, Pastorutti fue considerado culpable por los delitos de homicidio calificado por ser la pareja la víctima, por alevosía, ensañamiento y por femicidio.

Saavedra fue asesinada el 9 de diciembre de 2013. Pastorutti la interceptó cuando ella se iba al Registro Civil para hacer trámites, la encerró en su casa, trabó puertas y ventanas con muebles y con la heladera. Después prendió el gas y la atacó.

La hermana de Romina y dos personas que fueron a socorrerla tras escuchar gritos adentro de esa casa la encontraron quemada de la cintura para arriba. Cuando intentaron sacarla de los pies del lugar, Pastorutti se abalanzó sobre la víctima y le asestó 25 puñaladas con un cuchillo de 20 centímetros.

La fiscal Herrera dijo por Emergencias 911 que el perfil del hombre no encuadraba con el de “trastornado” sino con el de femicida, y que desde un primer momento abordaron el caso como un crimen en el marco de una situación previa de violencia de género. Por ese motivo solicitó 35 años de cárcel.

Herrera señaló detalles que demuestran lo aberrante del hecho recordó que el asesinato tuvo numerosos testigos: los propios hijos de Romina y los vecinos y familiares que intentaron ayudarla. “Uno de los vecinos estuvo un año en terapia y contaba que no podía dormir porque cuando cerraba los ojos escuchaba en su mente el ruido del cuchillo penetrando en la carne de Romina y desgarrándole la laringe”, indicó la entrevistada.

La defensa planteó una situación de inimputabilidad, ya que el acusado decía no recordar lo sucedido. Todas las pericias que se realizaron fueron coincidentes en sus conclusiones: su amnesia no era real y los actos previos al momento que él decía no recordar eran totalmente coherentes: por ejemplo, el haber trabado la puerta para impedir que terceras personas puedan asistir a la víctima.

“Sigue costando en el ámbito judicial poner en los jueces la perspectiva de género. En este caso, fueron tres jueces varones que pudieron verlo y pudieron valorar las denuncias previas realizadas por Romina en vida y los testimonios de sus hijos, que relatan situaciones de violencia previa”, agregó la fiscal.

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