El nuevo Decreto reglamentario de la ley 27.350, de cannabis medicinal, firmado este jueves por el gobierno nacional no sólo vino a corregir falencias de su primera implementación, sino que salda reclamos históricos de los usuarios y cultivadores de cannabis con fines terapéuticos.
La nueva reglamentación además de autorizar el autocultivo y el cultivo solidario, también amplía – o mejor dicho, libera- las patologías que podrían ser tratadas con esta medicina.
Ahora resta establecer –mediante resoluciones ministeriales- algunos detalles que son de importancia como la cantidad de plantas que puede tener un cultivador, los trámites que debe realizar un paciente ante las obras sociales para contar con la cobertura médica y otras cuestiones vinculadas a la logística que representa implementar la ley a nivel nacional.
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Sin embargo, hay un artículo del Decreto que resalta la importancia de la Ordenanza N° 12. 724, sancionada por el Concejo Municipal de Santa Fe el pasado mes de agosto que aún no está reglamentada.
El artículo 8° del Decreto nacional crea el denominado REPROCANN (Registro del Programa de Cannabis) quien será el encargado de registrar, con el fin de emitir la correspondiente autorización, a los pacientes que acceden a través del cultivo controlado a la planta de cannabis y sus derivados.
Los pacientes podrán inscribirse para obtener la autorización de cultivo para sí, a través de un o una familiar, una tercera persona o una organización civil autorizada por la Autoridad de Aplicación.
Pero la clave está en el párrafo que indica que “la Autoridad de Aplicación podrá coordinar con las jurisdicciones locales que hubieran adherido a la Ley N° 27.350 que lleven sus propios registros y expidan las autorizaciones correspondientes, debiendo informar las mismas al Ministerio de Salud”.
En ese sentido, es importante mencionar que, salvo Córdoba, Formosa y Caba, adhirieron a la Ley 27.350. Aún más, Santa Fe había sancionado una ley provincial previo a la sanción de la ley nacional que autoriza el uso terapéutico y paliativo del cannabis, y regula la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados, pero sin contemplar el autocultivo.
Registros
Eso significa que, una vez que se reglamente la Ordenanza, Santa Fe podrá registrar y emitir la autorización para los usuarios que necesiten cultivar cannabis con fines terapéuticos. Para eso, es necesario que el Ejecutivo Municipal reglamente la Ordenanza, establezca quién será la autoridad de aplicación –sería la Secretaría de Cuidados- y convoque al Consejo Asesor.
El Consejo Asesor no sólo registrará y emitirá las autorizaciones a los usuarios y cultivadores, sino que, además deberá desarrollar campañas de información y difusión junto con las Consultorías Cannábicas.
La ciudad de Santa Fe cuenta con organismos e instituciones públicas de alto nivel científico y médico que permitirían una óptima implementación de estas medidas que garantizan el acceso a la salud mediante el cannabis. El Laboratorio de Medicamentos de la Facultad de Cs. Biológicas y Bioquímicas de la UNL recibió en el mes de agosto la autorización de la Anmat para realizar los análisis de los aceites, mientras que el LIF –Laboratorio Industrial Farmacéutico- sería el organismo estatal encargado de producir y elaborar los aceites y otros derivados de la planta. Además, se cuenta con el Conicet, quien colabora con el desarrollo de conocimientos científicos.
En diálogo con Aire Digital, el concejal y autor de la Ordenanza santafesina, Guillermo Jeréz celebró el Decreto firmado por Nación y destacó que “el Decreto reglamentario se ajusta, casi milimétricamente, al artículo 4° de nuestra Ordenanza, que crea el registro de usuarios en coordinación con las autoridades nacionales”.
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“Es urgente que el Municipio reglamente la Ordenanza y designe a la autoridad de aplicación y se convoque urgente al Consejo Asesor para comenzar a implementar la Ordenanza”, remarcó el edil a la vez que advirtió que “a la luz del Decreto, ésta Ordenanza es factible y realizable. Santa Fe puede ser modelo en garantizar el derecho a la salud de los usuarios de cannabis con fines terapéuticos”.
Sobre la necesidad de contar con el Consejo asesor, Jeréz explicó que “en ese consejo están los principales actores de la ciudad y de la provincia para pensar otras políticas públicas que se contemplan en el Decreto”.
Por último, el concejal aseguró que, en materia de estructura, en Santa Fe “hay condiciones excepcionales para el desarrollo del cannabis terapéutico como en pocas ciudades del país. Está la Ordenanza, están los actores y la estructura. Está todo dado paras que la Ordenanza se implemente y Santa Fe sea un modelo en garantizar el acceso a la salud”.
Visita al Laboratorio de Medicamentos
Días atrás, el concejal Jeréz y otros ediles de la ciudad concurrieron al Laboratorio de Medicamentos de la Facultad de Cs. Biológicas y Bioquímicas de la UNL, donde ya está todo listo y en funcionamiento para comenzar a realizar los análisis de los aceites que produzcan los cultivadores.
El LCCM, emplazado en el cuarto piso de FBCB-UNL, presta servicios analíticos a la industria e instituciones de salud, trabajando con métodos normatizados y con desarrollos propios sometidos a optimización y validación según requerimientos de normas internacionales. Brinda además el servicio de determinación de fármacos en muestras bioquímicas para el Monitoreo Terapéutico de Drogas.
Con más de 30 años de trayectoria, en este reconocido espacio se trabaja desde hace un tiempo en el desarrollo de una plataforma tecnológica destinada a la determinación de la composición química de aceites, extractos y otros derivados de cannabis para uso medicinal.
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