Reforma jubilatoria: la Corte Suprema de Santa Fe rechazó un recurso clave del Gobierno provincial
El Gobierno santafesino intentó llevar la reforma jubilatoria a la Corte Suprema de la Nación, pero el máximo tribunal de la provincia reiteró su competencia.
Con esta resolución, la Corte santafesina despejó uno de los principales planteos procesales impulsados por el Gobierno provincial
La Corte Suprema de Justicia rechazó este viernes el recurso extraordinario presentado por el Gobierno de la Provincia de Santa Fe para que la Corte Suprema de la Nación intervenga en la discusión sobre las recusaciones planteadas contra cuatro ministros del máximo tribunal santafesino. Con esta decisión, la Corte provincial reafirmó su competencia para seguir entendiendo en las causas vinculadas con la reforma jubilatoria.
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No obstante, la controversia aún no está completamente cerrada. La Provincia conserva la posibilidad de acudir directamente a la Corte nacional mediante un recurso de queja, con el objetivo de que el máximo tribunal del país revise la negativa de la justicia santafesina.
Un nuevo revés para la estrategia judicial de la Provincia
La decisión conocida este jueves se inscribe en una extensa disputa judicial iniciada tras la aprobación de la Ley 14.283, que reformó el sistema previsional santafesino. El conflicto se profundizó cuando el Gobierno provincial recusó a los ministros Roberto Falistocco, Rafael Gutiérrez, Eduardo Spuler y Rubén Weder, al sostener que podrían verse alcanzados por los efectos de la propia reforma previsional y, por lo tanto, carecer de la imparcialidad necesaria para intervenir en las causas.
La Corte ya había rechazado esos planteos en febrero de este año al considerarlos manifiestamente improcedentes. Frente a esa decisión, la Provincia intentó abrir la instancia federal mediante un recurso extraordinario, argumentando que estaba en juego la garantía constitucional de imparcialidad de los jueces y que la resolución debía ser considerada equiparable a una sentencia definitiva.
Sin embargo, la mayoría de los ministros entendió ahora que ese recurso no cumplía con los requisitos exigidos para habilitar la intervención de la Corte Suprema de la Nación.
Por qué la Corte rechazó el recurso
En una resolución de trece páginas, uno de los argumentos centrales fue que la decisión cuestionada —el rechazo de las recusaciones contra cuatro ministros del tribunal— tiene una naturaleza procesal y no constituye una "sentencia definitiva o equiparable a tal", requisito indispensable para acceder a la instancia federal extraordinaria. Según sostuvo la Corte, la Provincia no logró demostrar que existieran razones suficientes para apartarse de esa regla general.
El fallo también remarca que la Provincia invocó de manera genérica la afectación de garantías constitucionales, pero sin demostrar una relación directa e inmediata entre esos planteos y una cuestión federal que justificara la intervención del máximo tribunal nacional. Por ese motivo, la Corte concluyó que los cuestionamientos formulados representan una mera disconformidad con la solución adoptada.
Respecto del argumento de gravedad institucional, la Corte sostuvo que la recurrente no acreditó un perjuicio irreparable derivado de la resolución impugnada ni circunstancias excepcionales que permitieran habilitar la vía extraordinaria. Incluso afirmó que conceptos como la afectación de la "mejor administración de justicia" o de los "valores profundos de la comunidad" fueron expuestos de manera dogmática y no alcanzan, por sí solos, para abrir la instancia federal.
En relación con el planteo de fondo del Gobierno, el tribunal volvió a ratificar que las recusaciones fueron presentadas fuera de término. Según recordó, la Provincia había consentido previamente la integración de la Corte en diversas actuaciones vinculadas con la reforma previsional y recién formuló el cuestionamiento meses después, pese a que las situaciones de los ministros cuestionados ya eran conocidas.
La resolución agrega que las circunstancias invocadas como "hechos nuevos" por la Provincia, como las jubilaciones o renuncias de algunos magistrados, no modifican esa conclusión porque se trataba de situaciones conocidas por las partes desde antes de la presentación de las recusaciones. "El derecho a recusar debe ejercerse en la primera oportunidad", sostuvo la Corte.
La discusión que mantiene en pausa más de 200 expedientes
La resolución adquiere especial relevancia porque la definición sobre las recusaciones se había transformado en una cuestión previa indispensable antes de avanzar sobre el análisis de fondo de la reforma previsional.
Mientras se desarrollaba esta controversia procesal, las causas vinculadas con la aplicación de la Ley 14.283 continuaron acumulándose en la Corte provincial. Según fuentes oficiales consultadas por AIRE semanas atrás, ya son alrededor de 215 los expedientes que llegaron al máximo tribunal santafesino a la espera de una resolución definitiva.
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Los reclamos judiciales se concentran principalmente en dos aspectos de la reforma: el tope de haberes fijado en veinte jubilaciones mínimas y el aporte solidario extraordinario que deben realizar determinados sectores de activos y pasivos para financiar el sistema previsional.
La definición de la Corte Suprema sobre la constitucionalidad o no de esas disposiciones sigue pendiente.
Un voto en disidencia
La única voz discordante dentro del tribunal fue la del ministro Jorge Baclini. En su voto, sostuvo que las circunstancias excepcionales del caso justificaban habilitar la instancia federal y permitir que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revisara la controversia.
Según su criterio, la discusión sobre la imparcialidad de los magistrados y el impacto institucional de la reforma previsional ameritaban un pronunciamiento del máximo tribunal del país.
Qué puede pasar ahora en Santa Fe
Con esta resolución, la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe despejó uno de los principales planteos procesales impulsados por el Gobierno provincial y ratificó que seguirá interviniendo en las causas vinculadas con la reforma previsional.
Sin embargo, el capítulo judicial aún no concluyó. La Provincia puede recurrir directamente ante la Corte nacional mediante un recurso de queja para intentar revertir la decisión.








