Proponen que las medidas cautelares en causas de violencia familiar tengan plazo
La diputada provincial Silvia Malfesi presenta una reforma procesal para un adecuado y oportuno control de las medidas de exclusión de hogar adoptadas en las causas de violencia doméstica.
Silvia Malfesi, diputada provincial.
Con el objetivo de restablecer el debido proceso y evitar que las órdenes judiciales de urgencia terminen convertidas en condenas anticipadas sin juicio previo, la diputada provincial Silvia Malfesi presentó un proyecto de ley para reformar el régimen de medidas cautelares de la Ley de Violencia Familiar de Santa Fe.
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La iniciativa busca un exhaustivo control judicial respecto de la conveniencia o no de la subsistencia de medidas de seguridad que se toman con carácter de urgentes sin haber escuchado a la parte denunciada.
El proyecto de ley se sustenta en una sólida doctrina procesal que diferencia la tutela urgente del juzgamiento definitivo.
Según señalan los fundamentos de la norma, la protección cautelar fue concebida para conjurar un riesgo inminente, pero la inercia del sistema judicial ha permitido que resoluciones tomadas "in audita parte" (es decir, sin escuchar al denunciado) se perpetúen durante años.
Esta parálisis transforma una medida provisional en una sanción definitiva, vulnerando abiertamente el principio de inocencia y el derecho de defensa garantizados por la Constitución Nacional.
La propuesta legislativa armoniza el mandato de protección efectiva derivado de las convenciones internacionales con las garantías del debido proceso y la tutela judicial efectiva.
Para ello, establece que toda orden de exclusión del hogar o restricción de acercamiento tendrá un plazo máximo inicial de duración y caducará de pleno derecho si no existen motivos probados para su prórroga.
Asimismo, impone la obligación de convocar a una audiencia personal de descargo dentro de las 48 horas de adoptada la medida, permitiendo que la persona afectada pueda ser oída, contar con patrocinio letrado y ofrecer elementos de prueba.
Un eje central de la argumentación radica en la neutralización de los “incentivos perversos”. El proyecto advierte sobre el uso estratégico y abusivo del fuero de familia, donde se apela a falsas denuncias con el propósito deliberado de obtener ventajas en litigios de divorcio, tenencia o liquidación patrimonial.
Frente a esta problemática, la reforma faculta a los magistrados a imponer costas, sanciones procesales y remitir las actuaciones a la justicia penal cuando se constate la mala fe de la presentación.
En lo relativo a la minoridad, los fundamentos destacan que el interés superior del niño exige tratar la situación de los menores de forma autónoma respecto del conflicto entre los adultos. De esta forma, la suspensión de la patria potestad o el régimen de comunicación con los hijos requerirá una evaluación técnica e individualizada, evitando que el corte del vínculo filial sea una consecuencia automática e indiscriminada de la denuncia entre exparejas.
Desde el espacio de la legisladora sostienen que la proliferación de medidas indefinidas y sin control no solo destruye familias y bienes mediante la arbitrariedad, sino que además colapsa a los juzgados, restándole recursos y atención a las situaciones que verdaderamente revisten un peligro real y severo.
Establecer un plazo máximo de vigencia de una medida cautelar redundará en un oportuno control judicial sobre las órdenes judiciales urgentes despachadas, en aras de un debido proceso y teniendo siempre como objetivo principal la debida protección de los hijos.





